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Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE SANTA MARTA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por YELITZA CENTENO GOMEZ, bajo el número de Radicación 2022-00261, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por YELITZA CENTENO GOMEZ, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC. REQUERIR a la Comisión Nacional del Servicio Civil ?CNSC a efectos que realicen notificación, a través de su página web, debiendo suministrarles a dichos aspirantes, copia de la acción de tutela y el presente auto admisorio, para que en el término de dos (02) días, si lo consideran pertinente se vinculen y alleguen los documentos en ejercicio de sus derechos de defensa y contradicción.
Se informa que el  JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE IPIALES ? NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BRAYAN NICOLAS CABRERA MONTENEGRO, bajo el número de Radicación 2022-00129-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES DE SANTA MARTA ? MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LEONELA DE JESUS CARRILLO SIMANCA, bajo el número de Radicación 2022-00057, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE POPAYÀN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE ELIECER CEBALLOS MENDEZ, bajo el número de Radicación 19-001-31-09-005-2022-00053-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior para el conocimiento de los interesados, informando que quien tenga un interés legítimo en el resultado del proceso podrá intervenir en él como coadyuvante del actor o de la persona o autoridad pública contra quien se hubiere hecho la solicitud al siguiente correo electrónico j05pcpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO ORAL DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LILIANA ARISTIZABAL OBANDO, bajo el número de Radicación  2022-00135-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria ESPECIALMENTE a las personas que formen parte de la Lista de Elegibles para la OPEC 1476, Profesional Universitario, Código 219, Grado 1 según la Convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 de 2018, 989, 1132 a 1134 y 1305 de 2019 - Municipios PDET Priorizados para el Posconflicto, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE SAN JUAN DEL CESAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUISA FUENTES ROSADO, SOCORRO MERCEDES RENDON GUTIERREZ, DUASNET DIAZ MENDOZA, bajo el número de Radicación 2022-00105-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, los participantes a la Convocatoria, en especial, los participantes e interesados del Acuerdo No. 20181000008776 DEL 18-12-2018 en el marco del proceso de selección No. No 961 de 2018- ?por el cual se convoca y establecen reglas para el concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al sistema general de carrera administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de San Juan del Cesar- La Guajira, en el marco del proceso de selección No. 961 de 2018- Municipios Priorizados para el POSTCONFLICTO (Municipios de 5° y 6° categoría), si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE SANTA MARTA - MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MAURICIO ALEJANDRO MEJÍA ANTONIO, bajo el número de Radicación 47-001-33-33-009-2022-00353-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional , a fin de que los aspirantes inscritos, que tengan interés en concurrir en defensa de sus intereses, lo hagan ante este Despacho, manifestando lo que a bien tengan en defensa de sus intereses; indicando en tal aviso la dirección de correo electrónico de este Despacho Judicial: j09admsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co, siendo de su cargo allegar las constancias pertinentes. Para cumplir con el anterior requerimiento se concede el término de dos (02) días siguientes a la notificación de la presente providencia.
Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE VALLEDUPAR, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por ANA CAROLINA DAZA SANCHEZ, bajo el número de Radicación 2022-00216, Resolvió: PRIMERO: ADMITIR y dar el trámite correspondiente a la presente ACCIÓN DE TUTELA impetrada por ANA CAROLINA DAZA SÁNCHEZ contra COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC. ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC, que, en el término de un día, contado a partir del recibo de la comunicación, realice la notificación de los aspirantes inscritos en la convocatoria de la CNSC para ocupar el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO ADSCRITO A LA INSPECCIÓN VIGILANCIA SECRETARIA EDUCACIÓN, DE VALLEDUPAR, GRADO 4, CODIGO 222, OPEC 6528, mediante publicación de la presente acción constitucional en su página web.
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ITINERANTE DE FLORENCIA - CAQUETÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ROBERTO CARLOS PAREDES MONTEALEGRE, bajo el número de Radicación 2022-00104-00, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de tutela de Primera Instancia en la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, conozcan lo aquí resuelto, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Por medio del cual se deja sin efectos el Auto No. 457 del 23 de mayo de 2022, con ocasión a la providencia proferida por el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE SIMITÍ (BOLÍVAR), dentro de la Acción de Tutela instaurada por el señor JOSÉ JAVIER PEINADO TORRES, en el marco del Proceso de Selección No. 856 de 2018 de la ALCALDÍA SIMITÍ- BOLIVAR - CONVOCATORIA MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSTCONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5° Y 6° CATEGORIA)
Se informa que el JUZGADO CIVIL-LABORAL DEL CIRCUITO DE YAMURAL, en conocimiento de la ACCION DE TUTELA instaurada por Luis Eduardo López Tobón, bajo el número de Radicación 05887-31-12-001-2022-00046-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de : AUTORIZAR la intervención de quienes, en nombre propio y como participantes interesados en los PROCESOS DE SELECCIÓN 828 A 979 y 982 A 986 DE 2018, 989, 1132 A 1134 y 1305 DE 2019 - MUNICIPIOS PDET PRIORIZADOS PARA EL POSCONFLICTO? suscriben el escrito allegado el 6 de junio de 2022 para la acción de tutela de la referencia, en calidad de COADYUVANTES del accionante LUIS EDUARDO LOPEZ TOBON, pero únicamente con relación a los derechos de PETICION y DEBIDO PROCESO cuya protección se reclama por éste, y con las pretensiones que formuló en el escrito tutela
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE PUERTO TEJADA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CESAR IVAN MELO MINA, bajo el número de Radicación 2022-00094-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO VALLEDUPAR CESAR en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARIA CLAUDIA MORALES CASTILLA, bajo el número de Radicación 2022-00126-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria ESPECIALMENTE, las personas inscritas en la Convocatoria No. 894 de 2018 ? MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSTCONFLICTO (MUNICIPIOS DE 1ª A 4ª CATEGORÍA) planta de personal para la Alcaldía de Valledupar, correspondiente cargo de profesional universitario grado 02, código 2019 OPEC 64203, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 3 días, al correo electrónico j02lcvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EDINSON HERRERA CUBIDES, bajo el número de Radicación 47001310900220220002900, ordenó a la CNSC publicar el auto por medio del cual concede la impugnación impetrada por el aquí accionante, lo anterior con el propósito de notificar a las personas indeterminadas que se encuentren como aspirantes de la Convocatoria Acuerdo CNSC 20181000008216 de 7 diciembre de 2018 - OPEC 73672.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUIS ALEXANDER MAESTRE VARGAS, bajo el número de Radicación 2022-00066, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por LUIS ALEXANDER MAESTRE VARGAS, contra la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC y la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ESAP. COMUNIQUESE la existencia de la presente acción de tutela a todos aquellos participantes inscritos en las Convocatorias 828 a 979 y 982 a 986 de 2018, 989, 1132 a 1134 y 1305 de 2019 - Municipios PDET Priorizados para el posconflicto, para la provisión de cargos de INSPECTOR DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE, GRADO 07, Código 312, número OPEC 22227, entidad: Municipio de Valledupar; de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. Para tal efecto, se ordena a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que publiquen en su Página Web el presente auto y el escrito de tutela, con el fin que los vinculados intervengan en el término de dos (2) días contados a partir de la publicación.
Por medio del cual se da cumplimiento a la medida previa decretada por el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE SIMITÍ - BOLÍVAR, dentro de la Acción de Tutela instaurada por el señor JOSÉ JAVIER PEINADO TORRES, en el marco del Proceso de Selección No. 856 de 2018 de la ALCALDÍA SIMITÍ - BOLÍVAR- CONVOCATORIA MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSTCONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5° Y 6° CATEGORIA
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DEIBIS YESID CASTAÑERA BARRERA, bajo el número de Radicación 47001-3109-003-2022?00029-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo de primera instancia con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de notificar a las personas indeterminadas que se encuentren como aspirantes de la convocatoria Acuerdo CNSC 20181000008216 del 7 de diciembre de 2018, motivada por el decreto ley 893 de 2017 - la Opec 73885
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE SIMITÍ - BOLÍVAR , en conocimiento de la ACCION DE TUTELA instaurada por JOSE JAVIER PEINADO TORRES, bajo el número de Radicación 2022-01019, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de notificar a los aspirantes dentro de la presente convocatoria para que, en el término de (48) horas, ejerzan su derecho de defensa.
?Por medio del cual se da cumplimiento a la medida provisional decretada por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO SANTA MARTA - MAGDALENA, dentro de la Acción de Tutela instaurada por el señor JOSÉ DANIEL ESCORCIA BAQUERO, en el marco del Proceso de Selección No. 910 de 2018 de la ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA - CONVOCATORIA MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSTCONFLICTO (MUNICIPIOS DE 1° A 4° CATEGORIA
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTA MARTA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por ELIAS HENRIQUEZ VALDERRAMA, bajo el número de Radicación 2022-10030, Resolvió: PRIMERO. - DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela promovida por el señor ELÍAS HENRÍQUEZ VALDERRAMA contra la PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC y la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA - ESAP por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, AL ACCESO Y EJERCICIO DE CARGOS PÚBLICOS, A LA IGUALDAD, A ESCOGER PROFESIÓN Y OFICIO, Y EL DERECHO AL TRABAJO, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia. SEGUNDO. - SOLICITAR A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que proceda a fijar un aviso al interior de la convocatoria OPEC 73673 a fin de dar noticia de la presente decisión a los demás participantes del cargo objeto de la presente acción constitucional. TERCERO. ? Si esta providencia no fuere impugnada, REMÍTASE el expediente a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión. (Art. 31, parágrafo 2° del Dto. 2591 de 1991). CUARTO. - Notifíquese este fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de Decreto 2591 de 1991.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SANTA MARTA , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EDINSON ALBERTO HERRERA CUBIDES, bajo el número de Radicación 47001310900220220002900, ordeno a la Comisión Nacional del Servicio Civil, publicar el fallo de primera instancia dentro del Proceso de Selección 828 a 979 y 982 a 986 de 2018, 989, 1132 a 1134 y 1305 de 2019 ? Convocatoria Municipios Priorizados para el Posconflicto mediante el cual resolvió PRIMERO. DECLARAR la improcedencia de la acción tutelar instaurada en nombre propio por el señor EDINSON ALBERTO HERRERA CUBIDES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1082.843.345, para la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso al ejercicio de cargos públicos y trabajo, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, la PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA y la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ? ESAP, y a la cual fueron vinculadas la ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA y los aspirantes de la convocatoria Acuerdo CNSC 20181000008216 de 7 diciembre de 2018 - OPEC 73672, de conformidad a las razones esbozadas en la parte motiva. SEGUNDO. NOTIFICAR esta sentencia a las partes por el medio más eficaz informándoseles que, de conformidad al artículo 31 del Decreto 2591 cuentan con tres (3) días a partir su notificación para impugnar la decisión. TERCERO. ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y a la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, insertar en sus páginas Web este proveído y el oficio que lo comunica, para efectos de la notificación de las personas indeterminadas que se encuentren como aspirantes de la Convocatoria Acuerdo CNSC 20181000008216 de 7 diciembre de 2018 - OPEC 73672.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por MARIA JOSE SERRANO CUELLO, bajo el número de Radicación 2022-00065, Resolvió: PRIMERO: NEGAR, por improcedente, el amparo al derecho fundamental al debido proceso invocado por MARÍA JOSÉ SERRANO CUELLO contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA -ESAP y la ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA, atendiendo las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: Notifíquese a las partes por el medio más expedito a más tardar el día hábil siguiente de haber sido proferido. TERCERO: Si esta decisión no fuere impugnada, dentro del término legal remítase a la CORTE CONSTITUCIONAL, para su eventual revisión dentro de los diez días siguientes a su ejecutoria.
Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO FUNDACIÓN MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EDUAR ENRIQUE MOVILLA CACERES, bajo el número de Radicación 2022-00059-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria ESPECIALMENTE a los aspirantes de la convocatoria No. 978 de 2018 ? MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO. (MUNICIPIOS DE 5ª y 6ª CATEGORIA), para el cargo con la OPEC 81929, Código 222, Grado 1, Denominación Profesional Especializado, del Nivel Jerárquico Profesional de la Alcaldía de Fundación, Magdalena, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOSE DANIEL ESCORCIA BAQUERO, bajo el número de Radicación 2022-00117, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por JOSE DANIEL ESCORCIA BAQUERO, contra LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, LA ESCUELA DE ADMINISTRACION PÚBLICA ? ESAP- y la ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA. ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil y a la Escuela Superior de Administración Pública ? ESAP, que, publiquen el presente auto admisorio y escrito de tutela en la página web del concurso de méritos convocado mediante acuerdo No. CNSC 20181000008216 del 7 de diciembre de 2018 de Santa Marta Magdalena Municipios PDET Priorizados para el Posconflicto.
Se informa que el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la ACCION DE TUTELA instaurada por JOSÉ DAVID LÓPEZ ARÉVALO., bajo el número de Radicación 2022-00256-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, EN ESPECIAL a los participantes del concurso de méritos que realizaron el examen el 11 de julio de 2021 en el marco del Acuerdo No. CNSC ? 20181000008216 del 7/12/2018 ?Por el cual se convoca y se establecen las reglas para el Concurso abierto de Méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA ? MAGDALENA, PROCESO DE SELECCIÓN No. 910 DE 2018 ? MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 1ª A 4ª CATEGORÍA)?. y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELIAS HENRIQUEZ VALDERRAMA, bajo el número de Radicación 2022-10030, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por ELIAS HENRIQUEZ VALDERRAMA, contra de la PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC y la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA - ESAP. VINCULAR a los ASPIRANTES AL PROCESO DE SELECCIÓN 910 de 2018 - MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO EMITIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC (ASPIRANTES A PROVEER EN LA ENTIDAD PUBLICA ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA - MAGDALENA CATEGORÍA 1 A 4 CATEGORÍA EL CARGO NIVEL PROFESIONAL DENOMINADO INSPECTOR DE POLICÍA URBANO 2ª CATEGORÍA GRADO 3 CÓDIGO 234 NUMERO OPEC 73673, para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación de esta providencia, hagan uso de su derecho de defensa si lo consideran pertinente.
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DEIBIS CASTAÑEDA BARRERA bajo el número de Radicación 2022-00029, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de notificar a las personas indeterminadas que se encuentren como aspirantes de la Convocatoria Acuerdo CNSC 20181000008216 de 7 diciembre de 2018 - OPEC 73672. Las intervenciones se recibirán en el correo electrónico institucional de este despacho j03pcsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE PASTO, en conocimiento de la ACCION DE TUTELA instaurada por WILLIAM DARIO VALENCIA TUPAZ., bajo el número de Radicación 2022-00039-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ROBERTO GUILLERMO BARLIZA SANCHEZ, bajo el número de Radicación 2022-00073-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE PASTO, en conocimiento de la ACCION de tutela instaurada por WILLIAM DARIO VALENCIA TUPAZ., bajo el número de Radicación2022-00039- 00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar a los concursantes y/o participantes de los procesos de selección No. 828 a 979 y 982 a 986 de 2018 y 989, 1132 a 1134 y 1305 de 2019 - Municipios PEDT Priorizados Para el Postconflicto, y/o terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARIA JOSE SERRANO CUELLO, bajo el número de Radicación 2022-00065, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por MARIA JOSE SERRANO CUELLO, en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, LA ESAP y la ALCALDÍA DE SANTA MARTA. Ordenar a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -? CNSC que publique en su página web la admisión de esta acción de tutela, para el conocimiento de los interesados, informando que quien tenga un interés legítimo en el resultado del proceso podrá intervenir en él como coadyuvante del actor o de la persona o autoridad pública contra quien se hubiere hecho la solicitud. Convocatoria No. CNSC 20181000008216, OPEC 73672 para la provisión definitiva de empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Planta de Personal de la Alcaldía Distrital de Santa Marta ? Magdalena, proceso de selección No. 910 de 2018 ? Municipios Priorizados para el Post conflicto.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTOSANTA MARTA - MAGDALENA, en conocimiento de la ACCION DE tutela instaurada por EDINSON ALBERTO HERRERA CUBIDES, bajo el número de Radicación 47001310900220220002900 , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional lo anterior con el propósito notificar a las personas indeterminadas que se encuentren como aspirantes de la Convocatoria Acuerdo CNSC 20181000008216 de 7 diciembre de 2018 - OPEC 73672. Las intervenciones se recibirán en el correo electrónico institucional de este despacho j02pcsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co..
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÒN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por el ARMANDO LUIS BARRIOS MENDOZA, bajo el número de Radicación 2022-00021-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo de primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de selección procesos de selección No. 828 a 979 y 982 a 986 de 2018 y 989, 1132 a 1134 y 1305 de 2019 - Municipios PEDT Priorizados Para el Postconflicto, lo anterior con el propósito de que se enteren de su contenido las personas que puedan tener interés en dicho fallo.
Se informa que el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELIAS MANUEL HENRIQUEZ VALDERRAMA, bajo el número de Radicación 2022-00013, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por el señor ELÍAS MANUEL HENRIQUEZ VALDERRAMA en contra de la PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA Y LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP. VINCULAR a los ASPIRANTES AL PROCESO DE SELECCIÓN 910 de 2018 ? MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO EMITIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC (ASPIRANTES A PROVEER EN LA ENTIDAD PUBLICA ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA ? MAGDALENA CATEGORÍA 1 A 4 CATEGORÍA EL CARGO NIVEL PROFESIONAL DENOMINADO INSPECTOR DE POLICÍA URBANO 2ª CATEGORÍA GRADO 3 CÓDIGO 234 NUMERO OPEC 73673), informándoles que cuentan con el término de doce (12) horas, a partir de la notificación del presente auto para que si lo consideren pertinente se manifiesten sobre los hechos constitutivos de la acción.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD SANTA MARTA ? MAGDALENA, en conocimiento de la ACCION DE tutela instaurada por Armando Luis Barrios Mendoza, bajo el número de Radicación 47-001-31-87-002-2022-00021-00 , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de notificar a los aspirantes dentro de la presente convocatoria para que, en el término de veinticuatro (24) horas, ejerzan su derecho de defensa.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SANTANDER DE QUILICHAO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GUSTAVO ADOLFO HINCAPIE ARAGON, bajo el número de Radicación 2022-00044, Resolvió: ADMITIR la ACCIÓN DE TUTELA presentada por GUSTAVO ADOLFO HINCAPIE ARAGON en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PUBLICA. VINCULAR a la presente acción de tutela a los PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA al Proceso de Selección N°883 de 2018- y a los Municipios Priorizados por el Post Conflicto entre ellos el MUNICIPIO DE SANTANDER DE QUILICHAO, para el cual participa el accionante en el empleo denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 03, para tal efecto se dispondrá la publicación del escrito de tutela y del auto admisorio en la Página Web de la Comisión Nacional del servicio civil y de la Escuela Superior de la administración Pública e igualmente como aviso en la página dela rama Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por AMIN GOMEZ SERRANO, bajo el número de Radicación 2022-00025, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela presentada por la Carlos Mauricio Bonilla Ospina, en nombre propio, contra la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA y la ALCALDÍA DE SANTA MARTA. Así mismo, ordénese a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL publicar en su portal web el escrito de tutela de este asunto y el auto que admite la acción de tutela, para los fines pertinentes, Proceso de Selección 828 a 979 y 982 a 986 de 2018, 989, 1132 a 1134 y 1305 de 2019 ? Convocatoria Municipios Priorizados para el Posconflicto.
Auto No. 225 del 2 de marzo de 2022 CNSC - Por medio del cual se deja sin efectos el Auto No. 20212130008274 del 28 de diciembre de 2021, con ocasión al fallo de segunda instancia proferido por el TRIBUNAL SUPERIOR DE BUGA - SALA CIVIL DE FAMILIA, dentro de la Acción de Tutela instaurada por el CONSEJO COMUNITARIO DE COMUNIDADES NEGRAS ANUNCIACIÓN CLAROS, RESGUARDO INDÍGENA KWET WALA, CONSEJO COMUNITARIO DE COMUNIDADES NEGRAS EL CORREGIMIENTO DEL BOLO ARTONAL, CONSEJO COMUNITARIO DE COMUNIDADES NEGRAS DE LA GRANJA Y CONSEJO COMUNITARIO DE COMUNIDADES NEGRAS DE LA TUPIA, en el marco del Proceso de Selección No. 948 de 2018 de la ALCALDÍA MUNICIPAL DE PRADERA -VALLE DEL CAUCA- Convocatoria Municipios Priorizados para el Post Conflicto (Municipios de 5° y 6° categoría), y se dictan otras disposiciones
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por LINA MARCELA MENDEZ PALMA, bajo el número de Radicación 2022-00025, Resolvió: Primero. ? DECLARAR improcedente la acción de tutela impetrada por LINA MARCELA MÉNDEZ PALMA, por las razones jurídicas consignadas en la parte motiva de esta providencia. Segundo. ? ADVERTIR a la actora LINA MARCELA MÉNDEZ PALMA, que en caso de recurrir nuevamente a la acción de tutela solicitando el amparo de sus derechos fundamentales con base en los mismos hechos y situaciones expuestas en la presente acción de tutela, podrá hacerse acreedora a sanciones que establece ley. Sexto.- Para efectos de notificación a los vinculados PARTICIPANTES DEL PROCESO DE SELECCIÓN No. 828 a 979 Y 982 a 986 DE 2018, 989, 1132 A 1134 Y 1305 DE 2019-CONVOCATORIA MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSCONFLICTO PDET, se dispone solicitar de manera urgente que la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC y la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA-ESAP, habiliten un enlace en la página web o vínculo en la convocatoria, respectivamente, en el que se cargará o publicará la presente providencia.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE FLORENCIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LINA MARCELA MENDEZ PALMA, bajo el número de Radicación 2022-00025, Resolvió: Admitir la Acción de tutela impetrada por la señora LINA MARCELA MÉNDEZ PALMA, mayor de edad, en contra de la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA-ESAP, COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC y PARTICIPANTES DEL PROCESO DE SELECCIÓN No. 828 a 979 Y 982 a 986 DE 2018, 989, 1132 A 1134 Y 1305 DE 2019-CONVOCATORIA MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSCONFLICTO PDET. Para efectos de notificación a los vinculados PARTICIPANTES DEL PROCESO DE SELECCIÓN No. 828 a 979 Y 982 a 986 DE 2018, 989, 1132 A 1134 Y 1305 DE 2019-CONVOCATORIA MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSCONFLICTO PDET, se dispone solicitar de manera urgente que la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC y la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA-ESAP, habiliten un enlace en la página web o vínculo en la convocatoria, respectivamente, en el que se cargará o publicará el presente proveído, la información de este asunto y anexos correspondientes, durante el tiempo previsto para el traslado, esto es, tres (3) días, a fin de que puedan ejercer su derecho de defensa.
 
 
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