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Suspensión temporal convocatoria 433 ICBF OPEC 34704

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La Comisión Nacional del Servicio Civil informa a los aspirantes que continúan en concurso para el empleo identificado con el Código OPEC No. 34704, denominado Defensor de familia, Código 2125, Grado 17, en la Convocatoria 433 de 2016 – ICBF, que el Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito Huila, en Auto admisorio de la acción de tutela de radicado No. 2018-00011,  proferido el trece (13) de abril de dos mil dieciocho (2018), determinó:

“Por reunir los requisitos de ley y ser de nuestra competencia – artículo 1° numeral 1°, inciso segundo del Decreto 2591 de 1991 – ADMÍTASE la presente Acción de Tutela interpuesta por LINA MARIA ORTIZ LONDOÑO contra la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD DE MEDELLIN Y EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, (en garantía de los derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, IGUALDAD, AL TRABAJO, entre otros invocados. Consecuente con lo anterior, ordénese la práctica de las siguientes pruebas:

4. accédase a la Medida Provisional de Suspensión de la Convocatoria No. 433 de 2016 ICBF  o lista de elegibles, solicitada por la Accionante, para evitar un perjuicio irremediable, pues de permitirse la conformación de la lista de elegibles cuestionada, ello conllevaría a la consumación de la vulneración de los derechos invocados, lo anterior de conformidad al artículo 7 del Decreto 2591 de 1991.

En cumplimiento de lo anterior, la CNSC suspende la conformación y publicación de la lista de elegibles del empleo denominado Defensor de Familia, código 2125, grado 17, identificado con el No. OPEC 34704, hasta tanto la instancia judicial resuelva de fondo lo solicitado por la aspirante.

La anterior acción de tutela se encuentra publicada en la página de la CNSC, en el siguiente enlace: https://www.cnsc.gov.co/index.php/acciones-constitucionales-433-de-2016-icbf