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Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por VIVIAN FIGUEROA POLO, bajo el número de Radicación 2022-00035, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de informar a los participantes en el concurso de méritos, en especial a LOS ASPIRANTES INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES al cargo de Secretario Ejecutivo, código 425, grado 7, identificado con el código OPEC # 75735 Proceso de Selección # 755 de 2.018, y los terceos interesados, para que si, a bien lo tienen, puedan intervenir y ejercer su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, para lo cual contaran con 2 días.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL ESPECIALIZADO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARLOS EDUARDO SIMANCA HERRERA, bajo el número de Radicación 2022-00034-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de informar a los participantes en el concurso de méritos, en especial a todas las personas quienes integran la lista de elegibles para el cargo de SECRETARIO, Código 440, Grado 3, identificado con el Código OPEC N°. 75736, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Soledad (Atlántico)., ofertado en el Proceso de Selección No. 755 de 2018 ? Convocatoria Territorial Norte, y los terceos interesados, para que si, a bien lo tienen, puedan intervenir y ejercer su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, para lo cual contaran con 24 horas, al correo j02ctopebquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANTIAGO PEREZ QUIROZ, bajo el número de Radicación 08-001-33-33-002-2022-00045-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de VINCULAR al trámite de la presente acción Constitucional, a todos los aspirantes al cargo ofertado con las OPEC N° 72686, 72684 y 76775 denominado Secretario Código 440 grado 02, dentro del proceso de selección N° 752 de 2018 Convocatoria Territorial Norte-Alcaldía Municipal de Puerto Colombia Atlántico
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES MIXTAS DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE ENRIQUE SILVA RUEDA, bajo el número de Radicación 2022-00036, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela promovida por JORGE ENRIQUE SILVA RUEDA, en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?CNSC? y la ALCALDÍA MUNICIPAL DE SOLEDAD. VINCULAR oficiosamente en calidad de Litis consorcio necesario a las PERSONAS NATURALES INSCRITAS, PARTICIPANTES E INTERESADOS en la Convocatoria Territorial Norte ? Proceso de Selección N° 755 de 2018 ? Cargo Profesional Universitario 219, Grado 2, Opec 75681, al rector / representante legal de la UNIVERSIDAD LIBRE y al representante legal del MINISTERIO DE TRABAJO. Se ORDENA: A los representantes legales y/o directores generales, de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?CNSC? y la UNIVERSIDAD LIBRE, que, por su intermedio, NOTIFIQUEN en el término de la distancia y/o PUBLIQUEN por el medio más expedito, ya sea en los correos electrónicos y/o en las páginas web institucionales de tales entidades, con destino a que las PERSONAS NATURALES INSCRITAS, PARTICIPANTES E INTERESADOS en la Convocatoria Territorial Norte ? Proceso de Selección N° 755 de 2018 ? Cargo Profesional Universitario 219, Grado 2, Opec 75681, a fin de que conozcan del contenido de la presente acción de tutela, del auto admisorio y demás providencias proferidas por el Despacho durante el trámite tutelar.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES MIXTAS DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE ENRIQUE SILVA RUEDA, bajo el número de Radicación 2022-00036, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela promovida por JORGE ENRIQUE SILVA RUEDA, en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?CNSC? y la ALCALDÍA MUNICIPAL DE SOLEDAD. VINCULAR oficiosamente en calidad de Litis consorcio necesario a las PERSONAS NATURALES INSCRITAS, PARTICIPANTES E INTERESADOS en la Convocatoria Territorial Norte ? Proceso de Selección N° 755 de 2018 ? Cargo Profesional Universitario 219, Grado 2, Opec 75681, al rector / representante legal de la UNIVERSIDAD LIBRE y al representante legal del MINISTERIO DE TRABAJO. Se ORDENA: A los representantes legales y/o directores generales, de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?CNSC? y la UNIVERSIDAD LIBRE, que, por su intermedio, NOTIFIQUEN en el término de la distancia y/o PUBLIQUEN por el medio más expedito, ya sea en los correos electrónicos y/o en las páginas web institucionales de tales entidades, con destino a que las PERSONAS NATURALES INSCRITAS, PARTICIPANTES E INTERESADOS en la Convocatoria Territorial Norte ? Proceso de Selección N° 755 de 2018 ? Cargo Profesional Universitario 219, Grado 2, Opec 75681, a fin de que conozcan del contenido de la presente acción de tutela, del auto admisorio y demás providencias proferidas por el Despacho durante el trámite tutelar.
Se informa que el JUZGADO CUARTO PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ERICA PATRICIA BARTOLOME BERDUGO, bajo el número de Radicación 202200140, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, Inscritos y aspirantes ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j04lpccgena@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO QUINCE DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLE DE BARRANQUILLA , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SAIDA ESTHER ECHEVERRIA OROZCO, bajo el número de Radicación 2022-00304, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de informar a los participantes en el concurso de méritos, en especial a todas las personas que hacen parte de la lista de elegibles, para ocupar el cargo identificado con el código OPEC No. 75700, denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 1 de la Alcaldía de Soledad, y los terceos interesados, para que si, a bien lo tienen, puedan intervenir y ejercer su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, para lo cual contaran con 48 horas.
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE PASTO - NARIÑO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JHON JAIRO CHAMORRO ROSER, bajo el número de Radicación  2022-00248, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria Territorial Nariño No. 1524 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO DÉCIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SNAYDER CONRADO MUÑOZ, bajo el número de Radicación 2022-00051, Resolvió: ADMÍTASE la presente acción de tutela interpuesta por SNAYDER CONRADO MUÑOZ contra la ALCALDIA MUNICIPAL DE PUERTO COLOMBIA ? ATLÁNTICO / COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. Vincúlese al presente trámite, a todas las personas que hacen parte de la lista de elegibles conformada a través de la Resolución Nº 8127 (20202210081275) del 28 de julio de 2020 correspondiente a la OPEC Nº 72686 para el cargo denominado Secretario código 440 grado 02, toda vez que puede asistirles interés en las resultas del proceso. Para el efecto, REQUIÉRASE A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL para que publique en su página web esta providencia, una vez notificada, indicando a los integrantes de la mencionada lista, que podrán intervenir dentro de la acción de tutela de la referencia en defensa de sus intereses, si a bien lo tienen.
Se informa que el JUZGADO QUINCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NELSON RAFAEL OSORIO CORREA, bajo el número de Radicación 2022-00088, Resolvió: ADMITIR la presente Acción de Tutela promovida por NELSON RAFAEL OSORIO CORREA, contra la SECRETARÍA DE GESTIÓN HUMANA DE LA ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA y la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC. Ordenar a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC, la notificación de la admisión del presente tramite tutelar, de las personas que integran la lista de elegibles conformada a través de la a través de la Resolución No. 20212210023985 de 03 de agosto de 2021, para proveer las vacantes del empleo denominado INSPECTOR DE TRANSITO Y TRANSPORTE, CODIGO 312, GRADO 4, identificado con el Código OPEC No.70330 del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía Distrital de Barranquilla.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BARRANQUILLA , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NILSON RODRIGUEZ VERGARA, bajo el número de Radicación 08-001-31-07-002-2022-00021-00 , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de informar sobre la existencia de la presente acción constitucional a dichos terceros con interés en el cargo de código TÉCNICO OPERATIVO, código 314, grado 1, identificado con el Código OPEC No. 75938 de la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, ofertado a través del proceso de selección Convocatoria Territorial Norte N° 758 de 2018, indicándole a quienes compongan o integren la lista de legibles existente para ese empleo, que podrán allegar las manifestaciones que a bien tengan sobre esta acción de tutela.
Se informa que el  JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por JOSE CAMILO PIMIENTA BENEDETTI, radicada bajo el consecutivo 2022-00030, proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de ponerlo en conocimiento de los terceros interesados, y de ser su decisión ejerzan su derecho de defensa a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINCE DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por KATRY LUZ NUÑEZ GUZMAN, bajo el número de Radicación 2022-00184, Resolvió: PRIMERO: TUTELAR los derechos fundamentales al «debido proceso», «trabajo», «acceso a la carrera administrativa» y «confianza legítima» de KATRY LUZ NÚÑEZ GUZMÁN, por lo expuesto en la parte motiva de este proveído. En consecuencia. SEGUNDO: ORDENAR a la SECRETARÍA DISTRITAL DE GESTIÓN HUMANA - ALCALDÍA DE BARRANQUILLA, que en el término improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, si ya no lo hubiere hecho antes, proceda a garantizar y materializar la debida notificación del nombramiento de la accionante en el cargo de Auxiliar Administrativo ?Código 407, Grado 2, de la referida Alcaldía de Barranquilla, cumplido a través de la Resolución No. 4898 de 2021. Al igual que en idéntico término, provenga a revocar o dejar sin efecto ni valor alguno, a la subsiguiente Resolución No. 0045 de 2022, en lo que se refiere a la actora. Se ORDENA a la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC, que haga publicación inmediata en su página web, del presente fallo dictado dentro de la acción impetrada por la ciudadana KATRY LUZ NÚÑEZ GUZMÁN, a efectos de enterársele de lo resuelto a todos los que forman parte de la lista de elegibles para el cargo identificado con el código OPEC No. 70336, denominado Auxiliar Administrativo ?Código 407, Grado 2 de la Alcaldía Distrital de Barranquilla.
Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NESTOR CARLOS COBA URANGO, bajo el número de Radicación 2022-00039, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, Inscritos y aspirantes ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico adm14bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO QUINCE DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por KATRY LUZ NUÑEZ GUZMAN, bajo el número de Radicación 2022-00184, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela presentada por KATRY LUZ NÚÑEZ GUZMÁN, en contra del DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA/ SECRETARÍA DISTRITAL DEGESTIÓN HUMANA-ALCALDÍA DE BARRANQUILLA. VINCÚLESE en condición de tercero con interés en la resulta del presente asunto a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL- CNSC- y a las personas que hacen parte de la lista de elegibles para ocupar el cargo de identificado con el código OPEC No. 70336, denominado Auxiliar Administrativo ?Código 407, Grado 2, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía Distrital de Barranquilla (Atlántico), Proceso de Selección No. 758 de 2018 ? Convocatoria Territorial Norte.
Se informa que el JUZGADO DIECIOCHO LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MIGUEL MARTINEZ FLOREZ, bajo el número de Radicación  2022-00016, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMNETE los aspirantes a los cargos de la Convocatoria Territorial Norte ofertada mediante Acuerdo No. 20181000006346 del 16 de octubre de 2018 No.758 de 2018, al empleo denominado ?Técnico Operativo? Código 314, Grado 1, identificado dentro de la convocatoria con la OPEC 76746, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico: j18labmed@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO CATORCE CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JUAN CARLOS MENCO POLANCO, bajo el número de Radicación 2021-00339, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela promovida por el señor JUAN CARLOS MENCO POLANCO contra la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC. VINCULAR a las personas que conforman la lista de elegibles para proveer DOS (2) vacante del empleo denominado profesional universitario código 219 grado 01,identificado con el Código OPEC Nro. 75579, ofertado con el Proceso de Selección No. 758 de 2018 (Convocatoria Territorial Norte).
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por RAFAEL EDUARDO ATENCIO AVILA, radicada bajo el consecutivo : 08001-31-10-004-2022-00008-00, proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional y con ocasión del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con fin de notificar a los aspirantes al Proceso de selección No. 758 de 2018 ? Convocatoria Territorial Norte, con No. de OPEC 75551, denominado ?Técnico Operativo Grado 04 - Código 314?, que se encuentren en la lista de elegibles estructurada mediante la Resolución No. 10312 del 20 de octubre de 2020, radicado No. 2020221010312
Se informa que el JUZGADO QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JAZMINE ESTHER GONZALEZ VILLALOBOS, bajo el número de Radicación 2021-00415, Resolvió: ADMITIR la presente acción de tutela promovida por JAZMINE ESTHER GONZALEZ VILLALOBOS contra COMISION NACIONAL DE SERVICIO CIVIL y MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA. COMISIÓNESE a la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como al Municipio de Puerto Colombia a fin de que, realicen la notificación de todas las personas que integran la lista de elegibles para proveer el cargo Profesional Universitario Código 219- Grado 02, OPEC No 72619, en la Alcaldía Municipal de Puerto Colombia sometido a concurso público de méritos según el Acuerdo No. CNSC ? 20181000006286 del 16-10-2018 Proceso de Selección No. 752 de 2018 ? Convocatoria Territorial Norte, y, además, publiquen en su página web el presente auto admisorio junto con el traslado del escrito de tutela.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CESAR RAFAEL MORALES MONTERROSA, bajo el número de Radicación 2022-00006, Resolvió: ° ADMITASE la acción de Tutela presentada por el señor CESAR RAFAEL MORALES MONTERROSA, a través de apoderado judicial, en contra de la ALCALDIA MUNICIPAL DE SOLEDAD-ATLÁNTICO y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. Se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC, que de forma inmediata procedan a publicar la presente admisión de tutela en su respectiva página web https://www.cnsc.gov.co/, insertando el presente Auto y los escritos de tutela de la Acción Constitucional, a fin de integrar debidamente el contradictorio, y a los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección N° 755-2018 ? Convocatoria territorial Norte; quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela ejerzan su derecho de contradicción, si a bien lo tienen.
Se informa que el Juzgado Primero de Familia del Circuito de Barranquilla, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por RAFAEL REYES TORRES CANO, bajo el número de Radicación 080013110001-2022-00-015-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior para los fines de publicidad e interés a quienes consideren perturbado su derecho por los mismos motivos facticos de esta solicitud de amparo.
Se informa que el JUZGADO NOVENO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARIA ALEJANDRA JIMENEZ LOPEZ, bajo el número de Radicación 2022-00002, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 758 de 2018 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los aspirantes inscritos en la OPEC: 70336, Nivel: Asistencial denominación: Auxiliar Administrativo grado: 2 código: 407, y OPEC: 71587 de la Gobernación del Atlántico secretaria de Educación del Atlántico en el cargo de Auxiliar Administrativo, Nivel Asistencial denominación: Auxiliar Administrativo, Grado 16 y Código del Empleo 407 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejercer su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO 10º ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ADRIAN VIZCAYA BOHORQUEZ, bajo el número de Radicación 2021-00132, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, ESPECIALMENTE Las personas incluidas en la lista de elegibles OPEC 75597 del ?Proceso de Selección Nº758 de 2018 ? Convocatoria Territorial Norte, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por : RAFAEL EDUARDO ATENCIO AVILA, bajo el número de Radicación08001-31-10-004-2022-00008-00 A, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de VINCULAR al presente trámite a los aspirantes al proceso de selección No. 758 de 2018 ? Convocatoria Territorial Norte, con No. de OPEC 75551, denominado ?Técnico operativo grado 04 - código 314?, que se encuentren en la lista de elegibles estructurada mediante la Resolución No10312 del 20 de octubre de 2020, radicado No. 20202210103125, por considerarse que les asiste un interés legítimo en los resultados del presente trámite, para que intervengan si lo desean, y ejerzan su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARMEN DILIA GONZALEZ PALLARES, bajo el número de Radicación 08-001-31-87-006-2021-0089-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejercer su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j06epmsbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por PAOLA ESTHER ALVARINO AMADOR, bajo el número de Radicación 2022-00005, Resolvió: PRIMERO: ADMITIR la tutela presentada por la señora PAOLA ESTHER ALVARINO AMADOR, en contra de la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, por la presunta vulneración a sus derechos fundamentales a la IGUALDAD, TRABAJO, DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO Y ACCESO A CARGOS PUBLICOS. SEGUNDO: VINCULAR a todos los participantes del proceso de selección No. 758 de 2018 ?Convocatoria Territorial Norte?, correspondiente a la OPEC No. 76050 para el cargo denominado Profesional Universitario, Código 219 grado 4, para que a través de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL sean notificados, de la presente decisión.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CARTAGENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BENJAMIN QUIÑONES AISLANT, bajo el número de Radicación 2021-00297-00, Resolvió: Admítase la acción de tutela presentada por el señor BENJAMIN QUIÑONES AISLANT, identificado con el C.C. No. 73.126.861, contra la ALCALDIA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC. 2. Negar la medida provisional solicitada por el accionante, de conformidad con lo indicado en la parte considerativa. VINCULAR a todos los terceros con interés legitimo que participaron en el concurso público de méritos denominado ?convocatoria 771 de 2018 Territorial Norte? para los cargos Inspector de Policía Urbano Código 233 Grado 37 e Inspector de Policía Urbano Código 233 Grado 43. En consecuencia, se ordena a las encartadas para que, de manera inmediata, una vez sean notificadas de este proveído, publiquen en su pagina web el escrito de tutela y este auto admisorio, con la finalidad de dar a conocer su existencia a todos los interesados en las resultas de esta actuación.
Se informa que el JUZGADO DOCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por LARRYNGS CARDENAS HERNANDEZ, radicada bajo el consecutivo 2021-00385, proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional y con ocasión del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de ponerlo en conocimiento de los terceros interesados.
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por VIVIAN CAROLINA SOLANO QUIROZ, bajo el número de Radicación 2021-00289-00, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de Tutela de Primera Instancia en la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial las personas que integran la lista de elegibles para proveer en el cargo de Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1ª Categoría, Código 233, Grado 8, Código OPEC No. 69995 de la ALCALDÍA DE BARRANQUILLA, sometido a concurso de mérito a través del Acuerdo 20181000006346 del 16 de octubre de 2018, y los terceros interesados, conozcan lo aquí resuelto, y si a bien lo tiene, ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOLEDAD, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALEXANDER NIEBLES LOPEZ, bajo el número de Radicación 2021-00700-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial las personas que conforman la lista de elegibles y que pudieren tener interés en intervenir en esta acción en el marco del proceso de selección No 775 del 2018-Convocatoria, Territorial Norte, para proveer dos vacantes definitivas del empleo denominado profesional universitario, código 219, grado 02, identificado con el código OPEC No 75704, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Soledad y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MIRYAM BERNARDA VELEZ OJEDA, bajo el número de Radicación 2021-00450, Resolvió: PRIMERO: Admítase la Acción de Tutela interpuesta por MIRYAM BERNARDA VELEZ OJEDA en contra de la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA - SECRETARÍA DISTRITAL DE GESTIÓN HUMANA por la presunta vulneración a sus derechos fundamentales de Igualdad, al trabajo, debido proceso, acceso a cargos públicos, acceso a la carrera administrativa, acceso a la carrera administrativa por meritocracia. TERCERO: Vincúlese como terceros posiblemente interesados en el fallo de tutela a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y a los integrantes de la lista de elegibles de la convocatoria ?Proceso de Selección No. 758 de 2018 ? Convocatoria Territorial Norte? Denominación: profesional universitario, Grado: 1, Código: 219, Número OPEC 70064. QUINTO: ORDENAR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que notifique de la presente acción y mediante correo electrónico, a los integrantes de la lista de elegibles de la convocatoria ?Proceso de Selección No. 758 de 2018 ? Convocatoria Territorial Norte? Denominación: profesional universitario, Grado: 1, Código: 219, Número OPEC 70064.
Se informa que el JUZGADO DOCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LARRYNGS CARDENAS HERNANDEZ, bajo el número de Radicación 2021-00385, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ORAL DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por PAOLA MARGARITA TOERA DIAZ, bajo el número de Radicación 2021-00310-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 758 de 2018 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial los integrantes de la lista de elegibles para el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 2, Identificado Código OPEC No. 72637 - Resolución No. 10051 de 2020, del 29/09/2020- y los terceros interesados, si a bien lo desean, ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de un (1) día.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BRIDBANYS PATRICIA SANTANDER NARVAEZ, bajo el número de Radicación 202100056, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, Inscritos y aspirantes ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j02epmsbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por VIVIAN CAROLINA SOLANO QUIROZ, bajo el número de Radicación 2021-00289-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 744 a 799, 805, 826 y 827. 987 y 988 - Territorial Norte. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial las personas que integran la lista de elegibles para proveer en el cargo de Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1ª Categoría, Código 233, Grado 8, Código OPEC No. 69995 de la ALCALDÍA DE BARRANQUILLA, sometido a concurso de mérito a través del Acuerdo 20181000006346 del 16 de octubre de 2018, y los terceros interesados, si a bien lo tiene, ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
 
 
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