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Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LEDIS DEL CARMEN HENRIQUEZ DAZA, bajo el número de Radicación 202100160, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j05lcsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE YONDÓ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OVIDIO ECHAVEZ BLANQUICEC, bajo el número de Radicación 202100084, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j01prmpalyondo@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MONTERIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por FARIT AROLDO MIER RODRIGUEZ, bajo el número de Radicación 2021-00014, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 603 de 2018 - Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el término de (2) días.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANDRES FELIPE LOPEZ MARIN, bajo el número de Radicación 18-001-31-05-001-2021-00181-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de notificar a las personas indeterminadas que se encuentran dentro del proceso de selección de la convocatoria No. 601 a 623 de 2018 ?Directivos Docentes y Docentes Postconflicto, indicándoles a los vinculados que disponen del término de dos (02) días para que ejerzan su derecho de defensa y aporten las pruebas que pretendan hacer valer.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YENI MEJIA GUZMAN, bajo el número de Radicación 2021-00138, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARLOS ALBERTO LOSADA, bajo el número de Radicación 2021-00057, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EDWIN ANDRES ROJAS SABOGAL, bajo el número de Radicación 202100044, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico jcivcfl01@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SOLMARA TORRES GARCIA, bajo el número de Radicación 2021-00132-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Resolución No. 20212310015875 Por la cual se rechaza una (1) solicitud de exclusión formulada por la entidad territorial certificada en educación Municipio de Valledupar, para el Empleo de Directivo Docente Coordinador, Código OPEC 82997, dentro del marco del Proceso de Selección No. 614 de 2018
Se informa que el Juzgado Primero Penal Del Circuito Especializado Florencia ? Caquetá , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Diana Patricia Ortegón Betancourt, bajo el número de Radicación 18-001-31-07-001-2021-00088-0018-001-31-07-001-2021-00088-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que se notifique a los aspirantes inscritos en ese concurso para proveer el cargo de Docente de aula IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS, identificado con el Código OPEC No. 82445, de las instituciones educativas oficiales de la entidad territorial certificada en educación Departamento de Caquetá́- Municipio de Puerto Rico, ofertadas en el marco del Proceso de Selección No. 606 de 2018 y a quienes ocupan actualmente los cargos para que realicen el pronunciamiento de rigor conforme a los hechos que originaron la presentación de la acción de tutela y hagan uso del derecho de contradicción.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOHACHA- LA GUAJIRA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE ELIECER CORDOBA RODRIGUEZ, bajo el número de Radicación 2021-00053-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes al cargo OPEC 82641 en el Departamento de Guajira - Municipio de Dibulla y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Auto No. 20212310002904 Por el cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a determinar si procede o no la exclusión de la elegible MARIA FERNANDA HUERTAS VARGAS de la lista conformada mediante la Resolución No. CNSC ? 20202310115615 del 11 de noviembre de 2020, para el empleo de Docente de Primaria Código OPEC No. 83189, dentro del Proceso de Selección No. 604 de 2018, de conformidad con la solicitud formulada por la Entidad Territorial Certificada en Educación Departamento del Tolima MUNICIPIO DE RIOBLANCO
Se informa que el JUZGADO CUARTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NAYDU MABEL CASTRO DE LA CRUZ, bajo el número de Radicación 2021-00057-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE FLORENCIA- CAQUETA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MÓNICA ANDREA SÀNCHEZ RORÌGUEZ, bajo el número de Radicación 2021-00025, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el fin de que las personas que conforman la lista de elegibles emitida por la CNSC, mediante Resolución No. 10927 del 5 de noviembre de 2020 y todos aquellos interesados tengan conocimiento del mismo.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARLOS ALBERTO LOSADA, bajo el número de Radicación 2021-00057, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OSCAR ANDRES ESCUDERO SANCHEZ, bajo el número de Radicación 2021-00144, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que las personas que hacen parte de las listas de elegibles conformadas dentro del proceso de selección No. 608 de 2018 y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE FLORENCIA - CAQUETA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HERNAN DARIO TOLEDO ROJAS, bajo el número de Radicación 2021-00268-00, ordenó a la CNSC, mediante Auto Interlocutorio del 18 de mayo de 2021, publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que las personas que conforman la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 10822 del 5 de noviembre de 2020 y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE FLORENCIA - CAQUETA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HERNAN DARIO TOLEDO ROJAS, bajo el número de Radicación 2021-00268-00, ordenó a la CNSC, mediante Auto Interlocutorio del 18 de mayo de 2021, publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que las personas que conforman la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 10822 del 5 de noviembre de 2020 y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NELSON CAMILO TAPASCO GALLEGO, bajo el número de Radicación 2021-00021, ordenó a la CNSC publicar lAUTO QUE VINCULA A UN TERCERO a la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE FLORENCIA- CAQUETA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MÓNICA ANDREA SÀNCHEZ RORÌGUEZ, bajo el número de Radicación 2021-00025, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el fin de que las personas que conforman la lista de elegibles emitida por la CNSC, mediante Resolución No. 10927 del 5 de noviembre de 2020, la persona o personas que en la actualidad ocupan el cargo de Docente en provisionalidad en el área de Idioma Extranjero Inglés de la Institución Educativa Santiago de la Selva, sede Santiago de la Selva del municipio de Valparaíso, Caquetá y todos aquellos interesados en esta acción constitucional ejerzan sus derechos.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANA DEL CARMEN TRILLOS RODRIGUEZ, bajo el número de Radicación 2021-00200, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ORLANDO RAFAEL AGUILAR PELUFFO, bajo el número de Radicación 2021-10010-00, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de Primera Instancia proferido en la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes, terceros interesados en el referido concurso de méritos, y todas aquellas personas que se puedan ver afectadas con las decisiones tomadas en esta acción de tutela, para que ejerzan su derecho a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE FLORENCIA- CAQUETA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NELSON CAMILO TAPASCO GALLEGO, bajo el número de Radicación 2021-00021, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. a fin de que las personas que conforman la lista de elegibles emitida por la CNSC, mediante Resolución No. 10801 del 5 de noviembre de 2020, la persona o personas que en la actualidad ocupan el cargo de Docente en provisionalidad en el área de matemáticas de la Institución Educativa Rural Brisas de San Isidro, sede Brisas de San Isidro del municipio de La Montañita, Caquetá y todos aquellos interesados en esta acción constitucional ejerzan sus derechos a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCION DE TIERRAS DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NUBIA CORDOBA CORDOBA, bajo el número de Radicación 2021-00056, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARIA AURORA GIL, bajo el número de Radicación 2021-00052, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el Juzgado Primero Penal Municipal de Florencia , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LEYDY MARIAN MARIN CHAVEZ quien actúa como apoderada de MARIA AURORA GIL VALENCIA, bajo el número de Radicación 180014004001202100052, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE EL CARMEN DE BOLÍVAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ORLANDO RAFAEL AGUILAR PELUFFO, bajo el número de Radicación 2021-10010-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento de lo previsto en el numeral tercero de la Sentencia No. 116 del 27de abril de 2021, proferida por el JJUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO FLORENCIA - CAQUETÁ, que decide NEGAR la solicitud de amparo a los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, al trabajo y a la estabilidad laboral reforzada elevada por el apoderado judicial de la señora JURANNI ARDILA OME, la cual dispone: TERCERO: ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil, a la Secretaría de Educación Departamental del Caquetá y a la Gobernación del Caquetá, que notifiquen la presente decisión a los aspirantes de la convocatoria No. 601-623 de 2018, a través de los correos electrónicos informados y a través de la página web del proceso o concurso de méritos que se adelanta.
Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE FLORENCIA, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por WILMER YESID LEGUIZAMON ARIAS EN REPRESENTACION DE JURANNI ARDILA OME, radicada bajo el consecutivo 2021-00107, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de ponerlo en conocimiento de los terceros interesados.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE MOCOA - PUTUMAYO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUZ DARY ERASO ROSERO, bajo el número de Radicación 2021-00036, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento de lo previsto en el numeral séptimo del auto interlocutorio No. 0112 del 14 de abril de 2021, emitido por el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO FLORENCIA - CAQUETÁ, que admite la acción de tutela incoada por la señora JURANNI ARDILA OME, a través de su apoderado judicial, señor WILMER YESID LEGUIZAMON ARIAS, auto que dispone: Séptimo. - Ordénese a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, la GOBERNACIÓN DEL CAQUETÁ y la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL que notifiquen el presente proveído a los demás aspirantes de la Convocatoria No. 601-623 de 2018 adelantada por la Comisión Nacional del Servicio Civil, a través de los correos electrónicos informados y de la página web de cada una de las entidades.
Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por WILMER YESID LEGUIZAMON ARIAS, bajo el número de Radicación 2021-00107, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 601 a 623 de 2018 Directivos Docentes y Docentes en zonas afectadas por el conflicto armado. Lo anterior con el propósito de que los participantes y terceros interesados en el referido concurso de méritos, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
 
 
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