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Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO 50 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por LUIS JORGE VEGA CAMACHO, bajo el número de Radicación 2022-00254, Resolvió: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, que por su intermedio se VINCULE formalmente a esta acción de tutela a las personas que hacen parte del proceso de selección N. 632 de 2018, sobre las cuales asista interés en punto del cargo que ejercía el aquí accionante hoy desvinculado laboralmente ? AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, CÓDIGO 6-1, GRADO 11, informándoles que ha sido instaurada la presente acción de tutela, corriéndoles traslado de la demanda para que se enteren de su contenido y ejerzan el correspondiente derecho de defensa y contradicción, y se refieran de manera puntual a los aspectos reseñados en el presente amparo dentro del término no mayor a un (1) día.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y CUATRO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JENYFFER DAYAN GARCIA RUIZ, bajo el número de Radicación 2022-340, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de comunicar a los aspirantes al cargo Auxiliar de Servicios de Inteligencia o de Policía Judicial o Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa Código 6.1., Grado 15, con Código OPEC 83546 y que se encuentran en la lista de elegibles constituida en la Resolución No. CNSC ? 14479 del 24 de noviembre de 2021, tanto de la acción de tutela como del auto de la referencia, con el fin de que si lo consideran pertinente se pronuncien al respecto. Para tal efecto deberán enviar sus respuestas al correo institucional j34lctobta@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el  JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALFONSO TORO CUELLO, bajo el número de Radicación 2022-00071, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección Y ESPECIALMENTE cargo de TECNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5- 1, Grado 29, identificado con el Código OPEC No. 84944, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 631 DE 2018 - DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICÍA NACIONAL, del Sistema Especial de Carrera Administrativa del Sector Defensa y todos los terceros interesados que pudieran resultar afectados y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO GUADALAJARA DE BUGA ? VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANNGY DAYANA BASANTE ORTIZ, bajo el número de Radicación 2022-00408-00, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de tutela de primera instancia, en la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 637 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los participantes en el concurso de méritos, los inscritos en el empleo identificado con la OPEC 80088, de la Dirección General de la Policía Nacional y terceros interesados, conozcan lo aquí resuelto, y puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial en mención.
Se informa que el JUZGADO 44 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARMEN EMILIA LANCHEROS BARRAGAN, bajo el número de Radicación 2022-0351-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE los participantes en el empleo identificado con la OPEC 83049, los terceros interesados y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial, en el termino de 1 día.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BELLO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GLORIA YURLEY TORO DUQUE , bajo el número de Radicación05-088-31-04-002-2022-00072 00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, lo anterior con el propósito de notificar a los aspirantes al cargo PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA, Código 3-1, Grado 5, identificado con el Código OPEC No. 49936, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 630 DE 2018 - DIRECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL POLICÍA NACIONAL, del Sistema Especial de Carrera Administrativa del Sector Defensa?, de igual manera a todas las personas que ocupan los cargos de igual denominación y grado que habiendo sido ofertados en la referida convocatoria hayan sido declarados en vacancia definitiva en virtud de alguna de las causales de retiro del servicio consagradas en el artículo 41 de la ley 909 de 2004, a efectos de notificar a los terceros interesados para que en caso de considerarlo pertinente, concurran al presente trámite constitucional.
Se informa que el  JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MONICA SILVA CAPACHO, bajo el número de Radicación 2022-00363, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección Y ESPECIALMENTE a quienes se encuentran en la lista de elegibles para el cargo de OPECC Nro. 74870, ofertado en el marco del Proceso de Selección Nro. 631 De 2018 DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICÍA NACIONAL y todos los terceros interesados que pudieran resultar afectados y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, D.C, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por MILLER JAMES PALACIOS PALACIOS, bajo el número de Radicación 2022-00186, Resolvió: PRIMERO: Tutelar los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, al trabajo, al acceso a cargos públicos en conexidad con los principios del mérito, celeridad y eficacia, igualdad y confianza legítima, invocados por el señor MILLER JAMES PALACIOS PALACIOS, contra el Señor Director de la Dirección De Bienestar Social y Familiar de la Policía Nacional, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: Ordenar a la Dirección de Bienestar Social del Grupo de Talento Humano de la Policía Nacional y/o quien corresponda, para que DE MANERA INMEDIATA, una vez notificada esta decisión, se rehaga la actuación, tendiente a comunicar al accionante MILLER JAMES PALACIOS PALACIOS, si se concede o no la prórroga solicitada, conforme los parámetros del artículo 50 del Decreto Ley 1792/00 y, a partir de allí, se proceda a contar los términos para tomar posesión del cargo denominado ?TECNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 26, identificado con el Código OPEC No. 78854, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 630 DE 2018 - DIRECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL POLICÍA NACIONAL, DEL SISTEMA ESPECIAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA DEL SECTOR DEFENSA?. TERCERO: Se solicitará a la Comisión Nacional del Servicio Civil, publicar lo resuelto en esta providencia en la página Web Institucional, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta decisión, a fin de que se enteren los demás miembros que conforman la lista de elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado ?TECNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 26, identificado con el Código OPEC No. 78854, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 630 DE 2018 - DIRECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL POLICÍA NACIONAL, DEL SISTEMA ESPECIAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA DEL SECTOR DEFENSA?. Aclarando que esta entidad no generó quebranto alguno a los derechos del quejoso, limitándose su actuación a la Constitución y a la ley.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y SEIS CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARTHA RENGIFO CASTILLO, bajo el número de Radicación 2022-00239, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que ESPECIALMENTE todos los aspirantes al cargo denominado Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa? código 5-1, grado 18, proceso de selección No. 632 de 2018 Dirección General Policía Nacional, y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LEINY TARITH ALMEIDA RODRIGUEZ, bajo el número de Radicación 2022-00166, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE as personas que hacen parte del proceso de selección No. 631 de 2018 ? Sector Defensa, y que para el caso en concreto se encuentran contenidos en la Resolución No. 12454 del 23 de noviembre de 2021 ?Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 6-1, Grado 28, identificado con el Código OPEC No. 84768, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 631 DE 2018 ? DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICIA NACIONAL, del Sistema Especial de Carrera Administrativa del Sector Defensa, y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por MILENA MARIA DIAZ BELTRAN, bajo el número de Radicación 2022-00429, Resolvió: PRIMERO. - TUTELAR los derechos fundamentales al Debido proceso, igualdad, vida digna, acceso a cargos públicos y al trabajo, en favor de la señora Milena María Díaz Beltrán, conforme se motivó. SEGUNDO. - ORDENAR a la Nación/Ministerio de Defensa/Ejército Nacional, a través de su titular o quien hagan sus veces en el cargo, o el funcionario y dependencia del Ejercito que correspondan, de acuerdo al marco de su competencia, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo de tutela, si aún no lo hubiere hecho, proceda a adelantar las gestiones pertinentes para nombrar en período de prueba a la señora Milena María Díaz Beltrán al en el cargo de Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa, Código 6-1, Grado 08, Opec N° 106225?, proceso de selección N° 637 de 2.018-Sector Defensa Ejercito Nacional-, en cumplimiento a la lista de elegibles en firme, estando superada la etapa de estudio de seguridad, en acatamiento al Acuerdo N° CNSC2019000002506 del 23-04-19 y la Resolución N° 14092 de 2.021 contentiva de esta. Lo anterior sin perjuicio de los derechos de las personas que lo anteceden en posición en la lista de elegibles de no haberse realizado su nombramiento previamente y reúnan los requisitos legales para el empleo, en cuyo caso este se agotara de manera inmediata y en forma descendente proveyendo las trece vacantes ofertadas en el concurso incluido el puesto siete de la lista que ocupa la accionante. TERCERO. - NOTIFÍQUESE esta sentencia según lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. CUARTO. - Hágasele saber a las partes que la presente determinación puede ser impugnada dentro de los tres (3) días contados a partir de su notificación, allegando escrito a través del correo electrónico del despacho adm06mon@cendoj.ramajudciail.gov.co. QUINTO. - ORDENAR a la Nación/Ministerio de Defensa/Ejército Nacional - y a la COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL (CNSC), procedan de manera inmediata a publicar en su página web y/o a través correo electrónico esta sentencia para conocimiento de quienes hacen parte de la lista de elegibles y demás terceros con eventual interés dentro del Proceso de selección N° 637 de 2018 ? Sector Defensa? en referencia al empleo Auxiliar Para Apoyo de Seguridad y Defensa, Código 6-1, Grado 08, identificado con el Código OPEC No. 106225. Advertirles que han de allegar soporte de tal gestión efectiva y que desacatar lo ordenado se verán expuestos a las sanciones legales.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, D.C, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por MILLER JAMES PALACIOS PALACIOS bajo el número de Radicación 2022-00186, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por MILLER JAMES PALACIOS PALACIOS, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC y la DIRECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIAR DE LA POLICIA NACIONAL. Vincúlese a los miembros que conforman la lista de elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado TECNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 26, identificado con el Código OPEC No. 78854, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 630 DE 2018 - DIRECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL POLICÍA NACIONAL, DEL SISTEMA ESPECIAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA DEL SECTOR DEFENSA.
Se informa que el JUZGADO DIECISÉIS PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por SOL NAHARANDANA BRITO GONZALEZ bajo el número de Radicación 2022-00092, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por SOL NAHARANDANA BRITO GONZALEZ, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC y la POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA. VINCULAR de manera oficiosa a todas las personas que hacen parte de la lista de elegibles a través de la Resolución No. 143 del 21 de enero de 2022, ?Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA, Código 3-1, Grado 5, identificado con el Código OPEC No. 78719, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 630 DE 2018 ? DIRECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL POLICÍA NACIONAL, del Sistema Especial de Carrera Administrativa del Sector Defensa?, para que en el término improrrogable de VEINTICUATRO (24) HORAS contadas a partir de la notificación del presente auto, ejerzan su derecho de defensa y contradicción. Se ORDENA que la vinculación a todas las personas que hacen parte de la lista de elegibles a través de la Resolución No. 143 del 21 de enero de 2022, ?Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer tres (3) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA, Código 3-1, Grado 5, identificado con el Código OPEC No. 78719, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 630 DE 2018 ? DIRECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL POLICÍA NACIONAL, del Sistema Especial de Carrera Administrativa del Sector Defensa?, se realice a través de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las respuestas y/o memoriales relacionados con la acción constitucional de la referencia deberán ser remitidas exclusivamente al correo institucional del despacho j16pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co, en la jornada laboral establecida para el mismo, esto es, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Se informa que el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ SECCIÓN PRIMERA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BEATRIZ EUGENIA AGUIRRE NARANJO, bajo el número de Radicación 2022-00383, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE los integrantes de la lista de elegibles de empleo con Código OPEC 74851 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANA CECILIA ANGULO QUIÑONEZ, bajo el número de Radicación 2022-00147, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE los miembros de la lista de elegibles conformada en la Resolución No. 14202 del 24 de noviembre de 2021 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OLGA LUCIA ZAMBRANO MACANAS, bajo el número de Radicación  2022-00330, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE a los aspirantes que conforman la lista de elegibles de la resolución N°13965 del 24 de noviembre de 2021y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y UNO PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por CAREN MILENA ROMERO FIGUEROA bajo el número de Radicación 2022-00216, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por CAREN MILENA ROMERO FIGUEROA, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC, y la DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR ? DIGSA. Se solicita a la Comisión Nacional Del Servicio Civil que publique en su página web la acción de tutela 2022-00216 con el fin de que los participantes de la convocatoria No. 981 de 2018 ? Sector Defensa, código 3 ? 1, grado 16, código OPEC No. 45961 se pronuncien si a bien lo tienen respecto a los hechos y pretensiones de la demanda.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VALLEDUPAR - CESAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARGARITA ROSA APONTE SARMIENTO, bajo el número de Radicación 2022-00094, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la 632 de 2018 - SECTOR DEFENSA. Lo anterior con el propósito de que los inscritos en la DIRECCIÓN GENERAL POLICÍA NACIONAL, para la provisión de cargos de TÉCNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICÍA JUDICIAL O TÉCNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, GRADO 18, Código 5-1, número OPEC 80912 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el término de (2) días.
Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por MILENA MARIA DIAZ BELTRAN bajo el número de Radicación 2022-00429, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por MILENA MARIA DIAZ BELTRAN, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC, y la MINISTERIO DE DEFENSA ? EJÉRCITO NACIONAL. Comunicar la existencia de la presente acción de tutela a las personas que conforman la lista de elegibles del cargo del nivel asistencial denominado Auxiliar de Apoyo para la Seguridad y Defensa, grado 8, código 6-1, OPEC 106225 y proceso de selección No. 637 de 2018 Ejército Nacional, para que si es de su interés se hagan parte. Oficiar a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), para que publique en su página web el presente auto admisorio y la Acción de Tutela.
Se informa que el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MONICA PATRICIA ANGULO PAYARES, bajo el número de Radicación 2022-00219, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la 624 AL 638 - 980 Y 981 DE 2018-SECTOR DEFENSA. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SETENTA Y UNO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por ANDRES FELIPE PORTILLO FIGUEROA, bajo el número de Radicación 2022-00301, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por ANDRES FELIPE PORTILLO FIGUEROA, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC. ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil ? CNSC notificar a María Fernanda Morales del Río, María Cristina Torres Collazos y a quienes hagan parte de la lista de elegibles RESOLUCIÓN No 1267023 de noviembre de 2021 ?Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno(1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA, Código 3-1, Grado 6, identificado con el Código OPEC No. 83838, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 627 DE 2018 - CAJA DE SUELDOS DERETIRO DE LA POLICÍA NACIONAL CASUR, del Sistema Especial de Carrera Administrativa del Sector Defensa?, con los anexos de esta tutela remitiendo las constancias del hecho a este estrado inmediatamente lo hagan.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LAURA DEL SOCORRO VILLACORTE TORRES, bajo el número de Radicación 2022-00036, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE a todas las personas que integran la lista de elegibles conformada mediante Resolución 13186 del 23 de noviembre CNSC- relacionada con el cargo de AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA- OPEC 880226, Código 6-1, Grado de 11 de la POLICIA METROPOLITANA DE BUCARAMNAGA y quienes actualmente según resolución de nombramiento 01038 del 25 de abril 2022 ocupan el cargo en comento. Como producto del PROCESO DE SELECCIÓN No. 632 de 2018 de la Dirección General de la Policía Nacional y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por WILSON SUÁREZ RIOS, bajo el número de Radicación 680013103002 2022-00187-00 , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018 - Sector Defensa, lo anterior con el propósito de notificar a TODOS LOS PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA 637 de 2018 -EJÉRCITO NACIONAL, interesados en el "OPEC 106358, código 6-1 GRADO 8, para que si a bien lo tienen se hagan parte dentro de la presente acción constitucional
Se informa que el JUZGADO 19 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÀ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MYRIAM JANETH CEBALLOS FIESCO, bajo el número de Radicación 2022-00139, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos en mención y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CAMILO ANDRES HUERTAS GIL, bajo el número de Radicación 2022-00061, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de tutela de primera instancia, en la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 637 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que todos los elegibles del proceso de selección de la referencia al empleo Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa, Código 6-1, Grado 08, identificado con el Código OPEC No. 106348 y terceros interesados conozcan lo aquí resuelto, y puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial en mención.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SAN VICENTE DE CHUCURÍ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DIANA ISABEL SANCHEZ, bajo el número de Radicación 2022-00078, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 637 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos en mención y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO (2°) PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO BOGOTÁ D.C, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA LILIANA SALAMANCA FIGUEROA, bajo el número de Radicación 2022-00170, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de tutela de primera instancia, en la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 631 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que todos los elegibles del proceso de selección de la DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICIA NACIONAL, OPEC 74907, empleo: PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA, grado 22 y código 3-1 y terceros interesados conozcan lo aquí resuelto, y puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial en mención.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DE PEREIRA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por JOSE AGAPITO FERRER CARRILLO, bajo el número de Radicación 2022-00034, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por JOSE AGAPITO FERRER CARRILLO, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la ARMADA NACIONAL. se ordena a las entidades Armada Nacional de Colombia y Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), publicar esta providencia, así como escrito de tutela en su página web oficial, de manera visible, previniendo a dichas entidades que deberán enterar el contenido del auto admisorio y escrito de tutela, a los correos electrónicos de los integrantes de la lista de elegibles del cargo identificado con el número de Oferta Pública 84773.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANA PAOLA BARRETO ALFARO, bajo el número de Radicación 2022-00021, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 631 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos para el cargo PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA grado: 19 código: 3-1 número OPEC: 74987 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SONIA DEL PILAR CETINA MOJICA, bajo el número de Radicación 2022-00018, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 637 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos del cargo AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA ? GRADO 08 ? CODIGO 6-1 ? OPEC 106632 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial, en el termino de (2) días.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y SEIS CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARTHA RENGIFO CASTILLO, bajo el número de Radicación 2022-00239, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE a todos los aspirantes al cargo de técnico para apoyo de seguridad y defensa, código 5-1, grado 18, proceso de selección No. 632 de 2018 Dirección General Policía Nacional y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARTHA LILIANA GOMEZ DOMINGUEZ,, bajo el número de Radicación 2022-00037, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 de 2018 - Sector Defensa, con el con el fin de VINCULAR a los aspirantes de la OPEC 75105 correspondiente al empleo denominado TECNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 26, perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICÍA NACIONAL - DISAN, Proceso de selección No. 631 de 2018 ? Sector Defensa, de cara a que se pronuncien, si a bien lo tienen, sobre los hechos y anexos que acá se exponen. Igualmente, esta publicación, va dirigida a todos los que les asista interés en el presente trámite constitucional para que remitan al Despacho las consideraciones que consideren pertinentes.
Se informa que el  JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HERNAN DARIO SILVA RUIZ, bajo el número de Radicación 2021-00385, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE las personas que conforman la Lista de Elegibles del empleo denominado AUXILIAR DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 6-1, Grado 36, identificado con el Código OPEC No. 83944, PROCESO DE SELECCIÓN No. 638 de 2018 ? HOSPITAL MILITAR CENTRAL y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO VEINTIDOS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANGIE LORENA NUÑEZ ROJAS, bajo el número de Radicación 2022-00186, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos del cargo denominado técnico de servicios, de inteligencia o de policía judicial o técnico para apoyo de seguridad y defensa, Código 5-1, Grado 28, identificado con el Código OPEC No. 78849 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
 
 
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