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Acciones Constitucionales

Se informa que el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE POPAYÁN, Magistrado JESUS ALBERTO GOMEZ GOMEZ, en conocimiento, de la acción de tutela, EN SEGUNDA INSTANCIA, instaurada por ANGELICA MARIA MOSTACILLA PEREZ, bajo el número de Radicación 19573310400220220004001, Resolvió: PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia No. 039 del 17 de noviembre de 2022, proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Puerto Tejada Cauca, a través de la cual declaró improcedente la demanda interpuesta por la señora Angélica María Mostacilla Pérez contra de la Comisión Nacional de Servicio Civil -CNSC- y la Escuela Superior de Administración Pública ESAP. SEGUNDO: NOTIFICAR esta determinación a las partes, al tenor de lo preceptuado en el Decreto 2591 de 1991. TERCERO: REMITIR por Secretaría, una vez en firme este fallo, el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Por medio del cual se deja sin efectos el Auto Nro. 831 del 29 septiembre de 2022 y demás actuaciones desplegadas con sustento en este, con ocasión del fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Contencioso Administrativo de la Guajira, dentro de la Acción de Tutela bajo el radicado Nro. 44-001-33-40- 001-2022-00264-01, instaurada por el señor JANKLIS JANER LINDO PACHECO, en el marco del Proceso de Selección No. 906 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 5ª A 6ª Categoría)?
Por medio del cual se deja sin efectos el Auto Nro. 918 del 24 octubre de 2022 a través del cual se dio cumplimiento a la medida provisional decretada por el Juzgado de Familia del Circuito de Mocoa - Putumayo, con ocasión del fallo de primera Instancia emitido dentro de la Acción de Tutela bajo el radicado Nro. 860013110001-2022-00034-00, instaurada por el señor ALBERTO JAVIER GUZMÁN, en el marco del Proceso de Selección Nro. 969 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 5ª y 6ª Categoría)?
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA, con ocasión de la Acción de Tutela con radicado 23-001-31-04-003- 2022-00123-00, instaurada por la señora DAILYS JOSÉ LENES MARTÍNEZ, en el marco del Proceso de Selección No. 899 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipios de 5ª Y 6ª categoría)
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LILIANA MARGARITA RODRIGUEZ PEREZ, bajo el número de Radicación 2022-00183, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, ESPECIALMENTE los inscritos en el Proceso de Selección No. 909 de 2018 Municipios Priorizados para el Post Conflicto (municipios de 5ª a 6ª categoría), si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, a través del correo electrónico: j01lactociena@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Santa Marta., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por STEFFANIE LISSET URIBE CASTRO Y OTROS, bajo el número de Radicación 47-001-3331-003-2022-00631-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de selección Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria,si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito Judicial de Caloto, Cauca, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YESENIA PATRICIA VICTORIA TAFUR, bajo el número de Radicación 19142318400120220010300, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia con ocasión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el fin de notificar a los terceros interesados, la decisión proferida.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BAIRON ALIRIO CUESTA RENTERIA, bajo el número de Radicación 2022-00232-00, ordenó a la CNSC publicar EDICTO con el fin de dar a conocer el fallo proferido en primera instancia con ocasión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el  JUZGADO DIECISIETE LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DIDIER WALTE ESTEVEZ VASQUEZ, bajo el número de Radicación 22022-00483-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, ESPECIALMENTE los funcionarios provisionales y concursantes que se presentaron para el cargo OPEC No. 73669, dentro del Proceso de Selección No. 910 de 2018 Municipios Priorizados para el Post Conflicto (municipios de 1ª a 4ª categoría).si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Por medio del cual se deja sin efectos el Auto Nro. 863 del 6 octubre de 2022 a través del cual se dio cumplimiento al fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Promiscuo de Familia Chiriguaná - César, con ocasión del fallo de segunda instancia emitido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, dentro de la Acción de Tutela bajo el radicado Nro. 20-178-31-84-001-2022-00193, instaurada por la señora YOLIBETH TURIZO MARTÍNEZ, en el marco del Proceso de Selección No. 890 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 1ª y 4ª Categoría)
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO PENITENCIARIO Y CARCELARIO DE SANTA MARTA - MAGDALENA, con ocasión de la Acción de Tutela con radicado 47-001-31-87-001-2022-047 -00, instaurada por la señora Angela Patricia Santos Buitrago, en el marco del Proceso de Selección No. 910 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipios de 1ª A 4ª categoría)
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA, con ocasión de la Acción de Tutela con radicado 23-001-31-04-003- 2022-00123-00, instaurada por la señora DAILYS JOSÉ LENES MARTÍNEZ, en el marco del Proceso de Selección No. 899 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipios de 5ª Y 6ª categoría)"
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por José Fernando Fernández García, radicada bajo el consecutivo23-001-31-87-002-2022-00042-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 832 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO (MUNICIPIOS de 5 Y 6 CATEGORÍA). Lo anterior con el propósito de vincular al presente trámite tutelar a los integrantes de la lista de elegibles contenida en la Resolución No. 14594 de 30 de septiembre de 2022, dentro del Proceso de Selección No. 899 de 2018 - Municipio Priorizados para el post conflicto (municipio de 5 y 6 categoría), adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civi (CNSC), quienes tienen interés en las resultas de la presente acción.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por el MOISES NAY VARELA DUARTE, bajo el número de Radicación 2022-00100-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo de tutela de primera instancia en la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 y 989, 1132-1134 y 1305 de 2019 - MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria en especial VÍNCULESE al señor LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, quien funge como accionante dentro del asunto objeto de esta herramienta preferente -RAD. 2022.00495.00-, así como a todas ?(?) las personas inscritas en el concurso de méritos convocadas a través del Acuerdo N° . 20191000000186 del 15 de enero de 2019, "Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Concurso Abierto de Méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Ciénaga - Magdalena, Proceso de Selección No. 909 de 2018- MUNICIPIOS PR1ORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS de 58 Y 68 CATEGORÍA)", conforme al llamado que hizo el juzgado accionado en el auto del 4 de noviembre reciente. CONVÓQUESE también a la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA y a la OFICINA DE TALENTO HUMANO del MUNICIPIO DE CIÉNAGA, para que conozcan lo aquí resuelto, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
POR MEDIO DEL CUAL SE DA CUMPLIMIENTO AL FALLO SEGUNDA INSTANCIA PROFERIDO POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NORTE DE SANTANDER, CON OCASIÓN DE LA ACCIÓN DE TUTELA CON RADICADO NO. 54-001-33-33-007-2022-00588-01, INSTAURADA POR EL SEÑOR REYNEL JAIMES
Por medio del cual se da cumplimiento a la medida provisional decretada por el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO SAN JOSÉ DEL GUAVIARE -GUAVIARE, dentro de la Acción de Tutela instaurada por la señora YENNY HERNANDEZ ALMARIO, en el marco del Proceso de Selección No. 914 de 2018 de la Alcaldía de Puerto Concordia - Meta, MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5ª Y 6ª CATEGORÍA)
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo segunda instancia proferido por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE FLORENCIA - CAQUETÁ, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado Nro. 180013187003-2022-00157-01, instaurada por la señora CARMENZA HUACA VALDÉS, en el marco del Proceso de Selección Nro. 862 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 1ª y 4ª Categoría)
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo segunda instancia proferido por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE FLORENCIA - CAQUETÁ, con ocasión de la Acción de Tutela bajo el radicado Nro. 18001-31-10-001-2022-00478-01, instaurada por el señor EDINSON HERNEY LARA LLANOS, en el marco del Proceso de Selección Nro. 862 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipio de 1ª y 4ª Categoría)
Por medio del cual se da cumplimiento a la medida provisional decretada por el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE SIMITÍ - BOLÍVAR, dentro de la Acción de Tutela instaurada por el señor HIPOLIO VASQUEZ PEDROZO, en el marco del Proceso de Selección No. 854 de 2018 de la Alcaldía de San Pablo - Bolívar, MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5ª Y 6ª CATEGORÍA)
Por medio del cual se da cumplimiento a la medida provisional decretada por el JUZGADO PRIMERO PROSMICUO DEL CIRCUITO DE SAN JOSÉ GUAVIARE, dentro de la Acción de Tutela instaurada por la señora YENNY HERNANDEZ ALMARIO, en el marco del Proceso de Selección No. 914 de 2018 de la Alcaldía de Puerto Concordia - Meta, MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5ª Y 6ª CATEGORÍA)
Por medio del cual se da cumplimiento al fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE YURUMAL - ANTIOQUIA, con ocasión de la Acción de Tutela con radicado 05887-31-84-001- 2022-00154-00, instaurada por el señor DIDIER DE JESÚS GARCÍA ÁLVAREZ, en el marco del Proceso de Selección No. 837 de 2018 Municipios Priorizados para el Posconflicto (municipios de 5ª y 6ª categoría)"
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YUNIOR DELFIN SIERRA TRIANA, bajo el número de Radicación 2022-00098-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia con ocasión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No.1356 de 2019 INPEC Cuerpo de Custodia y Vigilancia de 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CIENAGA ? MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALEX EDILBERTO CADENA SILVA, bajo el número de Radicación 2022-00059-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por el MOISES NAY VARELA DUARTE, bajo el número de Radicación 2022-00100-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo de primera instancia en la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 y 989, 1132-1134 y 1305 de 2019 - MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria en especial VÍNCULESE al señor LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, quien funge como accionante dentro del asunto objeto de esta herramienta preferente -RAD. 2022.00495.00-, así como a todas ?(?) las personas inscritas en el concurso de méritos convocadas a través del Acuerdo N° . 20191000000186 del 15 de enero de 2019, "Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Concurso Abierto de Méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Ciénaga - Magdalena, Proceso de Selección No. 909 de 2018- MUNICIPIOS PR1ORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS de 58 Y 68 CATEGORÍA)", conforme al llamado que hizo el juzgado accionado en el auto del 4 de noviembre reciente. CONVÓQUESE también a la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA y a la OFICINA DE TALENTO HUMANO del MUNICIPIO DE CIÉNAGA, conozcan lo aquí resuelto, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL CIÉNAGA - MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUIS EDUARDO HERNANDEZ FERNANDEZ - acumulada - JOSE MAGDALENO ALGARIN PEREZ, OSVALDO ANTONIO ROJANO NARVAEZ, CECILIA ISABEL GRANADOS GUTIERREZ, MILENA DEL RIO CERVANTES y ALEX DE JESUS FERNANDEZ MARTINEZ , bajo el número de Radicación 2022-00495-00 - 47-189-40-89-002-2022-00498 - 47-189-40-89-002-2022-00499 - 47-189-40-89-002-2022-00519 - 47-189-40-89-002-2022-00520 - 47-189-40-89-002-2022-00524. , ordenó a la CNSC publicar el fallo de tutela en la acción constitucional de la referencia, con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria Número 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, OPEC 124578, a todos los participantes del concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Ciénaga - Magdalena, Proceso de Selección No. 909 de 2018- MUNICIPIOS PR1ORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS de 5 Y 6 CATEGORÍA), terceros interesados, para que si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ICELA ORTIZ MONTENEGRO , bajo el número de Radicación 2022-00198-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo de tutela de primera instancia, en la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 878 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, todos los aspirantes de la convocatoria PROCESOS DE SELECCIÓN 828 A 979 y 982 A 986 DE 2018, 989, 1132 A 1134 y 1305 DE 2019 -MUNICIPIOS PDET PRIORIZADOS PARA EL POSCONFLICTO, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA APARTADÓ - ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JADER ENRIQUE ACOSTA JARAMILLO, radicada bajo el consecutivo 202200794, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 832 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO (MUNICIPIOS de 5 Y 6 CATEGORÍA). Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, a través del correo electrónico: j01prfapartado@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE YONDÓ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HUGO RAMIRO HERNANDEZ RODRIGUEZ, radicada bajo el consecutivo 202200278, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 844 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO - Municipios de 5° y 6° Categoría. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, en especial a los inscritos en el cargo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO, código 407, grado 01, OPEC: 24749, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el término de dos (2) días.
Se informa que el  JUZGADO PENAL DEL CIRCUTO FUNDACIÓN - MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE RAFAEL STARITA CUELLO, bajo el número de Radicación 2022-00403-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, ESPECIALMENTE al Ministerio del Trabajo, POSITIVA ARL, COLPENSIONES, FAMISANAR EPS, JUNTA NACIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ. De igual forma se vinculará a la presente actuación a las personas que hagan parte de la lista de elegibles para el cargo ofertado y en el cual aparece registrado el hoy demandante (PROCESO DE SELECCIÓN NUMERO 978 DE 2018 SEGUIDO POR EL MUNICIPIO DE FUNDACION)y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito Judicial de Caloto, Cauca, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YESENIA PATRICIA VICTORIA TAFUR, radicada bajo el consecutivo 19142318400120220010300, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional DENTRO DE LA Convocatoria No. 883 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j01prfamcaloto@cendoj.ramajudicial.gov.co teniendo en cuenta que pueden ser declarados responsables o afectados, de la vulneración de los derechos fundamentales reclamados por el accionante, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído
Se informa que el JUZGADO 01 PROMISCUO MUNICIPAL DE TAME, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por JOSE LEONARDO PADILLA CASTILLO, bajo el número de Radicación 2022-00691-00, Resolvió: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) proceda a notificar esta acción a las demás personas que participaron en la convocatoria, quien posteriormente elaboró la Resolución No 1387230 de septiembre de 2022 ?Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno(1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado TECNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 7, identificado con el Código OPEC No. 83578, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la ALCALDÍA DETAME - ARAUCA, PROCESO DE SELECCIÓN NO. 848 DE 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5ª Y 6ª CATEGORÍA)?, Esto con el objeto de que ejerzan su derecho de defensa y se pronuncien respecto del contenido de la demanda en un término no superior a dos (02) días hábiles.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE SANTANDER, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARIA ANTONIA ORTEGA GARCIA, radicada bajo el consecutivo 202200167, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 883 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ICELA ORTIZ MONTENEGRO, bajo el número de Radicación 2022-00198-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019-MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, Lo anterior con el propósito de que las personas con interés legitimas en las resueltas de esta acción se hagan parte en la misma, en especial a todos los aspirantes de la convocatoria PROCESOS DE SELECCIÓN 828 A 979 y 982 A 986 DE 2018, 989, 1132 A 1134 y 1305 DE 2019 -MUNICIPIOS PDET PRIORIZADOS PARA EL POSCONFLICTO, y los terceros los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 3 días.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA APARTADÓ - ANTIOQUIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SEBASTIAN SANTACRUZ EQUIVIA, bajo el número de Radicación 202200770, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 832 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el correo electrónico: j01prfapartado@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE CIENAGA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por DAIRIN MARIA RENDE VILLEGAS, bajo el número de Radicación 47189318400220220017000, Resolvió: VINCÚLESE al presente trámite de tutela, a los concursantes que conforman la lista de elegibles para proveer el cargo de Profesional Universitario Grado 2 Código 219, número OPEC 4371, ofertadas en el marco proceso de selección número 909 de 2018- Municipios Priorizados para el Post Conflicto. Municipio de 5° y 6° categoría.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CALOTO, CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EDWIN ALVAREZ COLLO, bajo el número de Radicación 202200100, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 879 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, a través del correo electrónico: j01prfamcaloto@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE APARTADÓ, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por MILADY SOTO REYES, bajo el número de Radicación 05045318400120220075800, Resolvió: REQUERIR a la accionada Comisión Nacional del Servicio Civil, para que se sirva notificar esta decisión a las personas inscritas en los empleos de la convocatoria del Acuerdo No. 20181000007546 del 07 de diciembre de 2018. Para tal efecto, deberá PUBLICAR en la página web en la que se encuentran los avisos de la mencionada convocatoria: copia del escrito de tutela con sus anexos, cuyo radicado es el No. 05045318400120220075800, a fin de que los aspirantes inscritos, y que tengan interés en concurrir en defensa de sus intereses, lo hagan ante este Despacho, manifestando lo que a bien tengan en defensa de sus intereses; indicando en tal aviso la dirección de correo electrónico de este Despacho Judicial: j01prfapartado@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL CIÉNAGA - MAGDALENA , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUIS EDUARDO HERNANDEZ FERNANDEZ, bajo el número de Radicación : 47-189-40-89-002-2022-00495. ordenó a la CNSC publicar el fallo de primera instancia de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 832 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO (MUNICIPIOS DE 5a Y 6a CATEGORÍA), Lo anterior con el propósito de notificar a todos los participantes del concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Ciénaga - Magdalena, Proceso de Selección No. 909 de 2018- MUNICIPIOS PR1ORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS de 5 Y 6 CATEGORÍA).
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARLON HAIR BOLAÑOS ORDOÑEZ, bajo el número de Radicación 202200150, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 878 de 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes inscritos en el empleo con Código 303, Grado 2, OPEC No. 64646 de la Alcaldía de Mercaderes Cauca, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SAN JOSE DEL GUAVIARE, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YENNY HERNANDEZ ALMARIO, bajo el número de Radicación 202200116, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria No. 828-979, 982-986-2018 y 989, 1132-1134 y 1305 de 2019, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE APARTADÓ, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por DANIEL DE JESUS PLAZA AVILEZ, bajo el número de Radicación 05045318400120220074600, Resolvió: REQUERIR a la accionada Comisión Nacional del Servicio Civil, para que se sirva notificar esta decisión a las personas inscritas en los empleos de la convocatoria del Acuerdo No. 20181000007546 del 07 de diciembre de 2018. Para tal efecto, deberá PUBLICAR en la página web en la que se encuentran los avisos de la mencionada convocatoria: copia del escrito de tutela con sus anexos, cuyo radicado es el No. 05045318400120220074600, a fin de que los aspirantes inscritos, y que tengan interés en concurrir en defensa de sus intereses, lo hagan ante este Despacho, manifestando lo que a bien tengan en defensa de sus intereses; indicando en tal aviso la dirección de correo electrónico de este Despacho Judicial: j01prfapartado@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO CIVIL ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE APARTADÓ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JESSICA PABON GRACIA, bajo el número de Radicación 05045312100220220023200, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria Número 828-979, 982-986-2018 Y 989, 1132-1134 Y 1305 DE 2019, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, OPEC 124578. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por MIGUEL DE JESUS PARDO VELASQUEZ, bajo el número de Radicación 47189315300120220009900, Resolvió: PRIMERO: DENEGAR, por improcedente, el amparo pedido al interior de la acción de tutela formulada por el señor MIGUEL DE JESUS PARDO VELASQUEZ contra el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE CIÉNAGA, MAGD., la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, CNSC, y la ALCALDÍA MUNICIPAL DE CIÉNAGA, asunto al que fueron vinculados el señor LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, así como a todas ?(?) las personas inscritas en el concurso de méritos convocadas a través del Acuerdo N° 20191000000186 del 15 de enero de 2019, "Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Concurso Abierto de Méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Ciénaga - Magdalena, Proceso de Selección No. 909 de 2018 MUNICIPIOS PR1ORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS de 58 Y 68 CATEGORÍA)", la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA y la OFICINA DE TALENTO HUMANO del MUNICIPIO DE CIÉNAGA, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
Se informa que el JUZGADO LABORAL DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE CHIRIGUANÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DORIAN MANUEL CAAMAÑO BARRIOS, HENRY HERNANDEZ CONTRERAS, EILEEM LOBO IBAÑEZ, SARA MARIA MONTES SOTO, DIGNA ROSA ORTIZ NIEBLES, KAREN SOFIA ANGULO DE LAS AGUAS, YENIS PATRICIA CUADRO ORTIZ, ANGELA MARIA LOPEZ PACHECO, MONICA MARIA RICO BARRIOS, UBALDO CALDERON CALDERON, ELIAS JOSE LOPEZ DOMINGUEZ, CRISTINA ELENA ALVARADO ROMERO, ORLANDO DAZA VEGA, BEDEL DE JESUS RINCONES PEÑALOZA, YUNIS RUIZDIAZ DAVILA, FLOR GREGORIA MOJICA CONTRERAS, IRIS DANIELA SANCHEZ USMA, MONICA PRIETO, YUZKENSY MILAGROS VASQUEZ ORTIZ, ODALIS RIVADENEIRA OCHOA, YIRA MANUELA ALBA SOTO y MARCELLYS EDITH PEÑA OROZCO, bajo el número de Radicación 2022-00244-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria Número 939 DE 2018, MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO, OPEC 49056. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria, en especial a a los ASPIRANTES a las OPEC 56950, 56591, 56438, 56576, 84799, 56578, 126549, 56586, 56587, 56533, 126550, 56593, 56541, 84795, 126546, 12547, 126544, 56604, 84802, 56540 y 56544, de la ALCALDIA DE LA JAGUA DE IBIRICO ? CESAR, del sistema de Carrera Administrativa, de la convocatoria Municipios Priorizados para el Posconflicto PDET Municipios de 5ª y 6ª Categoría, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por el MOISES NAY VARELA DUARTE, bajo el número de Radicación 2022-00100-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de informar la presente actuación a quienes se encuentren inscritos a la Convocatoria 828-979, 982-986-2018 y 989, 1132-1134 y 1305 de 2019 - MUNICIPIOS PRIORIZADOS POSTCONFLICTO. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y los participantes a la Convocatoria en especial VÍNCULESE al señor LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, quien funge como accionante dentro del asunto objeto de esta herramienta preferente -RAD. 2022.00495.00-, así como a todas ?(?) las personas inscritas en el concurso de méritos convocadas a través del Acuerdo N° . 20191000000186 del 15 de enero de 2019, "Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Concurso Abierto de Méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Ciénaga - Magdalena, Proceso de Selección No. 909 de 2018- MUNICIPIOS PR1ORIZADOS PARA EL POST CONFLICTO (MUNICIPIOS de 58 Y 68 CATEGORÍA)", conforme al llamado que hizo el juzgado accionado en el auto del 4 de noviembre reciente. CONVÓQUESE también a la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA y a la OFICINA DE TALENTO HUMANO del MUNICIPIO DE CIÉNAGA, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
 
 
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