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Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE LA DORADA CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA MILENA MORANTES MEDINA , bajo el número de Radicación 2021-00162, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, ESPECIALMENTE Los inscritos de la convocatoria No. 1066 Territorial 2019, Alcaldía Yopal (Casanare) cargo ?auxiliar administrativa? código Nº 407, código OPEC 81112, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE LA DORADA CALDAS, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA MILENA MORANTES MEDINA , bajo el número de Radicación 2021-00162, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, ESPECIALMENTE Los inscritos de la convocatoria No. 1066 Territorial 2019, Alcaldía Yopal (Casanare) cargo ?auxiliar administrativa? código Nº 407, código OPEC 81112, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO ORALIDAD DE MONTERIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por PIEDAD MARIA MONCADA GLORIA, bajo el número de Radicación 2021-00369, Resolvió: 1°. Obedézcase y Cúmplase lo resuelto por el superior. 2°. ADMITIR la Acción de Tutela instaurada en propio nombre por la señora PIEDAD MARÍA MONCADA GLORIA, quien actúa en propio nombre contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?C.N.S.C? ? FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINAY LAS DEMÁS PERSONAS PARTICIPANTES EN EL CONCURSO, sus representantes legales y/o los encargados de dar cumplimiento a las órdenes judiciales en una acción de tutela o quien haga sus veces. 5°. OFICIAR A LAS DEMÁS PERSONAS PARTICIPANTES EN EL CONCURSO, 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019, a través de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?C.N.S.C?, quién deberá aportar constancia de la notificación realizada, para que repose dentro del proceso.
Se informa que el JUZGADO VEINTIDÓS LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JUAN DAVID CARDONA ARANGO, bajo el número de Radicación 2021-00317-00, Resolvió: PRIMERO: CONFIRMAR la Sentencia proferida por el Juzgado Veintidós Laboral del Circuito de Medellín, 20 de agosto de 2021, dentro de la presente acción de Tutela promovida por el señor JUAN DAVID CARDONA ARANGO en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -CNSC-, la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA -FUAA-, y los vinculados, participantes en el proceso de selección N° 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 ? Territorial 2019, según las consideraciones expuestas en la parte motiva de ésta providencia.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA EN ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YARIS MARIA ANAYA ORTEGA, bajo el número de Radicación 2021-000611, Resolvió: REUNIDOS los requisitos legales SE ADMITE la Acción Constitucional de Tutela incoada a nombre propio por la señora YARIS MARÍA ANAYA ORTEGA Contra LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, -BANCO NACIONAL LISTA ELEGIBLES, y con vinculación de la UNIVERSIDAD AREA ANDINA, GOBERNACION DE SUCRE, en consecuencia, se DISPONE: Notifíquese, por el medio más expedito, lo aquí dispuesto a la accionante y a la entidad accionada y vinculadas, para que hagan parte dentro de la misma, adjuntándole copia del escrito; así mismo, para que, dentro del término perentorio e improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente providencia, informe y remitan, con destino a este asunto las pruebas que pretendan hacer valer en relación con los hechos denunciados por el accionante . PROCEDA LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL LA UNIVERSIDAD AREA ANDINA y la GOBERNACION DE SUCRE, a publicar en la página web la existencia de esta acción de tutela a efectos de darla a conocer a quienes eventualmente pudieren salir afectados con la decisión.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE POPAYÁN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOHNNY ANDRES BUCHELI BURBANO, bajo el número de Radicación 2021-00141-00, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR improcedente la presente Acción de Tutela promovida por el señor JOHNNY ANDRES BUCHELI BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 76.317.677 contra COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC- y FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA ? AREANDINA, siendo vinculados GOBERNACIÓN DEL CAUCA y PARTICIPANTES CONVOCATORIA No. 990 A 1131, 1135, 1136, 1306 A 1332 DE 2019 PROCESO SELECCIÓN TERRITORIAL -2019 GOBERNACIÓN DEL CAUCA, en consecuencia, negar el amparo solicitado, conforme a las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente providencia. SEGUNDO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL ESTADO CIVIL -CNSC-, que comunique la presente decisión a los PARTICIPANTES CONVOCATORIA No. 990 A 1131, 1135, 1136, 1306 A 1332 DE 2019 PROCESO SELECCIÓN TERRITORIAL -2019 GOBERNACIÓN DEL CAUCA, para lo cual deberá publicar en la página web la presente providencia.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO ORALIDAD DE MONTERIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por PIEDAD MARIA MONCADA GLORIA, bajo el número de Radicación 2021-00369, Resolvió: ?1°. Obedézcase y Cúmplase lo resuelto por el superior. 2°. ADMITIR la Acción de Tutela instaurada mediante apoderado judicial, por la señora DENISSE MILENA DURANGO LÓPEZ, quien actúa en propio nombre contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?C.N.S.C? ? FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA Y LAS DEMÁS PERSONAS PARTICIPANTES EN EL CONCURSO, sus representantes legales y/o los encargados de dar cumplimiento a las órdenes judiciales en una acción de tutela o quien haga sus veces. 3°. - NOTIFICAR de éste proveído a las partes involucradas por el medio más expedito. Hágase entrega del traslado a las accionadas. 4°.- OFICIAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?C.N.S.C? ? FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA, sus representantes legales y/o los encargados de dar cumplimiento a las órdenes judiciales en una acción de tutela o quien haga sus veces, a fin de que se sirvan enviar a este Despacho Judicial dentro del término improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas a partir del recibo de su notificación, un informe pormenorizado de las razones que han dado lugar a la presente acción; así como todos los aspectos que considere pertinentes anotar en su informe. 5°. OFICIAR A LAS DEMÁS PERSONAS PARTICIPANTES EN EL CONCURSO No 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019, a través de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?C.N.S.C?
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ITAGUI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MANUEL HUMBERTO BUSTAMANTE LOPEZ , bajo el número de Radicación 202100263, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019 y que NEGÓ las pretensiones de la tutela. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j01cctoitagui@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JHONATHAN SANDOVAL QUINTERO, bajo el número de Radicación 2021 ?428, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de . VINCULAR a la presente acción constitucional, a los participantes de la CONVOCATORIA 990 a 1131, 1135, 1136, 1306, 1332, CONVOCATORIA TERRITORIAL 2019- OPEC 29219; y a la comunidad en general, que tenga interés en la presente acción de tutela; para que dentro del término de un (01) día hábil y si lo consideran del caso, intervengan dentro de este trámite.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE PATÍA ? EL BORDO-CAUCA, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por YUBEIDY PATRICIA MUÑOZ SANCHEZ, radicada bajo el consecutivo 2021-00049, proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de ponerlo en conocimiento de los terceros interesados, ESPECIALMENTE a los PARTICIPANTES en la Convocatoria N.° 1136 de 2019 - TERRITORIAL 2019, para el cargo de Secretario(a), Código 40, Grado 6, del Departamento del Cauca, OPEC 80376, adscrito a la GOBERNACIÓN DEL CAUCA, para que si así lo desean hagan valer sus derechos a través del Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ARAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por RAUL GARCIA DIAZ, bajo el número de Radicación 2021-00113, Resolvió: CUARTO: VINCÚLESE a los participantes de la convocatoria No. 1045 ? TERRITORIAL 2019 efectuada por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Acuerdo No. CNSC ? 20191000002076 del 8 de marzo de 2019, que superaron las pruebas de conocimiento específico y comportamentales y se encuentran inscritos para el cargo de ?PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 03 CÓDIGO OPEC 5063 DE LA SECRETARÍA GENERAL Y DESARROLLO INSTITUCIONAL DE LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ARAUCA?, a fin de que si a bien lo tienen se pronuncien al respecto. Para el efecto, publíquese la acción constitucional y el auto admisorio, en la página WEB de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE QUIBDÒ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JAIR ENRIQUE GUERRERO CÓRDOBA, bajo el número de Radicación 270013105001-2021 ? 00208-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de notificar a los terceros con interés legítimo del auto interlocutorio de fecha 12 de octubre de 2021 mediante el cual se admite la acción de tutela bajo radicado 27001310012021- 00208-00 interpuesta por el señor JAIR ENRIQUE GUERRERO CORDOBA en contra DE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL(CNSC) Y LA FUNDACION UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA. Concediéndoles el Despacho Judicial el termino de (1) día para que se pronuncien acerca de la presente Acción de tutela.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO YOPAL - CASANARE, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HAISON OMAR CARRILLO LEMUS, bajo el número de Radicación 2021-00052, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE los inscritos al cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 8, nivel Profesional, OPEC 9211, de la Gobernación de Casanare, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE POPAYAN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por :Alex Oswaldo Jaramillo, bajo el número de Radicación 2021-00224, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de VINCULAR al trámite de esta acción a los terceros interesados que se encuentran participando del concurso de méritos denominado convocatoria 1136 territorial 2019- Gobernación del Cauca, CARGO: Nivel: Profesional, Denominación: Profesional Universitario, Grado: 3 Código: 219 Número Opec 5239 ofertado por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, y desarrollado por la FUNDACION UNIVERSITARIA AREA ANDINA, para ejercer el cargo en el municipio de Popayán, Cauca, en la Secretaria de Educación Departamental. Para que si a bien lo tienen intervengan en el trámite de la presente acción.
Se informa que el JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO MIXTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE MONTERÍA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NORELYS MARIA ROMERO OYOLA, bajo el número de Radicación 2021-00305-00, Resolvió: SEGUNDO: ORDÉNESE a la Fundación Universitaria del Área Andina, a través del Coordinador General de la Convocatoria Territorial 2019 Juan Carlos Sarmiento Núñez, o quien haga sus veces y a la Comisión Nacional del Servicio Civil ? CNSC, a través de su presidente Jorge Alirio Ortega Cerón, o quien haga sus veces, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, procedan a validar el curso de Informática Avanzada aportado por la señora Norelys María Romero Oyola para acreditar la Educación Informal, de conformidad con el artículo 36 del Acuerdo N° 20191000001686 del 04-03-2019, corrigiendo la puntuación asignada en este ítem. TERCERO: NIÉGUESE la pretensión encaminada a que se valide la certificación laboral aportada por la demandante, de conformidad con las consideraciones de esta providencia. CUARTO: ORDÉNESE A la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y a la Fundación Universitaria del Área Andina, que una vez recibida la notificación de la presente providencia, la publiquen en la página web de sus entidades.
Se informa que el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Soledad, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Yesica Cecilia Escalante Salas, bajo el número de Radicación08-758-31-04-002-2021-00101-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de vincular a los DEMÁS PARTICIPANTES DEL PROCESO DE SELECCIÓN No. 1344 de 2019- territorial 2019-II, para que dentro de las VEINTICUATRO (24) HORAS siguientes a su notificación, se sirvan rendir un informe acerca de los hechos materia de esta acción de tutela y presenten las pruebas que pretendan hacer valer.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE PATÍA ? EL BORDO-CAUCA, ordenó la publicación del fallo proferido con ocasión de la acción de tutela instaurada por YUBEIDY PATRICIA MUÑOZ SANCHEZ, radicada bajo el consecutivo 2021-00049, proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de ponerlo en conocimiento de los terceros interesados, ESPECIALMENTE a los PARTICIPANTES en la Convocatoria N.° 1136 de 2019 - TERRITORIAL 2019, para el cargo de Secretario(a), Código 40, Grado 6, del Departamento del Cauca, OPEC 80376, adscrito a la GOBERNACIÓN DEL CAUCA, para que si así lo desean hagan valer sus derechos a través del Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO VEINTE CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÌN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SHIRLEY GIOVANNA ORTIZ ZULUAGA, bajo el número de Radicación 2021-00359, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019 y que declaro su improcedencia. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados y los inscritos en el cargo de Profesional Universitario Grado 1 Código 219 OPEC 117188, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico ccto20me@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO ÚNICO LABORAL DEL CIRCUITO DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE EDUARDO GONZÁLEZ PÁEZ, bajo el número de Radicación 2021-00176-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CHINÚ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARTHA PATRICIA RAMOS ZOTELO, bajo el número de Radicación 2021-00126-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, los participantes al concurso de méritos, en especial todos los aspirante en la Convocatoria No. 1105 de 2019 ? TERRITORIAL 2019, para proveer definitivamente el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 367, Grado 6, perteneciente al Nivel Técnico, perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Alcaldía de Tuchín (Córdoba), si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Auto No.20212110006074 Por medio del cual se da cumplimiento a la orden judicial proferida por el Juzgado Primero Civil Circuito del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, dentro de la Acción de Tutela instaurada por el señor JUAN CARLOS BONILLA DAVIS, en el marco de la Convocatoria N° 1110- Territorial 2019
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLIN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JALBER JULIAN OCAMPO LOPEZ, bajo el número de Radicación 202100565, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j07famed@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO YOPAL ? CASANARE, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por : Laura Juliana Torres Pérez, bajo el número de Radicación 85001-33-33-001- 2021-00202-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los concursantes inscritos en la convocatoria N° 1068 de 2019 - Territorial 2019 ? OPEC 9221, y en especial las cuarenta personas que superaron las pruebas de competencias básicas y funcionales realizadas para ese cargo, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO - ORALIDAD. DE MONTERÍA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DENISSE MILENA DURANGO LÓPEZ, bajo el número de Radicación 230013110002-2021-00362-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de OFICIAR A LAS DEMÁS PERSONAS PARTICIPANTES EN EL CONCURSO, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO DE MOCOA - PUTUMAYO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por FAVIAN ALBERTO JARAMILLO GOMEZ, bajo el número de Radicación 2021-00178, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 1329 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los aspirantes que hacen parte de la lista de la lista de la OPEC 5263,Profesional Universitario grado 3?Gobernación del Putumayo y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico: jejp01mco@notificacionesrj.gov.co
Se informa que el JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO MIXTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE MONTERÍA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANDRES DAVID ANDRADE MARTINEZ, bajo el número de Radicación 2021-00310, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico adm04mon@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE MONTERIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARLOS ALBERTO MORELOS RUIS, bajo el número de Radicación 2021-00263-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE RIONEGRO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DANIEL JARAMILLO ARIAS, bajo el número de Radicación 202100444, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico csarionegro@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO DIECISÉIS ADMINISTRATIVO ORAL DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LENIS YOHANA TAPIAS ESCOBAR, bajo el número de Radicación 2021-00284-00, Resolvió: PRIMERO. DECLARAR IMPROCEDENTE, la acción de tutela interpuesta por la señora LENIS YOHANA TAPIAS ESCOBAR, identificada con cédula de ciudadanía número 39.213.791contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC - y LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA por las razones expuesta en precedencia. SEGUNDO. Notifíquese la presente providencia a los interesados por telegrama o por cualquier otro medio expedito que garantice su cumplimiento (artículo 30 del Decreto 2591 de 1991). TERCERO. ORDENAR, a la Comisión Nacional del Servicio Civil ? CNSC ? que publique en su página web, en forma inmediata la presente providencia, para garantizar los derechos de los vinculados al proceso de selección No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019.
Se informa que el JUZGADO ÚNICO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOHANA NATHALY MORALES RODRIGUEZ, bajo el número de Radicación 2021-00018, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1066 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, específicamente a las personas que participaron, se inscribieron y aprobaron las pruebas para optar por el empleo de Técnico Administrativo grado 02, con número de OPEC 81060, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico tutjuz01peyop@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE SINCELEJO , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por Sayuris Polo Vital, bajo el número de Radicación 70.001.33.33.005.2021.00155.00, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de notificar de la presente solicitud de amparo, dirigida a todos los participantes del Proceso de Selección Territorial 2019 - Gobernación de Sucre, Nivel: Asistencial, Denominación: Auxiliar Administrativo, Grado: 13, Código: 407, Número de OPEC: 78075, donde se les informe sobre la existencia de la presente acción constitucional, que pueden hacerse parte y ejercer su derecho a la defensa si lo estiman conveniente y necesario.
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE RIONEGRO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DANIEL JARAMILLO ARIAS, bajo el número de Radicación 202100444, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico csarionegro@cendoj.ramajudicial.gov.co
Auto No.20212110005994 Por medio del cual se da cumplimiento a la orden judicial proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Villavicencio (Meta), dentro de la Acción de Tutela instaurada por el señor YUBERT VILLALBA JIMÉNEZ, en el marco de la Convocatoria N° 1325- Territorial 2019
Se informa que el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE RIONEGRO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DANIEL JARAMILLO ARIAS, bajo el número de Radicación 202100444, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico csarionegro@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO DOCE DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÌN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLARA MARCELA RIOS ESTRADA, bajo el número de Radicación 202100476, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia dentro de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019 y que declaro su IMPROCEDENCIA. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j12famed@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLARA PATRICIA PEREZ MALDONADO, bajo el número de Radicación 202100177, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j03admyopal@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE COROZAL, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por RUBEN DARIO ANGULO SIERRA, bajo el número de Radicación 2021-00204-00, Resolvió: PRIMERO: NO TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso del señor RUBEN DARIO ANGULO SIERRA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: Se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y a la FUNDACION UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA, que una vez reciban la notificación de esta providencia, publiquen en un lugar visible del portal web de la convocatoria al que aspira el tutelante, el presente fallo de tutela, con el fin de comunicarlo a los concursantes que participan en la convocatoria No. N. 990 a 1131, 1135, 1137 a 1332 Territorial 2019, destinada a proveer el cargo de Profesional Universitario en la Secretaría de Desarrollo Social de la Alcaldía Municipal de Majagual-Sucre, por el termino de cinco (5) días hábiles, de lo que se allegará constancia a este Despacho, los interesados a su vez tendrán la posibilidad de impugnar en los términos del Decreto 2591 de 1991.
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO MONTERÍA ? CÓRDOBA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LELIO HERNANDO MARTINEZ AGUILERA , bajo el número de Radicación 2021-00258, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1094 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el correo electrónico j03lcmon@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de YOPAL - CASANARE, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por AYDEE SOLER SANABRIA, bajo el número de Radicación 850013105002-2021-000213, ordenó a la CNSC publicar la admisión y el traslado de la referida acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019. Lo anterior con el propósito de informar de la admisión de la presente acción constitucional a todas aquellas personas que tengan o puedan llegar a tener algún interés en las resultas de la misma.
 
 
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