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Acciones Constitucionales - Nación 3

Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SEIS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por OSCAR MAURICIO DORADO VALENCIA, bajo el número de Radicación 2022-00105, Resolvió: PRIMERO. - DENEGAR el amparo tutelar deprecado por ÓSCAR MAURICIO DORADO VALENCIA, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva. SEGUNDO. - ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil- CNSC y a la Universidad Libre para que, una vez notificada la presente decisión, publiquen en sus páginas webs oficiales, el contenido de la misma. TERCERO. - DESVINCULAR del presente trámite a la UNIDAD DE GESTIÓN DE PASIVO PARAFISCAL-UGPP, por falta de legitimación en la causa por pasiva. CUARTO. - Si no fuere recurrida esta decisión, dentro del término legal, remítase el expediente a la Corte Constitucional, para su eventual revisión, conforme lo prevé el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991.
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL BOGOTÁ-SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALEXANDER LOAIZA BARRETO, bajo el número de Radicación 2022-00155-00, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de Tutela de Primea Instancia en la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE a las personas que se encuentren inscritas en la Convocatoria Proceso de Selección No.1520 de 2020- Nación 3, dentro del CARGO: PROFESIONAL ESPECIALIZADO GRADO: 18 CÓDIGO: 208 OPEC: 146824 de la UGPP, conozcan lo aquí resuelto, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL DE CIRCUITOPARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLAUDIA PATRICIA UMAÑA RAMÍREZ, bajo el número de Radicación 2022-109, ordenó a la CNSC publicar en Fallo de Tutela de Primera Instancia la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de enterar a los demás concursantes inscritos y admitidos al proceso de selección del concurso de méritos Nación 3, del concurso de méritos CONVOCATORIA 1520 de 2020 para el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 23, IDENTIFICADO CON LA OPEC 158786 de la UGPP.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO (2) PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JUAN CARLOS CANACUE PÉREZ, bajo el número de Radicación 2022-0118-00, ordenó a la CNSC publicar en Fallo de Tutela de Primera Instancia la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos en especial a todos los ASPIRANTES de la Convocatoria 1418, 1498 a 1501, 1503 a 1521 de 2020 y 1543 de 2021 ? NACIÓN 3, cargo Profesional Universitario, grado 6, código 2044, OPEC 146841 de la UGPP, y los terceros interesados, conozcan lo aquí resuelto, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TREINTA LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NIDIA MARGOT HERNANDEZ ORTIZ, bajo el número de Radicación 2022-00181, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por NIDIA MARGOT HERNANDEZ ORTIZ, contra COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y el INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA - INM. En aras de evitar futuras nulidades que invaliden lo actuado al interior del presente asunto, se requiere a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, para que, por intermedio suyo, ponga en conocimiento de esta acción de tutela a todos aquellos que se pueden ver afectados con las resultas de la sentencia que se profiera por parte del despacho, esto también, con el fin de no vulnerar el derecho a la defensa y contradicción que le puede asistir a los demás participantes en la convocatoria. Proceso de Selección No. 1511 de 2020 - Nación 3.
Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y SEIS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OSCAR MAURICIO DORADO VALENCIA, bajo el número de Radicación 2022-00105, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por OSCAR MAURICIO DORADO VALENCIA, contra LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIVERSIDAD LIBRE. Se dispone a VINCULAR al presente trámite a la UNIDAD DE GESTIÓN PASIVO PARAFISCAL-UGPP- y a las personas que se encuentren participando en la Convocatoria 1520 de 2020. Para NOTIFICAR a las personas que se crean con derecho, se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, publique en la página web la admisión de la presente acción de tutela.
Se informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOHN EDWAR ARIAS, bajo el número de Radicación 2022- 00026, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito VINCULAR a los aspirantes de la OPEC 158764 correspondiente al empleo denominado Profesional Especializado Grado 20, perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad de Planeación Minero Energética?UPME, del Proceso de Selección No. 1428 a 1521 de 2020 y 1547 de 2021 - Nación 3, de cara a que se pronuncien, si a bien lo tienen, sobre los hechos y anexos que acá se exponen
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL BOGOTÁ-SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALEXANDER LOAIZA BARRETO, bajo el número de Radicación 2022-00155-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE a las personas que se encuentren inscritas en la Convocatoria Proceso de Selección No.1520 de 2020- Nación 3, dentro del CARGO: PROFESIONAL ESPECIALIZADO GRADO: 18 CÓDIGO: 208 OPEC: 146824 de la UGPP, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLAUDIA PATRICIA UMAÑA RAMÍREZ, bajo el número de Radicación 2022-129, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito vincular a los demás miembros inscritos y admitidos al proceso de selección del concurso de méritos CONVOCATORIA 1520 de 2020 para el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 23, IDENTIFICADO CON LA OPEC 158786 de la UGPP; quienes si lo consideran deberán ofrecer respuesta frente al libelo constitucional instaurado por la señora Claudia Patricia Umaña Ramírez.
Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y NUEVE (59) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTA D.C. - SECCIÓN TERCERA -, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MIGUEL EDUARDO MEJÍA CHIARI, bajo el número de Radicación 2022-0118-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos en especial a todos los ASPIRANTES de la Convocatoria NACIÓN 3 (Proceso de Selección No. 1520 de 2020), al cargo Profesional Universitario, grado 21, código 2028, OPEC 147029 de la UGPP, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 48 horas.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO (2) PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JUAN CARLOS CANACUE PÉREZ, bajo el número de Radicación 2022-0118-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos en especial a todos los ASPIRANTES de la Convocatoria 1418, 1498 a 1501, 1503 a 1521 de 2020 y 1543 de 2021 ? NACIÓN 3, cargo Profesional Universitario, grado 6, código 2044, OPEC 146841 de la UGPP, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 24 horas.
Se informa que el JUZGADO CUARENTA Y TRES CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARIBEL DURAN GUTIERREZ, bajo el número de Radicación 2022-00139, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos en especial a todos los concursantes al empleo identificado con el código OPEC: 146460, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el término de (2) días.
Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por RUBIELA MARGOT ESTRADA JURADO, bajo el número de Radicación 2022-00103-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos en especial a todos los concursantes al empleo identificado con el código OPEC 160199, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y DOS LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EDGARDO MANDON ARENAS, bajo el número de Radicación 202200167, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1498 A 1521 y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico jlato32@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y CINCO (55) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SECCIÓN SEGUNDA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DERLY MARRYATH FERNÁNDEZ BAUTISTA, bajo el número de Radicación 11001-33-42-055-2022-00113-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el fin de que los interesados en la misma, conozcan su contenido, y si es su voluntad, se pronuncien al respecto, para cuyos efectos se les otorga el término de dos (2) días
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE SAN JUAN DEL CESAR - GUAJIRA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ARMANDO ARMANDO DAZA SALOME, bajo el número de Radicación 2022-00021-00, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de Tutela de Primera instancia en la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria 1498 A 1521 Y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los aspirantes al concurso de méritos y los terceros interesados, conozcan lo aquí resuelto y si a bien lo tienen, ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y TRES (33) ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JEFERSON ALBERTO MENDOZA ARIZA, bajo el número de Radicación 2022-00064, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el propósito de que los aspirantes e interesados en el concurso y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C., en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por DEISY PATRICIA CASTRO RODRIGUEZ, bajo el número de Radicación 2022-00029, Resolvió: PRIMERO: Denegar la solicitud de tutela impetrada por la señora Deisy Patricia Castro Rodríguez, en contra de la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Libre, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: Se ordenará a la Comisión Nacional del Servicio Civil, publicar lo resuelto en esta providencia en la página Web Institucional, dentro de las 48 horas siguientes la notificación de esta decisión, a fin de que se entere a los demás concursantes inscritos y admitidos al proceso de selección del concurso de méritos Nación 3, en la modalidad ?Abierto? para el empleo perteneciente al nivel Profesional, denominado Profesional especializado, Grado 16 de la COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS - CREG.
Se informa que el  JUZGADO VEINTIDÓS 22 LABORAL DEL CIRCUITO DEBOGOTA D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ESTEBAN ALVAREZ AGUILAR , bajo el número de Radicación 2022-00011, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DEISY PATRICIA CASTRO RODRIGUEZ, bajo el número de Radicación 2022-00029, Resolvió: PRIMERO: admitir la presente acción de tutela, de conformidad con lo previsto en el Decreto 2591 de 1991. A través de la Comisión Nacional del Servicio Civil, vincular a los demás miembros inscritos y admitidos al proceso de selección del concurso de méritos Nación 3, en la modalidad ?Abierto? para el empleo perteneciente al nivel Profesional, denominado Profesional especializado, Grado 16 de la COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS - CREG; quienes si lo consideran deberán ofrecer respuesta frente al libelo constitucional instaurado por la señora Deisy Patricia Castro Rodríguez.
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE SAN JUAN DEL CESAR - GUAJIRA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ARMANDO ARMANDO DAZA SALOME, bajo el número de Radicación 2022-00021-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria 1498 A 1521 Y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que aspirantes al concurso de méritos y los terceros interesados, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa a los inscritos a la OPEC 147432, que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA ARMENIA, en fallo proferido el día 7 de febrero del 2022, ordeno:

“(…) SEGUNDO: Levantar la medida cautelar decretada en este asunto, consistente en la suspensión del Proceso de Selección N° 1503 de 2020 - Nación 3, en lo que respecta a la OPEC 147432 correspondiente al cargo de Profesional Especializado código 2028 grado 21 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones – CRC -.”

En consecuencia, se procede a reanudar el desarrollo del mencionado proceso de selección.  

 

Por medio del cual se deja sin efecto el Auto No. 83 de 2 de febrero de 2022 ?Por medio del cual se da cumplimiento a la medida provisional ordenada en el Auto Interlocutorio No. 0112 del 1 de febrero de 2022, proferido por el Juzgado Segundo de Familia de Armenia, dentro de la Acción de Tutela No. 63001311000220220001700 instaurada por el señor AUGUSTO MISSE ARIZA, en el marco del Proceso de Selección No. 1503 de 2020 - Nación 3"
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOHANA MERLI QUIÑONES PAZ, bajo el número de Radicación 2022-00012-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria 1498 A 1521 Y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que aspirantes al concurso de méritos y los terceros interesados, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE TUMACO - DISTRITO JUDICIAL DE PASTO , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOHANA MERI QUIÑONEZ, bajo el número de Radicación 2022-00012, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DE CUCUTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CAROLINA PEÑARANDA PUERTO, bajo el número de Radicación 54-001-33-33-002-2022-00034-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, para que los participantes del del concurso abierto de méritos para proveer los empleos vacantes de la carrera administrativa de la planta de personal de la AGENCIA DE RENOVACION DEL TERRITORIO-ART- Identificado como proceso de selección N° 1498 de 2020-Nación 3 en el cargo OPEC 147212 y la respectiva plaza a la cual fue postulado la aquí demandante, a fin de proveer la vinculación de posibles terceros interesados, si a bien lo tienen se hagan parte dentro de la presente acción
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y CINCO (35) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C., ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por KAREN LORENA GONZALEZ DIAZ, radicada bajo el consecutivo 2022-00024, proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3. Lo anterior con el propósito de ponerlo en conocimiento de los terceros interesados, y si lo desean ejerzan su derecho de defensa ante el despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA ARMENIA, QUINDÍO, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por Augusto Misse Ariza, radicada bajo el consecutivo 63 001 31 10 002 2022 00017 00, ordena la notificación mediante publicación en la pagina web de la CNSC a los participantes del proceso de selección, 1506 de 2020 Nación 3, para que el que los interesados ejerzan su derecho de defensa.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MOCOA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CESAR FERNANDO PULIDO MONTENEGRO, bajo el número de Radicación 2022-00003, Resolvió: AVOCAR el conocimiento de la presente acción de tutela instaurada por el señor César Fernando Pulido Montenegro, en contra de la Comisión Nacional del Servicio Civil, la Agencia de Renovación del Territorio y la Universidad Libre de Colombia, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, a la igualdad, al mérito y al acceso a cargos públicos, así como la garantía del principio a la seguridad jurídica. ORDENAR la publicación de este auto y del escrito de tutela en la página web de la Comisión Nacional del Servicio Civil por el término de dos (2) días, para informar a los participantes de la Convocatoria Nación 3 Procesos de selección No. 1428 a 1521 de 2020 y 1547 de 2021, en especial a los interesados en los resultados de admitidos o rechazados frente a la inscripción de la OPEC 147212, sobre la existencia de la acción constitucional, y si les asiste un interés legítimo en el resultado del presente asunto podrán intervenir en el presente trámite, a través del correo electrónico j02admmocoa@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Se informa que el JUZGADO DIECIOCHO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTIAGO DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARTHA LUCIA HINESTROZA FILIGRAMA, bajo el número de Radicación 2022-00027, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por la señora MARTHA LUCIA HINESTROZA FILIGRAMA, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. VINCULAR al presente trámite a las personas que se encuentran inscritas a la convocatorio NACIÓN 3 del 2020 a 2021, realizado por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL para proveer los empleos vacantes de la planta de personal del INSTITUTO TÉCNICO NACIONAL DE COMERCIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE CALI- INTENALCO, y al INSTITUTO TÉCNICO NACIONAL DE COMERCIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE CALI- INTENALCO. Se ORDENA que por conducto de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL se les notifique de dicha vinculación.

Cumplimiento de la medida provisional de suspensión del proceso para la opec 147432 ofertada por la comisión de regulación de comunicaciones- crc- en el proceso de selección no. 1503 de 2020 – Nación 3.

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa que, en cumplimiento de la medida provisional decretada mediante Auto Interlocutorio No. 0112 del 1 de febrero del 2022 proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA ARMENIA, dentro de la Acción de Tutela No. 2022-00017 promovida por señor AUGUSTO MISSE ARIZA, se SUSPENDE el Proceso de Selección No. 1503 de 2020 - Nación 3, para la OPEC 147432 correspondiente al cargo de Profesional Especializado código 2028 grado 21 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones – CRC -; hasta tanto se decida el fondo del asunto objeto de la acción constitucional. Una vez se levante la medida provisional, se informará por este mismo medio a los inscritos en la OPEC 147432, con el fin de reanudar para este empleo el Proceso de Selección No. 1503 de 2020 – Nación 3- Comisión de Regulación de Comunicaciones – CRC-.
Se informa que el JUZGADO DOCE LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EDGAR ALEXANDER PEREZ GUAVITA, bajo el número de Radicación 2022-00043, Resolvió: Admitir la ACCIÓN DE TUTELA instaurada por ROBIN DANIEL ALAPE AMORTEGUI contra LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -CNSC-, LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO INPEC. Se ORDENA VINCULAR a las presentes diligencias A TODOS LOS PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN 1356 de 2019. Para tal efecto, se ordena notificar esta decisión en la página web de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL- CNSC-, para que, si a bien lo tienen, se pronuncien sobre los hechos de esta acción constitucional en el término de dos (2) días.
Se informa que el JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA VANESSA MEJIA RICO O, bajo el número de Radicación 2022-00023, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE los Aspirantes de la convocatoria 1498 de 2020 de la Comisión Nacional del Servicio Civil ? CNSC, en el nivel profesional, denominación de cargo analista, grado 6, código T2, número OPEC 147147y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Por medio del cual se da cumplimiento a la medida provisional ordenada en el Auto Interlocutorio No. 0112 del 1 de febrero de 2022, proferido por el Juzgado Segundo de Familia de Armenia, dentro de la Acción de Tutela No. 63001311000220220001700 instaurada por el señor AUGUSTO MISSE ARIZA, en el marco del Proceso de Selección No. 1503 de 2020 - Nación 3
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA ARMENIA, QUINDÍO., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por r Augusto Misse Ariza, bajo el número de Radicación 63001311000220220001700, ordenó a la CNSC publicar el auto del 1 de febrero de 2022, por medio del cual modula la medida provisional decretada en consecuencia ordena SUSPENDER el Proceso de Selección N° 1503 de 2020 - Nación 3, en lo que respecta a la OPEC 147432 correspondiente al cargo de Profesional Especializado código 2028 grado 21 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones ? CRC -; hasta tanto no se decida el fondo del asunto.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y CINCO (35) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por KAREN LORENA GONZALEZ DIAZ, bajo el número de Radicación 2022-00024, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA ARMENIA, QUINDÍO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Augusto Misse Ariza, bajo el número de Radicación 63001311000220220001700, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, lo anterior con el propósito de informar a todas las personas que se encuentran inscritos en el empleo Código OPEC No. 147432 ofertado a través del Acuerdo N° 0345 de 2020, denominado profesional especializado grado 21, la existencia de la presente acción constitucional.
Se informa que el  JUZGADO QUINCE DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NICOLLE BRIGITTE CARDENAS GARCIA, bajo el número de Radicación 2022-00024, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y CINCO (55) ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NIDIA MILENA SALVADOR ACERO, bajo el número de Radicación 2022-00016, Resolvió: ADMITIR la solicitud de tutela presentada por la señora Nidia Milena Salvador Acero, en contra de la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC. ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, publicar en sus páginas web oficiales, la información pertinente respecto a la presente acción de tutela, escrito de tutela y auto admisorio, Convocatoria Nacional 3-2020 de 2021 de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, Empleo N°. 146983, Código 2028, Denominación 344 ?PROFESIONAL ESPECIALIZADO?, Grado 18; con el fin que los interesados en la misma, conozcan su contenido, y si es su voluntad, se pronuncien al respecto, para cuyos efectos se les otorga el término de dos (2) días, contados a partir de la notificación del presente auto en las respectivas páginas.
Se informa que el JUZGADO QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por VICTOR ALONSO BALDRICH MORA, bajo el número de Radicación 2022-00017 , ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 1519 DE 2020 - NACION 3, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela ESPECIALMENTE para el cargo de: Profesional Especializado Código 2028, Grado 19 de la planta de personal de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES con No. de empleo 147455 puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO VEINTIOCHO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARLOS DUVAN GONZALEZ CASTILLO, bajo el número de Radicación 2022-00012, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria 1498 A 1521 Y 1547 DE 2020 - Nación 3 de 2020. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico: jadmin28bta@notificacionesrj.gov.co
 
 
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