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DIAN 2022 - Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO MAICAO ? LA GUAJIRA en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por GERALYN TATIANA ALVAREZ TORRES., con radicado número 44-430-31-040-02-2024-00010-00, ordeno a la CNSC publicar la presente acción constitucional dentro del proceso de PROCESO DE SELECCIÓN DIAN 2022? lo anterior con el fin de notificar a los aspirantes en el concurso de mérito del Proceso de Selección DIAN 2022 para el cargo GESTOR I OPEC 198479
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 28 de febrero de 2024, emitido por el JJUZGADO CUARENTA Y SIETE CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por LUZMAR ANDREA ROMERO MARTINEZ con número de radicado: 47-2024-00121-00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela con el fin de dar a conocer a todos los interesados dentro del proceso de selección o convocatoria proceso de selección DIAN 2022, y si tienen interés de constituirse como parte procesal lo hagan.
En cumplimento de lo ordenado mediante Auto del veintiuno (21) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) emitido por el JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD POPAYÁN (CAUCA) en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por JHON JAMES DE JESUS SERNA, la CNSC notifica el fallo de tutela 2023-00206-00 del quince (15) de febrero de 2024.
En cumplimento de lo ordenado mediante Auto Admisorio del veintiocho (28) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) emitido por el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por ANDRÉS ALFONSO HERNÁNDEZ VÁSQUEZ bajo el número de radicación 2024-00016-00, la CNSC notifica la existencia de esta acción de tutela a los aspirantes del empleo denominado GESTOR I, Código 301 – Grado 1 – identificado con el Código OPEC No. 198368. Se precisa, que los aquí notificados si así lo consideran necesario, pueden pronunciarse sobre los hechos de esta acción constitucional.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 28 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO SEPTIMO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por YISSAT ENRIQUE MOSQUERA BARRIOS con número de radicado: 08001310900720240001300, la CNSC procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a todos los aspirantes, al cargo Analista III, Código 203, Grado 3, OPEC 200681, para que quien tenga un interés legítimo en el resultado del proceso pueda intervenir en el cómo coadyuvante del actor o de la persona o autoridad púbica contra quien se hubiere hecho la solicitud.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 28 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO DIECISÉIS CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por ASTRID LORENA LÓPEZ ACHURY con número de radicado: 2024 00082 00, la CNSC procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a los concursantes del “Proceso de Selección de Ingreso y Ascenso para proveer empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022".
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 26 de febrero de 2024, emitido JUZGADO 44 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Andrea Julieth Porras Díaz, bajo el número de radicación 11001310304420240002900, ordenó a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC- haga la publicación de esta decisión en la con el fin de informar lo resuelto a los participantes del proceso de selección DIAN 2022 - MODALIDAD INGRESO y ASCENSO de 2022 de la DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN, específicamente del cargo Gestor II, código de OPEC 198218, código de empleo 302, grado 2, en especial a los aspirantes que superaron la Fase I del concurso y fueron llamados al respectivo curso de formación.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 27 de enero de 2024, emitido por JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE NEIVA, HUILA en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NORALBI GARZON OSORIO, bajo el número de radicación 41001-31–10-004-2023–00489-00, ordenó a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL –CNSC- para que, de manera inmediata notifique la presente sentencia por el canal digital de la CONVOCATORIA DIAN 2022 y/o en su página web, para el conocimiento de todos los aspirantes de la OPEC 198343.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE CÚCUTA., en conocimiento de la acción de tutela con radicado 2024-00096, interpuesta por JEFFERSON ALEXANDER RODRIGUEZ GOMEZ resolvió admitir la acción constitucional y como consecuencia de ello dispuso: "TERCERO. VINCULAR a los aspirantes e interesados en la convocatoria DIAN PROCESO DE SELECCIÓN 2022 Acuerdo No.08 empleo de carrera OPEC 198478 denominado: analista III Código 2003 grado 3 del Nivel -Técnico. Así como a las personas que ocupan actualmente el mencionado cargo dentro de la planta de personal de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- nombradas en provisionalidad o mediante encargo. PARAGRAFO. COMISIONAR, para la notificación de los anteriores vinculados a través de la DIAN y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y DIAN, respectivamente quienes cuentan con los nombres, datos personas y direcciones electrónicas de notificación de los vinculados, todo lo cual se debe realizar vía correo electrónico si fuere posible y a través de publicación de aviso en la página de la convocatoria de la CNSC y en la Plataforma Institucional de la DIAN, dando a conocer la admisión del presente trámite constitucional y del escrito de tutela el cual se les remite." Por lo anterior, si tiene interés en ejercer su derecho de contradicción y defensa, podrá hacerlo, elevando escrito al correo electrónico del despacho de conocimiento.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD-ATLANTICO ., en conocimiento de la acción de tutela con radicado 2024-00061, interpuesta por ISAIAS MOISÉS RODRÍGUEZ PACHECO resolvió admitir la acción constitucional y como consecuencia de ello dispuso: (...) 7° Se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL–CNSC y/o FUNDACION UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA, que de forma inmediata procedan a publicar la presente admisión de tutela en su respectiva página web https://www.cnsc.gov.coo la tengan disponible para tal fin, insertando el presente Auto y los escritos de tutela de la Acción Constitucional, a fin de integrar debidamente el contradictorio, para dar a conocer esta acción constitucional a las personas que concursaron, fueron admitidas y hayan superado o no las fases I y II, del PROCESO DE SELECCIÓN DIAN 2022 MODALIDAD DE INGRESO, para el cargo ofertado en la OPEC 198304, Gestor II código de empleo 302, grado 02, de manera que quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela ejerzan su derecho de defensa y contradicción, si a bien lo tienen.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SANTA MARTA en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por LEYLA ESTHER SARMIENTO ESCUDERO, con radicado número 47001310900220240000500, ordeno a la CNSC publicar el AUTO de fecha 28 de febrero de 2024 y el OFICIO No. 204 de la misma fecha dirigido a ASPIRANTES DE LA CONVOCATORIA ACUERDO No. CNT2022AC000008 DE 29/12/2022 2022 “PROCESO DE SELECCIÓN DIAN 2022” OPEC 198369.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 27 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE DUITAMA, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por JAVIER RICARDO PARDO SALAZAR con número de radicado: 2024 00024 00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a todos los aspirantes, al cargo OPEC 198369, la respuesta de quien se crea con interés deberá darse dentro de las 24 horas siguientes a la publicación en la página web.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 27 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO 57 ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C., en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por KETY DEL CARMEN HERRERA MESTRA con número de radicado: 11001-33-42-057-2024-00057-00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a los aspirantes, al cargo OPEC 198368, a fin de que sean enterados de su trámite y puedan ejercer el derecho de contradicción y defensa.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 26 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SANTA MARTA – MAGDALENA, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por KATHERINE LOZANO LARIOS con número de radicado: 47-001-311-8001-2024-00013-00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a los aspirantes, al cargo OPEC 198368, a fin de que sean enterados de su trámite y puedan ejercer el derecho de contradicción y defensa.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 27 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO DÉCIMO DE FAMILIA DE BOGOTÁ D. C., en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por MARÍA CAROLINA USCATEGUI ÁVILA con número de radicado: 11001-31-10-010-2024-00096, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a los aspirantes, al cargo OPEC 198242 - GESTOR IV, grado 4 y código 304, a fin de que sean enterados de su trámite y puedan ejercer el derecho de contradicción y defensa.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 23de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE POPAYÁN en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por MAURICIO OROZCO COLONIA en cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 23de febrero de 2024 con número de radicado: 190013333 004 2024 00021 00, la CNSC procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela con el fin de dar a conocer la misma a los aspirantes del cargo identificado con número OPEC 198368, en el proceso de selección de ingreso Dian Empleos del Nivel Profesional, para que puedan intervenir en el mismo, o se puedan pronunciar sobre los hechos, para lo cual contarán con el término de dos (2) días.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y NUEVE CIVIL CIRCUITO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela promovida por r GINA CAROLINA TÉLLEZ GARAVITO, bajo el número de Radicación º 11001 31 03 039 2024 00078 00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria DIAN 2022. Lo anterior con el propósito de VINCULAR a todos los participantes de la convocatoria DIAN 2022 OPEC 198369, empleo GESTOR I, Código 301, Grado 1 para que, si a bien lo consideran, intervengan en esta acción
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 26 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE VILLAVICENCIO, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por DORIS NAYIBE NAVARRO QUEVEDO con número de radicado: 50001 31 07 004 2024 00020 00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a todas aquellas personas que aprobaron específicamente la OPEC No. 198304, para el cargo de Nivel Profesional Gestor II Grado 02 Código 302 en la modalidad de INGRESO, y si tienen interés de constituirse como parte procesal lo hagan.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 26 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUÉ, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por PAOLA ANDREA GUZMÁN VILLARREAL con número de radicado: 73001-33-33-011-2024-00035-00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a todos los aspirantes del concurso de méritos dentro del proceso de selección DIAN 2022, código de OPEC 198218, Gestor II código de empleo 302, grado 2, y si tienen interés de constituirse como parte procesal lo hagan.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL SANDONÁ – NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela con radicado 2024-00048, interpuesta por JOSE ARMANDO MONTEZUMA MORA resolvió mediante fallo del 23 de febrero de 2024: PRIMERO: DENEGAR por improcedente la acción de tutela incoada por JOSE ARMANDO MONTEZUMA MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.571.567 de Sandoná (N), por lo explicado a lo largo del presente proveído. SEGUNDO: REQUERIR a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que proceda a notificar de forma inmediata de la presente providencia a todos los participantes del proceso de selección de selección Dian 2022, debiendo allegar las constancias que acrediten la realización de dicha actuación, así como que proceda a publicar la presente decisión en su página web. TERCERO: NOTIFICAR esta providencia por el medio más expedito a las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, informándoles en tal acto que pueden impugnar esta decisión dentro de los tres días siguientes a su notificación. Lo anterior, para su conocimiento y fines.
Se informa que el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Tuluá., en conocimiento de la acción de tutela con radicado 2024-00031, interpuesta por JUANA YOLANDA RODRIGUEZ QUIÑONES resolvió admitir la acción constitucional y como consecuencia de ello dispuso: "ORDENAR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC y a la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA que de manera conjunta procedan a notificar esta decisión a las personas quienes dentro del concurso de méritos previsto para la OPEC 198368, DENOMINACION GESTOR I, se inscribieron como aspirantes, así como los admitidos, quienes en la actualidad se encuentran cursando el curso de formación iniciado el 01 de febrero del presente año" Por lo anterior, si tiene interés en ejercer su derecho de contradicción y defensa, podrá hacerlo, elevando escrito al correo electrónico del despacho de conocimiento.
En cumplimento de lo ordenado mediante Auto Admisorio del veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) emitido por el JUZGADO DIECISIETE CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por VERÓNICA ANDREA ÁLVAREZ CABRERA bajo el número de radicación 110014003017-2024-00188-00, la CNSC notifica la existencia de esta acción de tutela a los aspirantes del empleo denominado GESTOR IV, Código 304 – Grado 4 – identificado con el Código OPEC No. 198473. Se precisa, que los aquí notificados si así lo consideran necesario, pueden pronunciarse sobre los hechos de esta acción constitucional en el término de un (01) día, remitiendo pronunciamiento al correo electrónico del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO TRECE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE MEDELLÍN en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por NATACHA CECILIA GÓMEZ CONTRERAS, con radicado número 05-001-31-09-013-2024-00022-00, ordeno a la CNSC publicar el fallo para efectos de notificar a los aspirantes a la OPEC 198369 del PROCESO DE SELECCIÓN DIAN 2022.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y NUEVE CIVIL CIRCUITODE BOGOTA., en conocimiento de la acción de tutela con radicado 2024-00078, interpuesta por GINA CAROLINA TÉLLEZ GARAVITO resolvió admitir la acción constitucional y como consecuencia de ello dispuso: "Vincúlese, además, a todos los participantes de la convocatoria DIAN 2022 OPEC 198369, empleo GESTOR I, Código 301, Grado 1. Para tal fin se ORDENA a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC que de forma inmediata y por el término de un (1) días publique en su página web el presente auto, así como el texto de la acción de tutela, para que, si a bien lo consideran, intervengan en esta acción. Con todo, por Secretaría realícese edicto emplazatorio de los vinculados y publíquese en el micrositio web del Juzgado." Por lo anterior, si tiene interés en ejercer su derecho de contradicción y defensa, podrá hacerlo, elevando escrito al correo electrónico del despacho de conocimiento.
En cumplimento de lo ordenado mediante Auto del 26 de febrero de 2024 emitido por el Juzgado 23 Administrativo de Oralidad del Circuito Judicial de Bogotá - Sección Segunda por medio del cual se admite la acción de tutela instaurada por el señor SANDRA CARLINA REYES LANCHEROS bajo el número de radicación 2024-00057-00, la CNSC publica la presente acción de tutela a los aspirantes interesados del Proceso de Selección DIAN 2022. Se precisa, que los aquí notificados pueden pronunciarse, si así lo consideran necesario, remitiendo pronunciamiento al correo electrónico del despacho judicial.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 26 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE B/QUILLA, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por ZAIR ALBERTO JARABA PADILLA con número de radicado: 08-001-31-07-005-2024-00016-00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a todos los aspirantes, al cargo OPEC 198368, para el cargo de GESTOR I GRADO 301-01 dentro del subproceso de FISCALIZACION Y LIQUIDACIÓN, y si tienen interés de constituirse como parte procesal lo hagan.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 27 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUÉ, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por r MICHAEL ALEXANDER CASTILLO ESCOBAR con número de radicado: 76001 31 05 010 2024-00100 00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a todos los aspirantes del concurso de méritos dentro del proceso de selección DIAN 2022, código de OPEC 198368, Gestor I código de empleo 301, grado 1, para que si tienen interés de constituirse como parte procesal lo hagan.
Se informa que el JUZGADO DIECISIETE CIVIL MUNICIPAL BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela promovida por VERONICA ANDREA ALVAREZ CABRERA, bajo el número de Radicación 2024-00188, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria DIAN 2022. Lo anterior con el propósito de notificar a todos los aspirantes a la Convocatoria y a los terceros interesados que tengan interés en hacerse parte y para que en el término de UN (1) días remitan su intervención al correo institucional del Despacho cmpl17bt@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO NOVENO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA. en el ejercicio de la acción de tutela No.00045-2024, instaurada por CARLOS ALEJANDRO OSPINA VENEGAS ordeno a la CNSC la publicación de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección DIAN 2022 lo anterior con el fin de que los interesados en la misma conozcan su contenido, y si es su voluntad, se pronuncien al respecto
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 26 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUÉ, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por PAOLA ANDREA GUZMÁN VILLARREAL con número de radicado: 73001-33-33-011-2024-00035-00, la CNSC Procede a publicar la existencia de la presente acción de tutela a todos los aspirantes del concurso de méritos dentro del proceso de selección DIAN 2022, código de OPEC 198218, Gestor II código de empleo 302, grado 2, y si tienen interés de constituirse como parte procesal lo hagan.
En cumplimento de lo ordenado mediante Auto del 22 de febrero de 2024 emitido por el Juzgado 14 Administrativo del Circuito de Cartagena por medio del cual se admite la acción de tutela instaurada por el señor CAMILO ANDRES BRIEVA ARTEAGA bajo el número de radicación 2024-00061-00, la CNSC publica la presente acción de tutela a los aspirantes interesados del Proceso de Selección DIAN 2022, inscrito en la OPEC 198479. Se precisa, que los aquí notificados pueden pronunciarse, si así lo consideran necesario, remitiendo pronunciamiento al correo electrónico del despacho judicial.
Por medio del cual se da cumplimiento a la orden judicial, proferida por el JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA DE INDIAS dentro de la Acción de Tutela promovida por la señora ANA MARÍA CARO PULGAR, contra la Comisión Nacional del Servicio Civil en el marco del Proceso de Selección DIAN 2022.
En cumplimiento de lo ordenado mediante Auto del 26 de febrero de 2024, emitido por el JUZGADO NOVENO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE CÚCUTA, en conocimiento de la Acción de Tutela formulada por Juan Carlos Sandoval Rodríguez con número de radicado: 54-001-31-09-009-2024-00039-00, la CNSC Procede a publicar el desistimiento de la acción, a los terceros vinculados al contradictorio.
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL BOGOTÁ SECCIÓN SEGUNDA., en conocimiento de la acción de tutela con radicado 2024-00056, interpuesta por FABIAN LEONARDO PULIDO MARTÍNEZ resolvió admitir la acción constitucional y como consecuencia de ello dispuso: "ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -CNSC, se sirva PUBLICAR en su página web, el escrito de tutela con sus anexos y el Auto admisorio de la misma, con la finalidad de dar a conocer a cada uno de los convocados y los terceros indeterminados su existencia, para que en el término de dos (2) días, contados a partir de la notificación de la presente decisión, ejerzan su derecho de defensa y contradicción, si a bien lo tienen, y aporten las pruebas que consideren necesarias." Por lo anterior, si tiene interés en ejercer su derecho de contradicción y defensa, podrá hacerlo, elevando escrito al correo electrónico del despacho de conocimiento.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS MONTERÍA – CÓRDOBA ., en conocimiento de la acción de tutela con radicado 2024-10017, interpuesta por Robert Isaac Ríos Montes resolvió admitir la acción constitucional y como consecuencia de ello dispuso: "VINCULAR al presente tramite a todas las personas que inscritas en el “Proceso de Selección DIAN 2022”, en particular aquellas que optaron por el cargo Gestor ii. OPEC 198304. Para efectos de la notificación, se ordenará, que una vez recibida la notificación del presente auto admisorio, por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, estas publiquen el presente auto admisorio y copia del escrito de tutela en la página Web de cada una de las entidades y deberán aportar a este despacho constancia de dichas publicaciones." Por lo anterior, si tiene interés en ejercer su derecho de contradicción y defensa, podrá hacerlo, elevando escrito al correo electrónico del despacho de conocimiento.
 
 
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