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Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO SIBUNDOY ? PUTUMAYO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANDRES ESTEBAN SOLARTE MORENO, radicada bajo el consecutivo 2022-00035, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados, participantes en el proceso de selección, ESPECIALMENTE a todas las personas que hagan parte del cargo de defensor de familia y de los integrantes de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. CNSC ? 20182230053875 del 22 de mayo de 2018 para proveer una vacante del empleo identificado con el código OPEC No. 34759, denominado defensor de familia Código 2125 grado 17, del ICBF, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de (2) días.
Se informa que el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LAURA MARIA ROJAS LONDOÑO, radicada bajo el consecutivo 2022-00554-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados, participantes en el proceso de selección, ESPECIALMENTE a todas las personas que hagan parte del Registro de elegibles de la Convocatoria 433 de 2016 para el empleo Defensor de Familia Código 2125 Grado 17, Código OPEC No. 34735, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LAURA MARIA ROJAS LONDOÑO, bajo el número de Radicación 2022-00554, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por LAURA MARIA ROJAS LONDOÑO, contra el JUZGADO OCTAVO ADMINISTRATIVO DE CALI, la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR. VINCULAR a todas las personas que hagan parte del Registro de elegibles de la Convocatoria 433 de 2016 para el empleo Defensor de Familia Código 2125 Grado 17, Código OPEC No. 34735.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TERCERO DE EJECUCION CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, mediante auto del 16 de mayo de 2022, se notifica a los integrantes de la Lista de Elegibles conformada y adoptada para el empleo identificado con el código OPEC No. 39249, la acción de tutela radicada con el No. 2022-00042-00, promovida por la señora ADRIANA MARIA SEPULVEDA contra el ICBF y la CNSC, para que de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OLGA LUCIA BEDOYA BETANCUR, radicada bajo el consecutivo 2022-00166-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados, ESPECIALMENTE los participantes vinculados en el y que figuran en la lista de elegibles si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ANDES, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DIANA MARIA VELASQUEZ GARCIA, bajo el número de Radicación 2022-00164, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por DIANA MARIA VELASQUEZ GARCIA, contra el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ? ICBF y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. ORDENAR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y al INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) para que, a través del medio más expedito, informe la admisión de la acción de tutela a todos los participantes de la convocatoria Nro. 433 de 2016 del Instituto de Bienestar Familiar ? ICBF, del empleo 35815, denominación Técnico Administrativo, código 3124, Grado 11.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO VEINTIOCHO PENAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, mediante Auto del 26 de abril de 2022, se notifica a los integrantes de la Lista de Elegibles conformada y adoptada mediante la Resolución No. 0715 del 26 de marzo de 2021, Por medio de la cual se da cumplimiento a la orden judicial proferida en Segunda Instancia por el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, dentro de la Acción de Tutela promovida por las señoras Yoriana Astrid Peña Parra y Ángela Marcela Rivera Espinosa, contra la Comisión Nacional del Servicio Civil y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en el marco de la Convocatoria 433 de 2016 ? ICBF, la acción de tutela promovida por la señora BLANCA ISABEL RESTREPO contra el ICBF y la CNSC, para que de considerarlo pertinente, intervengan en el referido trámite tutelar ante el mencionado Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO VEINTIOCHO PENAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BLANCA ISABEL RESTREPO AGUIRRE, bajo el número de Radicación 2022-00024, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por BLANCA ISABEL RESTREPO AGUIRRE, en contra del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR y la DIRECTORA REGIONAL ANTIOQUIA DE LA INSTITUCIÓN. Se ordena vincular a este trámite a la E.P.S. Sura y a los señores Norman de Jesús Correa Taborda, Harol López Castrillón, a Colpensiones, la Comisión Nacional del Servicio Civil ?CNSC y a los integrantes de la lista de elegibles al cargo de Defensor de Familia código 2125 grado 17. La COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR deberán notificar a los integrantes de la lista de elegibles al cargo de Defensor de Familia código 2125 grado 17, de la presente acción de tutela, informándoles que cuentan con el término de dos (2) días para que se pronuncien frente a los hechos allí enunciados. Proceso de selección 433 de 2016 - ICBF Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Se informa que el JUZGADO NOVENO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por IVANELLA VEGA MUÑOZ, radicada bajo el consecutivo 2022-00025, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial a los aspirantes al cargo ofertado con el código OPEC No. 34238, denominado Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUIS GUILLERMO OLEA GUEVARA Y YANETH PATRICIA PATIÑO CAPOTE, radicada bajo el consecutivo 2022-00479-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial todas las personas que hagan parte del Registro de elegibles de la Convocatoria 433 de 2016 para el empleo Defensor de Familia Código 2125 Grado 17, Código OPEC No. 34735 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLAUDIA MARIA SALAZAR MACEA, radicada bajo el consecutivo 2021-00187, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los inscritos en la OPEC: 34112 denominado defensor de familia, código 2125, grado 17 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el término de (2) días
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por IVONNE ROCIO CHAVES, radicada bajo el consecutivo 202200045, ordenó a la CNSC publicar rechazo de recurso de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico adm02pas@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SINCELEJO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARGARITA ISABEL SERPA PÉREZ, bajo el número de Radicación700013103001-2022-00010-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de notificar la admisión y existencia de la presente acción de tutela a los partícipes de la Convocatoria 433 ICBF de 2016, convocada mediante Acuerdo No 20161000001376 de 05-09-2016, que concursaron por el empleo denominado DEFENSOR DE FAMILIA, código 2125, grado 17 del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de global del ICBF, los cuales se encuentran ubicados en las posiciones 113 en adelante de la Lista general de elegibles Resolución CNSC No. 715 de 2021, así como notifique a los servidores públicos nombrados en provisionalidad o encargo en las vacantes de las cuales se solicitó información para que sean provistas mediante la resolución CNSC 715 de 2021, así como se notifique a cualquier otro tercero que puedan ver afectados sus intereses con las resultas de este proceso.
Se informa que el JUZGADO DECIMO MIXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE POPAYAN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YANETH PATRICIA PATIÑO CAPOTE, radicada bajo el consecutivo 2022-00012-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial Los partícipes de la Convocatoria 433 ICBF de 2016, convocada mediante Acuerdo No 20161000001376 de 05-09 que concursaron por el empleo denominado Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17 del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de global del ICBF, los cuales se encuentran ubicados en las posiciones 113 en adelante de la Lista general de elegibles Resolución CNSC No. 715 de 2021 y los interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE QUIBDÓ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUZ ESTELLA PINO CORDOBA, bajo el número de Radicación 2021-00002, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela presentada por la señora Luz Estella Pino Cordoba contra la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y el Instituto colombiano de bienestar familiar. ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), que notifique el auto admisorio, así como el escrito de tutela; con el fin de que los posibles afectados si así lo consideran pertinente puedan intervenir en el trámite de la misma. Proceso de Selección Convocatoria 433-2016 Instituto colombiano de bienestar familiar.
Se informa que el  JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LINA CONSTANZA MEJIA HERNANDEZ, radicada bajo el consecutivo 2021-00357-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, se notifica a los integrantes de las Listas de Elegibles conformadas y adoptadas para el empleo denominado Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17, el Auto del 24 de enero de 2022, proferido en la acción de tutela radicada con el No. 2021-00026-01, promovida por la señora VANESSA CANTILLO contra el ICBF y la CNSC.
En cumplimiento a lo ordenado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, mediante Sentencia del 4 de noviembre de 2021, se notifica a los integrantes de las Listas de Elegibles conformadas y adoptadas para el empleo denominado Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17, la sentencia proferida en la acción de tutela radicada con el No. 2021-00026-01, promovida por la señora VANESSA CANTILLO contra el ICBF y la CNSC.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE CARTAGO, mediante auto del 20 de diciembre de 2021, se notifica a los integrantes de la Lista de Elegibles conformada y adoptada para el empleo identificado con el código OPEC No. 38909, denominado Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17, la acción de tutela radicada con el No. 2021-00280-00, promovida por la señora AURA MARÍA JARAMILLO GOMEZ contra el ICBF y la CNSC, para que de considerarlo, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente tutela, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE IBAGUE, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLAUDIA ELENA BECHARA MOSQUERA, radicada bajo el consecutivo 2021-00300-00, en atención a lo ordenado por el Tribunal Superior - Sala Civil Familia de Ibagué, requirió a la CNSC para que publique el Auto de Sustanciación No. 818 del 10 de diciembre de 2021, junto con la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial "se disponga a notificar a las personas que fueron vinculadas mediante auto de octubre 5 de 2021?, esto es, de ?las personas que conforman el registro de elegibles de la ?resolución No. 20182230062295 del 22-06-2018?, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de dos días al correo j01fctoiba@cendoj.ramajudicial.gov.co
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TRECE DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLIN, mediante auto del 9 de diciembre de 2021, se notifica a los integrantes de la Lista de Elegibles conformada y adoptada para el empleo identificado con el código OPEC No. 39696, denominado Profesional Universitario, Código 2044, Grado 9, la acción de tutela radicada con el No. 2021-00975-00, promovida por la señora BERTA CECILIA CARDENAS ARROYO contra el ICBF y la CNSC, para que de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO VEINTITRÉS PENAL DEL CIRCUITO DE MEDELLIN, mediante auto del 3 de diciembre de 2021, se notifica a los integrantes de la Lista de Elegibles conformada y adoptada para el empleo identificado con el código OPEC No. 40168, denominado Profesional Universitario, Código 2044, Grado 9, la acción de tutela radicada con el No. 2021-00183-00, promovida por la señora LIBIA MERCEDES OSORIO FLÓREZ contra el ICBF y la CNSC, para que de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE PLANETA RICA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARICELA TEJADA FUERTES, bajo el número de Radicación 2021-00121, Resolvió: PRIMERO. - Admitir la acción de tutela promovida en nombre propio por el ciudadano YAHIR ARCENIO CORTINA LANCHEROS, en contra del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR y la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. SEGUNDO. - Vincular de oficio al presente trámite de tutela por las razones expuestas, a la REGIONAL GUAINÍA DEL I.C.B.F., a la AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO, a la SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, y a las personas indeterminadas que se han inscrito formalmente a la OPEC No. 166325 dentro del proceso de selección No. 2149 de 2021 del ICBF, por el cual se convoca para proveer los empleos de carrera en vacancia definitiva en las modalidades de ascenso y abierto. Para la notificación de los inscritos a la OPEC No. 166325 dentro del proceso de selección No. 2149 de 2021 del ICBF, requiérase a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSV, a fin de que publique esta providencia en la página web de la aludida convocatoria y allegue a este proceso la constancia respectiva, con el fin de que los vinculados realicen el pronunciamiento correspondiente dentro del término concedido, y en orden a garantizar la comunicación a quienes cuenten con interés directo frente a las resultas de esta acción constitucional.
Se informa que el JUZGADO DIECIOCHO (18) ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARMEN ROCIO HEREDIA PEÑA, radicada bajo el consecutivo 202100365, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia con ocasión de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico jadmin18mdl@notificacionesrj.gov.co
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE CÚCUTA, mediante auto del 26 de noviembre de 2021, se notifica a los integrantes de la Lista de Elegibles conformada y adoptada para el empleo identificado con el código OPEC No. 34745, denominado Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17, la acción de tutela radicada con el No. 2021-00356-00, promovida por la señora JHAYDY MILEYBY RODRÍGUEZ PARRA contra el ICBF y la CNSC, para que de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO DIECIOCHO (18) ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARMEN ROCIO HEREDIA PEÑA, radicada bajo el consecutivo 202100365, ordenó a la CNSC publicar rechazo de recurso de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico jadmin18mdl@notificacionesrj.gov.co
Se informa que el JUZGADO SEPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por PEDRO LUIS ROMERO FIGUEROA, radicada bajo el consecutivo 2021-00272, ordenó a la CNSC publicar rechazo de recurso de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria ICBF. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico admin07cgena@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE IBAGUE, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JULIO LEON SOLANO DE LA HOZ Y OTRO, radicada bajo el consecutivo 2021-00374, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los participantes en el concurso de méritos, en especial los elegibles que conforman la lista de la OPEC: 39367, denominado Profesional Universitario, código 2044, grado 7, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por CAROLINA HURTADO MARTINEZ, radicada bajo el consecutivo 202100213, proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF y que declaró su improcedencia. Lo anterior con el propósito de ponerlo en conocimiento de los terceros interesados para que de considerarlo pertinente se pronuncien al respecto a través del Despacho judicial en el correo electrónico ccto03ma@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO TRECE (13) LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por GLORIA INÉS PUERTA CARVAJAL, radicada bajo el consecutivo 05001 31 05 013-2021-00495-00, ordeno publicar ésta sentencia en la página web dispuesta por la entidad para ésta convocatoria, informando a que el ejercicio de recurso de impugnación puede efectuarse por los integrantes de la lista de elegibles para el cargo OPEC No. 34702, denominado Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17, del Sistema General de Carrera Administrativa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mediante el email j13labmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO DE MANIZALEZ - CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DAIANA GARCES LOPEZ, radicada bajo el consecutivo 2021-00110-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los participantes en el concurso de méritos, en especial los elegibles que conforman la lista de la OPEC 40169 Convocatoria 433 de 2016 ICBF, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NIDIA MARIBEL PEDROZA PINILLA, radicada bajo el consecutivo 2021-00389, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF. Lo anterior con el propósito de que los interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ROCIO MANRIQUE MEDINA, radicada bajo el consecutivo 2021-00580, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de selección "Convocatoria No. 433 de 2016 - ICBF". Lo anterior con el propósito de que los participantes del empleo 39614 y las personas vinculadas con empleos de Profesional Universitario código 2044 grado 11 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, a través del correo electrónico: j04famed@cendoj.ramajudicial.gov.co
 
 
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