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Acciones Constitucionales

Se informa que el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Florencia, Caquetá, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YAMIL HOLGUIN, bajo el número de Radicación 180013187002202200153-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de selección Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito VINCULAR al presente trámite constitucional al MUNICIPIO DE FLORENCIA, CAQUETA y a todos los participantes del proceso de selección N. º 862 de 2018 ?Municipios priorizados para el post conflicto de 1 a 4 categoría,por cuanto sus intereses pueden ser afectados con la decisión que se adopte en la presente acción de amparo.
Se informa que el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito Judicial de Caloto - Cauca, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOSE GELMAN ARARAT, bajo el número de Radicación 19142318400120220008800, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j01prfamcaloto@cendoj.ramajudicial.gov.co teniendo en cuenta que pueden ser declarados responsables o afectados, de la vulneración de los derechos fundamentales reclamados por los accionantes, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA CIÉNAGA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por FERNANDO JOSE FONTALVO ALONSO, bajo el número de Radicación 47189318400220220015400, Resolvió: VINCÚLESE al presente trámite de tutela a los concursantes que conforman la lista de admitidos para proveer el cargo de Nivel Técnico Administrativo Grado 1 Código 367, número OPEC 19519, ofertadas en el marco proceso de selección N° 909 de 2018- Municipios Priorizados para el Post Conflicto. Municipio de 5° y 6° categoría. Para estos efectos, se dispone que la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC publique en su página web y/o en el aparte de la red correspondiente al proceso de selección.
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Valledupar -Cesar, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 20-001-33-33-004-2022-00436-00, instaurada por la señora OMAIRA MARÍA CALVO MÉNDEZ en el marco del Proceso de Selección Nro. 890 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipios de 1ª y 4ª Categoría)?
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por DAYANIS MARELVIS REYES WATTS, bajo el número de Radicación 47189310500120220014200, Resolvió: REQUERIR a la CNSC para que informe a través de la página web el trámite de la presente acción en cuanto a la Convocatoria 909 de 2018, en cuanto al conocimiento de los interesados, informando que quien tenga un interés legítimo en el resultado de esta acción intervenga en él como coadyuvante de la actora o de la persona o autoridad pública contra quien se hubiere hecho la solicitud. Aspirantes inscritos en el empleo identificado con código OPEC 25367 escritos de deberán enviar al siguiente correo electrónico j01lactociena@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE MONTELIBANO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por FAUSTO ANDRES MUÑOZ SIERRA, bajo el número de Radicación 2022-00178-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que las personas con interés legitimas en las resueltas de esta acción se hagan parte en la misma, así como los terceros interesados, y a todos los participantes al Concurso Abierto de Méritos para proveer de manera definitiva (40) empleos con sesenta y tres (63) vacantes pertenecientes al sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Montelíbano ? Córdoba, identificada como Proceso de Selección No. 898 de 2018- Municipios Priorizados para el Post Conflicto- (Municipios de 5ta y 6ta categoría)., puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 3 días.
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO PUERTO TEJADA (CAUCA), en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELIZABETH RICO SILVA, bajo el número de Radicación 2022-00077-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, OPEC 2430. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial los participantes en e la convocatoria la convocatoria Municipios Priorizados Para el Postconflicto PDET, Proceso de Selección 897 de 2018-MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSTCONFLICTO MUNICIPIOS DE 5ª Y 6ª CATEGORIA),-Alcaldía Municipal de Miranda ?CAUCA, Acuerdo Número CNSC-20181000007976 del 07/12/2018 - OPEC No 10664,Codigo 219, denominación 162, Grado 1, Nivel Jerárquico Profesional, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CALOTO, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por GLORIA GONZALEZ ZAPATA, bajo el número de Radicación 19142318400120220008400, Resolvió: VINCULAR, a la presente acción de tutela a las personas inscritas en la Convocatoria según acuerdo CNSC ? 20181000007796 del 07 de diciembre de 2018 ?Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Concurso Abierto de Méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de CALOTO - CAUCA, PROCESO DE SELECCIÓN N° 874 DE 2018- MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5ª y 6ª CATEGORIA)?. ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, se sirvan publicar y notificar la admisión de la presente acción constitucional, con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j01prfamcaloto@cendoj.ramajudicial.gov.co teniendo en cuenta que pueden ser declarados responsables o afectados, de la vulneración de los derechos fundamentales reclamados por los accionantes, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído.
Se informa que el JUZGADO DE FAMILIA DEL CIRCUITO MOCOA- PUTUMAYO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALBERTO JAVIER GUZMAN, bajo el número de Radicación 2022-00034-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria ESPECIALMENTE hacen parte de la lista de elegibles (Resolución Nro. CNSC-2022RES-400.300.24-076408) para proveer 15 cargos vacantes del empleo identificado con el Código OPEC Nro. 81674, denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 1, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Alcaldía de Mocoa - Putumayo, Proceso de Selección 969 de 2018 - Municipios Priorizados para el Post Conflicto (Municipios de 5ª Y 6ª categoría). Convocatoria realizada mediante Acuerdo No. CNSC-20181000008796 DEL 18/12/2018 de la Comisión Nacional del Servicio Civil., si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por IVONNE CRYSTINA BOLAÑO HENRIQUE, bajo el número de Radicación 2022-00090-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que las personas con interés legitimas en las resueltas de esta acción se hagan parte en la misma, así como los terceros interesados, participantes a los empleos vacantes en la alcaldía de Ciénaga, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO EL BAGRE (ANTIOQUIA), con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 05-250-31-89- 001-2022-00094-00, instaurada por la señora CINDY JOHANA SANCHEZ PEREA en el marco del Proceso de Selección No. 836 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 5ª y 6ª Categoría)?.
Se informa que el Juzgado Laboral de Oralidad del Circuito de Chiriguaná, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARCELLYS EDITH PEÑA OROZCO, bajo el número de Radicación 20-178-31-05-001-2022-00219-00. , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de Vincular a los ASPIRANTES a la OPEC: 56544 Denominación: Técnico Inspector de Policía 3ª a 6ª categoría, Código 303, Grado 3, de la ALCALDIA DE LA JAGUA DE IBIRICO ? CESAR, del sistema de Carrera Administrativa, de la convocatoria Municipios Priorizados para el Posconflicto PDET Municipios de 5ª y 6ª Categoría, y al MUNICIPIO LA JAGUA DE IBIRICO-CESAR.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ROLDANILLO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BERNARDO PADILLA GONZALEZ, bajo el número de Radicación 76622318400120220027100, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, OPEC 2430. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, al correo electrónico j01pfroldanillo@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO TERCERO EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ASTRID CAROLINA BENITEZ GUZMAN, bajo el número de Radicación 2022-02894-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, como a los ADMITIDOS EN EL CARGO DENOMINADO técnico operativo grado: 04 Código: 314 OFERTADO A TRAVÉS DE LA OPEC No 21405, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por IDALMIS MARINA PEREZ RESTREPO, bajo el número de Radicación 2022-00091-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE CIENAGA-MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JAFITH MANUEL MENDOZA OÑATE, bajo el número de Radicación 47-189-31-09-002-2022-00050-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que las personas con interés legitimas en las resueltas de esta acción se hagan parte en la misma. Para hacerse parte podrán hacerlo a través del correo electrónico: j02pctociena@cendoj.ramajudicial.gov.co. .
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA CIÉNAGA ? MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LORENA JUDITH CASTILLO BORNACELLY, bajo el número de Radicación 2022-00117-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, con el propósito de notificar y dar traslado de la acción de tutela a todos los participantes y aspirantes del referido concurso, en especial a los participantes inscritos en el proceso de selección 828 a 979 y 982 a 986 de 2018, 989, 1132 a 1134 y 1305 de 2019 de la convocatoria de municipios priorizados para el posconflicto, registrada en el sistema bajo en No 358477886, y los terceros interesados, para que si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días, al correo electrónico jprmfcto01cienaga@notificacionesrj.gov.co
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA TULUÁ ? VALLE DEL CAUCA, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 2022-00527-00 , instaurada por el señor WILLDER SERTUCHE CÁCERES en el marco del Proceso de Selección No. 947 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 1ª y 4ª Categoría)
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PASTO, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 52001318700220220035500, instaurada por la señora LEYDI YAMILE DAZA CALVACHEen el marco del Proceso de Selección No. 921 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 5ª y 6ª Categoría)?
Se informa que el JUZGADO TERCERO (3°) CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JAIDER ENRIQUE TORRES ORTEGA, bajo el número de Radicación 2022-00358-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, los participantes a la Convocatoria, en especial a los concursantes del Acuerdo No. CNSC - 201810000009006 del 19/12/2018 ?Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Concurso Abierto de Méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de PUEBLO BELLO ? CESAR, PROCESO DE SELECCIÓN No. 976 de 2018 - MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSTCONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5TA Y 6TA CATEGORÍA)?, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 1 dia.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por IVAN MAURICIO CUETO DE LA HOZ, bajo el número de Radicación a 47189310900220220004900, Resolvió: Ordenar a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que en un plazo de un (1) día, contado a partir de la notificación de esta decisión, publique este auto admisorio en su página web para que las personas con interés legitimas en las resueltas de esta acción se hagan parte en la misma. Para hacerse parte podrán hacerlo a través del correo electrónico: j02pctociena@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO CIÉNAGA - MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOSE MAGDALENO ALGARIN PEREZ, bajo el número de Radicación 2022-00088, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 909 DE 2018 - MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POSTCONFLICTO MUNICIPIOS 5° Y 6° CATEGORIA, SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS ADMINISTRATIVOS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE CIÉNAGA - MAGDALENA. Con el propósito de notificar y dar traslado de la acción de tutela a todos los aspirantes del referido concurso, para que, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Susana Grisales Vargas, bajo el número de Radicación 2022-434, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, para que los terceros interesados en las resultas de este proceso puedan allegar sus escritos de intervención hasta el viernes 14 de octubre del 2022 a las 05:00 P.M.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE APARTADO - ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JAMES DAVID PALACIOS HINESTROZA, bajo el número de Radicación 2022-00189-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, con el propósito de notificar y dar traslado de la acción de tutela a todos los participantes y aspirantes del referido concurso, para que si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j01cctoesrtapartado@cendoj.ramajudicial.gov.co
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE AMALFI, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 050313189001- 2022-00154-00, instaurada por el señor JOHN FREDY GALEANO ZAPATA en el marco del Proceso de Selección No. 828 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 5ª y 6ª Categoría)?.
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el JUZGADO PENAL DE CIRCUITO DE ISTMINA - CHOCÓ, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 273613104001202200029, instaurada por el señor YEINER NAYITH MENA MORENO en el marco del Proceso de Selección No. 989 de 2019 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 5ª y 6ª Categoría)
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE CHIRIGUANA - CESAR, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 20-178- 31-84-001-2022-00193-00, instaurada por la señora YOLIBETH TURIZO MARTÍNEZ, en el marco del Proceso de Selección No. 890 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 1ª y 4ª Categoría)?
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LINA MARCELA BERRIO MOLINA, bajo el número de Radicación 2022-00208-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CAROLINA MARIA SUESCUN BALBUENA, bajo el número de Radicación 2022-00239, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 976 de 2018 - MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE PUERTO TEJADA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANGELICA MARIA MOSTACILLA PEREZ, bajo el número de Radicación 19573310400220220004000, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, OPEC 10660. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, al correo electrónico j02pctoptotej@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE PUERTO TEJADA- CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELIZABETH RICO SILVA, bajo el número de Radicación 2022-00077-00, ordenó a la CNSC publicar el Auto de fecha 28 de septiembre de 2022, median el cual se niega la medida provisional, en la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, conozcan lo resuelto por el H. Despacho Judicial, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE PUERTO TEJADA- CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELIZABETH RICO SILVA, bajo el número de Radicación 2022-00077-00, ordenó a la CNSC publicar el Auto de fecha 28 de septiembre de 2022, median el cual se niega la medida provisional, en la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, conozcan lo resuelto por el H. Despacho Judicial, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO FLORENCIA CAQUETÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARLOS ERNESTO MATIZ PERDOMO, bajo el número de Radicación 2022-0210-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, y aquellas personas con interés en el concurso para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Florencia- Caquetá, proceso de selección N° 862 de 2018 ?Municipios PDET de 1ª A 4ª categoría, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO AMALFI - ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLAUDIA ELENA ZAPATA METRIO, bajo el número de Radicación 2022-00163-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO VALLEDUPAR - CESAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por FANNY DEL SOCORRO ARZUAGA NASSER, bajo el número de Radicación 2022-00846, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE FLORENCIA, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por EDINSON HERNEY LARA LLANOS, bajo el número de Radicación 18001311000120220047800, Resolvió: PRIMERO. Conceder el amparo al precepto fundamental al debido proceso del señor EDINSON HERNEY LARA LLANOS, en razón a las razones jurídicas consignadas en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO. Ordenar a la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA y COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC, para que en el término máximo de cuarenta y ocho horas (48) después de notificada la sentencia, que dentro del marco de sus competencias, realicen un estudio exhaustivo de la documentación aportada por el señor EDINSON HERNEY LARA LLANOS, para optar al empleo identificado con el código OPEC No. 80708, denominado profesional universitario, Código 219, Grado 3, con la finalidad de verificar el cumplimiento de los Requisitos Mínimos, comunicando de forma clara y expresa el motivo de admisión o inadmisión, sin que pueda tenerse como no válido el documento aportado en el ítem de educación, dado lo conceptuado por esas entidades, en cuanto a que el mismo es realmente válido para el cumplimiento de ese requisito, y una vez realizado lo anterior, deberán en los términos del Acuerdo No. CNSC 20181000007926 del 07 de diciembre de 2018, permitir al accionante ejercer si a bien lo considera la reclamación a que haya lugar y dar respuesta a esa conforme al Acuerdo en cita. Cumplido lo anterior, deberá reanudarse el Proceso de Selección No. 862 de 2018-MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 1ª a 4ª CATEGORÍA). TERCERO. Se previene a las partes que la presente sentencia puede ser objeto de impugnación en el término legal. CUARTO. Si este proveído no fuera impugnado, remítase a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión. QUINTO. Notifíquese esta sentencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. SEXTO. Advertir a ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA-ESAP y COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC, que el desacato del presente fallo de tutela se sancionará en los términos del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991. SÉPTIMO. Para efectos de notificación a los vinculados PARTICIPANTES DEL PROCESO DE SELECCIÓN No. 862 de 2018-MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 1ª a 4ª CATEGORÍA), se dispone solicitar de manera urgente que la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC y la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA-ESAP, habiliten un enlace en la página web o vínculo en la convocatoria, respectivamente, en el que se cargará o publicará la presente providencia.
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Palmira, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 2022-00140-00, instaurada por el señor JORGE ELIÉCER GAITÁN GONZÁLEZ, en el marco del Proceso de Selección No. 948 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 5ª y 6ª Categoría)
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo primera instancia proferido por el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA FLORENCIA-CAQUETÁ, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado No. 2022-00478-00, instaurada por el señor EDINSON HERNEY LARA LLANOS, en el marco del Proceso de Selección No. 862 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 1ª y 4ª Categoría)
 
 
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