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Acciones Constitucionales

En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TREINTA Y OCHO CIVIL DEL CIRCUITO de Bogotá D.C., en auto admisorio del 10 de abril de 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2023-00173, promovida por el señor ALEJANDRO MORALES GARZÓN en contra del ICBF, pero en la cual se vincula a la CNSC, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial los elegibles de la Resolución No. 20182230072735 del 17 de julio de 2018, lista que corresponde a la OPEC 34702 ofertada en la convocatoria No. 433 de 2016 – ICBF.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CARTAGENA mediante auto admisorio del 24 de marzo de 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado No. 2023-00136-00, promovida por la señora JULIANA DEL CARMEN CEPEDA GARZON contra la CNSC y el ICBF, para que, de considerarlo ejerzan su derecho de defensa y contradicción los Elegibles que hacen parte de la Resolución No. 20182020040365 del 26 de abril de 2018, la cual fue conformada para la OPEC 38844 la cual corresponde a la Convocatoria No. 433 de 2016 – ICBF.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JULIANA DEL CARMEN CEPEDA GARZON, radicada bajo el consecutivo 2023000136, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados ESPECIALMENTE quienes conforman la lista de elegibles, como a las personas de lista de elegibles o que ostentan cargos como Profesional Universitario, del cargo denominado profesional especializado, Código 2028, Grado 17, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de (2) días.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE GUADALAJARA DE BUGA, en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por DIANA MARLEVIS CARO GARCIA, bajo el número de Radicación 76111310700220230000400, Resolviendo: COMISIONAR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL con sede en Bogotá, con el fin de PUBLIQUE este auto en la página Web de la institución, dejándose constancia de rigor y remitiéndola a esta entidad judicial, con el fin de enterar a quienes figuren en la lista de elegibles para el cargo de defensor de familia, y que no hayan tomado posesión del cargo, con el fin si es su interés intervengan en la misma en defensa de sus derechos.
Se informa que el JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE NEIVA, en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por CLARA INES MOTTA MANRIQUE, bajo el número de Radicación 41001310300520230000200, Resolviendo: PRIMERO: VINCULAR a los participantes de la Convocatoria 433 de 2016, ICBF, respecto del empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, Código 2125, grado 17 del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta global del ICBF, Resolución CNSC No. 715 de 2021. Lo anterior, para que dentro del término de dos (2) días, contado a partir del recibo de la notificación, se sirvan pronunciarse sobre los hechos y las pretensiones de la demanda, aporten o soliciten los medios de prueba que considere conducentes, pertinentes y útiles. SEGUNDO: Para el cumplimiento del numeral anterior, este despacho dispone REQUERIR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC para que, en atención a lo dispuesto en el presente auto, se sirva prestar publicidad de la misma junto con la decisión del Juzgado con el fin de dar conocimiento a los participantes de la Convocatoria 433 de 2016, ICBF, respecto del empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, Código 2125, grado 17 del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta global del ICBF, Resolución CNSC No. 715 de 2021.
Se informa que el JUZGADO DÉCIMO ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUZ ADRIANA GIRON FLOREZ, radicada bajo el consecutivo 2022-00290, ordenó a la CNSC mediante auto de fecha 1 de noviembre de 2022, publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de DESVINCULAR a MONICA ESPERANZA TROYANO SANCHEZ y las personas que conforman la lista de elegibles de la Convocatoria No. 433 de 2016 adelantada para proveer vacantes del empleo Defensor de Familia-Código 2125 Grado 17 del ICBF asignada a la dependencia del Centro Zonal Sur - Valle del Cauca, y los terceros interesados, para que, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 48 horas.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE IPIALES, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALVARO EFRAIN CONTRERAS BAEZ, bajo el número de Radicación 2022-00089-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia con ocasión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA, mediante auto del 31 de octubre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00314-00, promovida por la señora SANDRA MILENA REYES ECHEVERRIA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE IPIALES, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ROMEL ARMANDO MORA DELGADO, radicada bajo el consecutivo 2022-00089-00, ordenó a la CNSC mediante auto de fecha 1 de noviembre de 2022, publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de DESVINCULAR del presente trámite a todos aquellos concursantes que por merito fueron registrados en la lista de elegibles para el empleo de Defensor de Familia Código 2125 Grado 17 Código OPEC No. 34735, y VINCULAR a todos aquellos concursantes que por merito fueron registrados en la lista de elegibles para el empleo de Defensor de Familia Código 2125 Grado 17 Código OPEC No. 34730, y los terceros interesados, para que, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 48 horas.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE IPIALES, mediante auto del 26 de octubre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00089-00, promovida por el señor ALVARO EFRAIN CONTRERAS BAEZ contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE IPIALES, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALVARO EFRAIN CONTRERAS BAEZ, radicada bajo el consecutivo  2022-00089-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados ESPECIALMENTE a todos aquellos concursantes que por merito fueron registrados en la lista de elegibles para el empleo de Defensor de Familia Código 2125 Grado 17 Código Opec No. 34735, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE POPAYÁN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DAISSY CATHERINE MEZA ESPINOSA, radicada bajo el consecutivo 2022-10756, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados, en especial a los integrantes de la lista de elegibles de que trata la Resolución No. CNSC - 20182230072585 del 17 de julio de 2018, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE MANIZALES, mediante auto del 04 de octubre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00110-00, promovida por la señora MELVA HENAO HERNADEZ contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEXTO LABORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUE, mediante auto del 26 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00301-00, promovida por la señora GLORIA VIÑA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEXTO LABORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUÉ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GLORIA NATHALY VIÑA VARON, radicada bajo el consecutivo 2022-00301-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados ESPECIALMENTE a los participantes de la Convocatoria 433 ICBF de 2016, empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, Código 2125, grado 17 del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta global del ICBF, ubicados de la posición 115, en adelante, de la lista de elegibles unificada, Resolución CNSC No. 715 de 2021, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE ARMENIA, mediante auto del 21 de septiembre de 2022, se comunica Auto de acumulación dentro de la acción de tutela radicada con el No. 202200181, promovida por la señora YENNIFER MANTILLA GONZALEZ con el fin de notificar a los participantes de la convocatoria 433 ICBF de 2016, convocado mediante Acuerdo No.2016000001376 de 05- 09-2016, que concursaron por el empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, código 2125, Grado 17 del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta global del ICBF, en especial los que conforman la lista general de elegibles Resolución CNSC No. 715 de 221, para que, de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ROSANA REALPE BUCH, radicada bajo el consecutivo 52001312100220220010400, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 ? ICBF, OPEC 34735. Lo anterior con el propósito de que los interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE PASTO, mediante auto del 15 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00104-00, promovida por la señora ROSANA REALPE BUCH contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la CNSC, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA CIRCUITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUIS GUILLERMO OLEA GUEVARA, bajo el número de Radicación 2022-00226, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE todas las personas que hacen parte de la Lista de Elegibles para el empleo del Nivel Profesional, denominado Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17 de dicha convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO -SECCIÓN QUINTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUIS GUILLERMO OLEA GUEVARA, radicada bajo el consecutivo -2022-04564-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos ESPECIALMENTE a los terceros con interés jurídico legítimo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Ley 2591 de 1991, a todas las personas que hacen parte de la Lista de Elegibles para el empleo del Nivel Profesional, denominado Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17, de la planta de personal del ICBF, conformada en la Comisión Nacional del Servicio Civil, en virtud de la Resolución N.º 0715 del 26 de marzo de 2021, en especial a las señoras Ceredia Liliana González Benavides y Laura María Rojas Londoño, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 3 días.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por GLORIA INES RODRIGUEZ CASAS, bajo el número de Radicación 76001340300220220011300, Resolvió: Vincular de oficio a Doralba Gómez Muñoz, Adriana María Grisales Valencia, Patricia Parra Ospina, Gloria Clemencia Cárdenas Osorio, Doralba Pachón Ramos, Lilibeth Navarrete Esteban, María Elizabeth Sarmiento Jaimes, Sandra Milena Tovar Valencia, María del Carmen Vargas Cruz, Andrea Díaz Morales, Carolina María Valenzuela Naranjo, María Virginia Quintero Londoño, Luz Elena Quintero Largo, Johanna Jimena López Manrique, Jhonrlady Ardila Bermúdez y Claudia Patricia Jiménez Guzmán, en su condición de integrantes de la lista de elegibles conformada por la CNSC para el cargo denominado profesional especializado, código 2028, grado 17, ofertado en el marco de la convocatoria No. 433 de 2016. ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil notificar a los integrantes de la lista de elegibles conformada para el cargo denominado profesional especializado, código 2028, grado 17, ofertado en el marco de la convocatoria No. 433 de 2016.
Se informa que el Juzgado Tercero Administrativo Oral de Neiva, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Deyssi Rocío Moica Mancilla, radicada bajo el consecutivo 2022-00440-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados ESPECIALMENTE todas aquellas personas que fueron convocadas a la audiencia virtual de escogencia de sedes llevada a cabo el 5 de septiembre de 2022, para lo cual la CNSC y el ICBF deberán publicar un aviso durante el término de 24 horas en su página web, en donde además se deberá establecer que todas aquellas personas que pertenecen a la lista de elegibles para el cargo de Defensor de Familia dentro de la Convocatoria No. 433 de 2016, que no haya tomado posesión de los cargos, y los terceros interesados, se podrán hacer parte del presente trámite, para lo cual podrán remitir sus escritos, con las pruebas que deseen hacer valer, si a bien lo tienen, al correo electrónico del Despacho: adm03nei@cendoj.ramajudicial.gov.co, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE ARMENIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YENNIFER MANTILLA GONZALEZ, bajo el número de Radicación 2022-00181, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados ESPECIALMENTE los aspirantes al concurso de méritos inscritos en el empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, código 2125, Grado 17 y los que conforman la lista general de elegibles Resolución CNSC No. 715 de 221, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE INIRIDA - GUAINIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YAHIR ARCENIO CORTINA LANCHEROS, radicada bajo el consecutivo 2022-00046-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados ESPECIALMENTE los aspirantes al concurso de méritos para el cargo de profesional especializado grado 17 código 2044 opec No. 169189, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por SILVIA CAROLINA GALVIS CONTRERAS bajo el número de Radicación 2022-00039, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por SILVIA CAROLINA GALVIS CONTRERAS, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC, UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA, FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA. ORDÉNESE a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y al INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) que, una vez se surta la debida notificación del presente auto, procedan a publicar en sus páginas oficiales y a notificar por correo electrónico la admisión de la presente acción de tutela con el fin de VINCULAR a los aspirantes de la OPEC 34248 correspondiente al empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, Código 2125, Grado 17, perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Convocatoria No. 433 de 2016, de cara a que se pronuncien, si a bien lo tienen.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de cumplimiento instaurada por a MARTHA LUZ SÁNCHEZ CONTRERAS, radicada bajo el consecutivo . 2022-00096, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF 433 de 2016. Lo anterior para que los aspirantes admitidos en el concurso abierto de méritos correspondiente a la convocatoria 433 de 2016, secretario ejecutivo código 4210 grado 17, ofertado en la OPEC 35504, se enteren de este trámite y en el término de tres (03) días manifiesten ante este Juzgado su deseo de coadyuvar u oponerse a esta acción de tutela, de acuerdo con sus intereses.
Se informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por SILVIA CAROLINA GALVIS CONTRERAS, bajo el número de Radicación 2022-00039, Resolvió: PRIMERO: ADMITIR y dar el trámite correspondiente a la presente ACCIÓN DE TUTELA impetrada por SILVIA CAROLINA GALVIS CONTRERAS contra COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF). ORDÉNESE a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y al INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) que, una vez se surta la debida notificación del presente auto, procedan a publicar en sus páginas oficiales y a notificar por correo electrónico la admisión de la presente acción de tutela con el fin de VINCULAR a los aspirantes de la OPEC 34248 correspondiente al empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, Código 2125, Grado 17, perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Convocatoria No. 433 de 2016, de cara a que se pronuncien, si a bien lo tienen, sobre los hechos y anexos que se exponen.
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJOSUCRE, en conocimiento de la acción de cumplimiento instaurada por MARGARITA ISABEL SERPA PÉREZ , radicada bajo el consecutivo 7000131050032022-00145-00, ordenó a la CNSC publicar el presente edicto, lo anterior con el fin de comunicar A todos los inscritos en el proceso de selección convocado mediante Acuerdo No. 20161000001376 del 5 de septiembre de 2016 de la Comisión Nacional del Servicio Civil ?CNSC?, Convocatoria 433 de 2016?ICBF, para el empleo de Defensor de Familia Código 2125 Grado 17, quienes son vinculados dentro de la acción de tutela interpuesta por MARGARITA ISABEL SERPA PÉREZ contra COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?CNSC-y el INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR ?ICBF-., radicada bajo el número: 7000131050032022-00145-00, la cual se tramita ante el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO y que fue admitida por medio de auto del 24 de junio de 2022.
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO, en conocimiento de la acción de cumplimiento instaurada por MARGARITA ISABEL SERPA PÉREZ, radicada bajo el consecutivo 700013105003?2022?00145?00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF 433 de 2016. Lo anterior con el propósito de VINCULAR dentro del trámite de la presente acción constitucional, a los integrantes de la lista total de elegibles actualmente vigente del proceso de selección convocado mediante Acuerdo No. 20161000001376 del 5 de septiembre de 2016 de la Comisión Nacional del Servicio Civil ?CNSC?, Convocatoria 433 de 2016?ICBF, para el empleo de Defensor de Familia Código 2125 Grado 17.
Se informa que el JUZGADO 03 ADMINISTRATIVO DE NEIVA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JESUS ANDRES GARZON ROA, radicada bajo el consecutivo 2022-00299-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados ESPECIALMENTE a todos los integrantes que conforman la lista de elegibles adoptada mediante Resolución No. 0715 del 26 de marzo del 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, dentro de la Convocatoria 433 del 2016, Nivel Profesional. Cargo Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17, de la Planta de Personal del ICBF. , si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE POPAYÀN, en conocimiento de la acción de cumplimiento instaurada por SANDRA XIMENA SARZOSA NARVAEZ, radicada bajo el consecutivo 2022-00047, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF 433 de 2016. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del correo electrónico j05pcpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE POPAYÀN, en conocimiento de la acción de cumplimiento instaurada por SANDRA XIMENA SARZOSA NARVAEZ, radicada bajo el consecutivo 2022-00047, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF 433 de 2016. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del correo electrónico j05pcpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NATALIA AGUIRRE JARAMILLO, radicada bajo el consecutivo  2022-00260-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados ESPECIALMENTE a los participantes en la Convocatoria 433 ICBF de 2016, emitida mediante Acuerdo No 20161000001376 de 05-09-2016, para el empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, Código 2125, Grado 17del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de global del ICBF, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de cumplimiento instaurada por ANYELA PAOLA CARDOZO CABRERA, radicada bajo el consecutivo 2022-00608, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF 433 de 2016. Lo anterior con el propósito de que las personas que conforman la lista general de elegibles Resolución CNSC No. 715 de 2021 que concursaron por el empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, Código 2125, Grado 17 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO ÚNICO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE BELÉN DE UMBRÍA RISARALDA, en conocimiento de la acción de cumplimiento instaurada por IVONNE JOHANNA MENDOZA ALONSO, radicada bajo el consecutivo 2022-00075-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF 433 de 2016. Lo anterior con el propósito de que los aspirantes al concurso de méritos, en especial a e los aspirantes admitidos en el concurso abierto de méritos correspondiente a la convocatoria No. 433 de 2016, concretamente a los inscritos para el empleo identificado con el código OPEC 34762, cargo denominado defensor de familia código 2125 grado 17 para el Centro Zonal Belén de Umbría Risaralda y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 3 días.
Se informa que el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NARIÑO SALA UNITARIA DE DECISIÓN, en conocimiento de la acción de cumplimiento instaurada por LUIS GUILLERMO OLEA GUEVARA, radicada bajo el consecutivo 2022-00155, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF 433 de 2016. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico des01tanarino@cendoj.ramajudicial.gov.co
 
 
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