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Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA ORAL. DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LISNEY PATRICIA GARCÍA GUILLEN, bajo el número de Radicación 47-001-31-10-002-2022-00210-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 especialmente las personas que conforman La lista de Elegibles del empleo denominado AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, Código 470, Grado 05, identificado con el Código OPECNo.28738. Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, para que en el término de dos (02) días que si lo consideran pertinente se vinculen y alleguen los documentos en ejercicio de sus derechos de defensa y contradicción.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO AGUACHICA, CESAR en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANGIE NOVOA RIZO, bajo el número de Radicación 2022-00077-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE a la totalidad de los aspirantes a la Convocatoria No. 1279 de 2019 -Territorial Boyacá, Cesar y Magdalena, se realizó mediante Acuerdo No. CNSC ?20191000006006 del 15 de mayo de 2019, para proveer vacante definitiva del empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, identificado con el código OPEC No. 77933, Código 407 grado 06 GOBERNACIÓN DEL CESAR, del Sistema General de Carrera Administrativa, para que si a bien lo tienen, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE LEONARDO PEDROZA CANTILLO, bajo el número de Radicación 2022-00211, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por JORGE LEONARDO PEDROZA CANTILLO, contra la Gobernación del Magdalena, Secretaria de Educación y Comisión Nacional de Servicio Civil ? CNSC. REQUERIR a la Comisión Nacional del Servicio Civil ? CNSC a efectos que realicen notificación, a través de la página web, a todos los integrantes de la lista de Elegibles del empleo denominado SECRETARIO EJECUTIVO, Código 425, Grado 10, identificado con el Código OPEC No. 30394 ? GOBERNACION DEL MAGDALENA - MAGDALENA, del Sistema General de Carrera Administrativa.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES RIOHACHA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE ELIECER OVIEDO PIÑERES, bajo el número de Radicación 2022-00164, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por JORGE ELIECER OVIEDO PIÑERES, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?CNSC? y la UNIVERSIDAD LIBRE. SOLICÍTESE a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, en calidad de vinculada, efectúe la notificación de las personas que conforman la lista de elegibles para el cargo de Profesional Universitario, código 219, grado 3, identificado con el código OPEC número 5948, cargos de carreras del Departamento del Magdalena (anotadas en el numeral anterior), a través de los medios tecnológicos pertinentes que reposen en su base de datos.
Se informa que el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA, en conocimiento de la impugnación al fallo de tutela proferido en primera instancia dentro de la acción de tutela instaurada por RUBY PATRICIA PONCE BALDOVINO, radicada bajo el consecutivo 47-001-3333-008-2022-00004-01, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en segunda instancia con ocasión del proceso de la Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena y que DEJO SIN EFECTO la providencia adiada treinta y uno (31) de mayo del dos mil veintidós (2022), proferida por esa Corporación y REVOCA la sentencia de calenda treinta (30) de marzo de dos mil veintidós (2022), proferida por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Santa Marta, y en su lugar se DECLARARÁ IMPROCEDENTE la solicitud de amparo tutelar promovida por la señora RUBY PATRICIA PONCE BALDOVINO, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de ese fallo, con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa a través del Despacho Judicial tadtvo02mag@cendoj.ramajudicial.gov.co
Se informa que el  JUZGADO PRIMERO PENAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÒN DE CONOCIMIENTO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GUDIELA MARIN ARIZA, bajo el número de Radicación  2022-00118-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO OCTAVO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NUR TATIANA CASAS MORAD, bajo el número de Radicación 2022-00323-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE a los aspirantes al empleo denominado cargo de SECRETARIO EJECUTIVO, Código 425 Grado 10, identificado con el Código OPEC No.30394, GOBERNACION DEL MAGDALENA-MAGDALENA del concurso público de méritos para proveer definitivamente seis (6) vacante(s), de LA GOBERNACION DEL MAGDALENA, entidad perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa, identificada como GOBERNACION DEL MAGDALENA- MAGDALENA., para que si a bien lo tienen, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE PLATO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELSY SEGUNDA GUERRERO CUETO, bajo el número de Radicación 2022-00073, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por ELSY SEGUNDA GUERRERO CUETO, contra de la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA, SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA Y LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC. Vincúlese a la presente acción a los señores, JULIO SEGUNDO FONSECA BARRIOS, ABEL JOSE MEDINA CAMARGO Y JESUS ANTONIO CAMARGO DIAZ, quienes integran la lista de elegibles para proveer dos (02) vacantes definitivas del empleo denominado AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES código 470 grado 1, identificado con el código OPEC 77460 de la Alcaldía De Pedraza Magdalena del sistema general de carrera administrativa, de acuerdo a la resolución No. 1341 del 17 de febrero de 2022, 2022RES- 203.300.24-1341 emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, toda vez que podrían verse afectados directa o indirectamente con las decisiones tomadas dentro del presente trámite. Se le concede a los vinculados el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la comunicación de esta providencia para que rindan un informe detallado sobre los hechos a que se refiere la presente acción de tutela. Para efectos de notificación de los referidos vinculados, se requiere a la Comisión Nacional del Servicio Civil, para que de manera inmediata publique esta decisión en su página Web, y remita a esta judicatura constancia de su gestión.
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EDGARDO JAVIER GUTIERREZ PEÑA, bajo el número de Radicación 2022-02741, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE a los integrantes para el cargo de Profesional Universitario, código 219, grado 1, identificado con código OPEC No. 74726 de la Gobernación del Cesar y los terceros interesados, para que si a bien lo tienen, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE MALAMBO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DARLYN VIVIANA ITURRIAGO DE LA OSSA, bajo el número de Radicación 2022-00201-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1333 a 1354 Territorial 2019 - II. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial los aspirantes al cargo de SECRETARIO, Código 440, Grado 2, identificado con el Código OPEC No. 113659, por CONCURSO DE MERITOS dentro del Proceso de Selección No. 1342 de 2019 -Territorial 2019 ?II, , del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la ALCALDÍA MUNICIPAL DE MALAMBO -ATLÁNTICO, bien sea en provisionalidad o por encargo, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de dos (2) días.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CIELO BARRAZA MARTINEZ, bajo el número de Radicación 2022-00194-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE a los integrante de la La lista de Elegibles del empleo denominado SECRETARIO EJECUTIVO, Código 425, Grado 10, identificado con el Código OPEC No. 30417? GOBERNACION DEL MAGDALENA- MAGDALENA, del Sistema General de Carrera Administrativa, y los terceros interesados, para que si a bien lo tienen, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARIGUANÍ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BERTHA CLARA GAMEZ GAMEZ, bajo el número de Radicación 2022-00048, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por BERTHA CLARA GAMEZ GAMEZ, contra del MUNICIPIO DE ARIGUANI y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. ORDENESE a la COMISION NACIONAL DE SERVICIO CIVIL para que NOTIFIQUE a través de su plataforma virtual la presente acción de tutela a los participantes para el Cargo de Profesional Universitario, Código219, Grado 1, identificado con el código 2336, de la convocatoria Mediante acuerdo 20191000004566 del 14 de mayo del 2019, mediante el cual, convocó a concurso público de méritos para proveer 1 Vacante de la Alcaldía Municipal de Ariguaní-Magdalena.
Se informa que el JUZGADO OCTAVO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ROSA CAROLINA ARAGON SIRTORI, bajo el número de Radicación 2022-00301-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE LAS PERSONAS INSCRITAS al empleo denominado SECRETARIO EJECUTIVO, Código 425, Grado 10, identificado con el Código OPEC No. 30409, GOBERNACION DEL MAGDALENA -MAGDALENA-, del Sistema General de Carrera Administrativa identificado con la OPEC No. 30409, en el municipio de Zona Bananera, dentro de la Convocatoria para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaria de Educación del Magdalena, convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena. informándoles que se otorga el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes al recibido de la comunicación de esta decisión, para que si lo consideran pertinente se vinculen y alleguen los documentos para soportar su derecho de defensa en el presente trámite tutelar., puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO UNICO PROMISCUO DE FAMILIA DE PLATO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JULIO SEGUNDO FONSECA BARRIOS, bajo el número de Radicación 2022-00064, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por JULIO SEGUNDO FONSECA BARRIOS, contra la ALCALDIA DE PEDRAZA y la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. ADVERTIR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL para que, mediante aviso en su página web, ponga en conocimiento de los demás integrantes de la lista de elegibles conformada mediante Resolución número 1341 17 de febrero de 2022 para proveer dos (2) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, Código 470, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 77460, ALCALDIA DE PEDRAZA -MAGDALENA, el presente trámite tutelar. Convocatoria 1137 A 1225-1227 A 1297 - 1300 A 1304 - BOYACÁ-CESAR Y MAGDALENA.
Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELIZABETH ROJAS DOMINGUEZ, bajo el número de Radicación 2022-00089, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por ELIZABETH ROJAS DOMINGUEZ, contra la GOBERNACIÓN DEL CESAR ? SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL - COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. SEGUNDO. VINCULASE y NOTIFIQUESE a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA CAMPO, como plantel educativo donde labora actualmente la accionante y versa su pretensión de estabilidad laboral reforzada. VINCULESE, igualmente a los INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES CÓDIGO OPEC No. 77933 empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407, Grado 6 DE LA GOBERNACIÓN DEL CESAR, pertenecientes a la Convocatoria No. 1303 de 2019 Territorial Boyacá, Cesar y Magdalena, con interés legítimo en el trámite de esta, lo que hace necesario su vinculación a las diligencias a fin de que ejerzan sus derechos al debido proceso, contradicción y defensa. Súrtase la notificación de los integrantes de la lista de elegibles por intermedio de la COMISION NACIONAL DE SERVICIO CIVIL a través de la publicación de la existencia de la presenta acción constitucional en su página web.
Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BEATRIZ AMELIA OÑATE AREVALO, bajo el número de Radicación 2022-00141, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por BEATRIZ AMELIA OÑATE AREVALO, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC y GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL CESAR. ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC, que realice la notificación de los aspirantes que figuren en la lista de elegibles para la OPEC 74748 PROFESIONAL UNIVERSITARIO código 219 GRADO 1 Planta Global de la GOBERNACIÓN DEL CESAR cargo reportado en el Proceso de Selección de la Convocatoria 1279 de 2019 Territorial Boyacá, Magdalena y Cesar mediante publicación de la presente acción constitucional en su página web.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE PLATO, MAGDALENA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por FORTUNATO ENRIQUE OSPINO TORRES, bajo el número de Radicación 2022-00061, Resolvió: PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales al trabajo, al acceso y ejercicio de cargos públicos, debido proceso administrativo e igualdad del ciudadano FORTUNATO OSPINO TORRES, vulnerados por parte de la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA y la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL DEL MAGDALENA. SEGUNDO: ORDENAR a la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA y a la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL, a que en un término no superior a las 48 horas siguientes a la notificación de este proveído, proceda a emitir el respectivo acto administrativo de nombramiento y a posesionar al señor FORTUNATO OSPINO TORRES, para el cargo en el cual se encuentra como tercero en la lista de elegibles según resolución No. 2618 del 25 de febrero de 2022, 2022RES-203.300.24-002618 emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, dentro del empleo CELADOR CÓDIGO 477 GRADO 5 OPEC 28721 de la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA. TERCERO: en los términos del artículo 30 del Decreto 2591 de 1991 NOTIFÍQUESE esta providencia en forma telegráfica o por cualquier medio expedito. CUARTO: en caso de no ser impugnada esta providencia, envíese el expediente dentro del término lega a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Se informa que el JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JHONATAN SANDOVAL QUINTERO, bajo el número de Radicación 2022-00187-00, ordenó a la CNSC publicar el fallo proferido en primera instancia con ocasión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE a todas las personas que integran la lista de elegibles consolidada en la resolución No. 3883 de 2 de Marzo de 2022 y a los empleados en provisionalidad que actualmente ocupan el cargo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, código 407, Grado 5, identificado con el código No. 77934, GOBERNACIÓN DEL CESAR ? CESAR, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR CESAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOSE CARLOS RIOS CASTRO, bajo el número de Radicación 2022-00105-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CLAUDIA STELLA DÍAZ GARCÍA, bajo el número de Radicación 2022-00036-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE a los integrante de la Lista de Elegibles de la OPEC 74675 del proceso de Selección GOBERNACIÓN DEL CESAR y las Personas vinculadas con empleos PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 6, en la GOBERNACIÓN DE CESAR que se encuentren trabajando en dicha institución y que se encuentren nombrados bajo la categoría de provisionalidad, temporalidad, o encargo que incluye cargos creados después de la expedición de la Ley 1960 de 2019, y los terceros interesados, para que si a bien lo tienen, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL SAN ZENÓN MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARIA ELENA NAVARRO MACHADO, bajo el número de Radicación 2022-00035, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial en el término de (2) días.
Se informa que el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ROSA DEL CARMEN LARA BRITO, bajo el número de Radicación 2022-00085-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE, a los demás aspirantes de la ?CONVOCATORIA No 1303 de 2019 - Territorial Boyacá, Cesar y Magdalena, a los candidatos, aspirantes o miembros de la lista de Elegibles para proveer el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 6, identificado con el Código OPEC No. 74676, GOBERNACION DEL CESAR, del Sistema General de Carrera Administrativa, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE PLATO - MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANDRES MARIA BARBOZA SEQUEDA, bajo el número de Radicación 2022-00066, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por ANDRES MARIA BARBOZA SEQUEDA, contra la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA Y LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL MAGDALENA. Vincúlese a la presente acción a los señores, JHAN CARLOS GARCIA FLOREZ, JAIME RAFAEL CACERES ANAYA, ANDRES MARIA BARBOZA SEQUEDA, GABRIEL EDUARDO OSPINO MERCADO, HAMER YESITH SUAREZ DIAZ, OLMEDO MANUEL PELUFFO RAMIREZ, EVER ALFONSO MOSCOTE MERCADO, LUIS ANDRES SOLAEZ ARRIETA, MIGUEL DOMINGP BADILLO TAPIAS, ELIECER ALFONSO CASTRILLO HERNANDEZ, MARCO FEDERICO GARCIA AMADOR, ALDRIS JOSE PADILLA OROZCO, ONESIMO JOSE CASTRO ESCOBAR, OSVALDO MANUEL BARRIOS VILLAMIZAR, quienes integran la lista de elegibles para proveer seis (06) vacantes definitivas del empleo denominado celador código 477 grado 5, identificado con el código OPEC 28734 de la Gobernación del Magdalena del sistema general de carrera administrativa, de acuerdo a la resolución No. 2618 del 25 de febrero de 2022, 2022RES-203.300.24-002618 emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, toda vez que podrían verse afectados directa o indirectamente con las decisiones tomadas dentro del presente trámite. Se le concede a los vinculados el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la comunicación de esta providencia. Para efectos de notificación de los referidos vinculados, se requiere a la Comisión Nacional del Servicio Civil, para que publique esta decisión en su página Web.
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL MUNICIPAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DIANA MARCELA JIMENEZ BOLIVAR, bajo el número de Radicación 2022-00114, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por DIANA MARCELA JIMENEZ BOLIVAR, contra la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA Y LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL MAGDALENA. Las mencionadas entidades deberán publicar en sus respectivas páginas web, la presente acción constitucional con el fin de dar aplicación al principio de publicidad en relación con la totalidad de todos los participantes en la convocatoria a que se refiere el Acuerdo No. CNSC - 20191000004476 del 14 de mayo de 2019. Proceso de Selección 1137 A 1225-1227 A 1297 - 1300 A 1304 - BOYACÁ-CESAR Y MAGDALENA.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUCILA ESTHER PRADA DURAN, bajo el número de Radicación 2022-00063, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por LUCILA ESTHER PRADA DURAN, contra del DEPARTAMENTO DEL CESAR y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL- CNSC. COMUNIQUESE la existencia de la presente acción de tutela a todos aquellos participantes inscritos en las Convocatorias 1137 a 1298 y 1300 a 1304 Boyacá, Cesar y Magdalena para la provisión de cargos de PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 01, Código 219, número OPEC 74758, entidad: Gobernación del Cesar; de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. Para tal efecto, se ordena a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que publiquen en su Página Web el presente auto y el escrito de tutela.
Se informa que el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OMAIRA ZAMBRANO GOMEZ, bajo el número de Radicación 2022-02839-00, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de Tutela de Primera instancia en la acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE a los INTEGRANTES DE LA LISTA DE ELEGIBLES DE LA OPEC 74945 correspondiente al empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 1 planta global de la Gobernación del Cesar, y los terceros interesados, conozcan lo aquí resuelto, y si a bien lo tienen, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEPTIMO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GLADYS OMAIRA ALBARRACIN, bajo el número de Radicación 2022-00779-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena ESPECIALMENTE los aspirantes de la convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 ? Boyacá, Cesar y Magdalena, para el cargo con la OPEC 28750, código 470, Grado 5, Gobernación del Magdalena, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL PUEBLOVIEJO ? MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MANUEL DE JESUS GARCIA GONZALEZ, bajo el número de Radicación 2022-00077, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el  JUZGADO TERCERO PENAL MUNICIPAL PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DE SANTA MARTA - MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CARLOS ALBERTO ROMERO ROPERO, bajo el número de Radicación  2022-00113-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, ESPECIALMENTE los señores ANDRES MAURICIO RIBON BANDERA C.C. NO. 1.085.047.990, CIELO BARRAZA MARTINEZ C.C NO. 33.220.457, SAHIRA IBETH GUTIERREZ GUARDELA C.C. NO. 39.020.496, MARISOL TORRES NAVARRO C.C. NO. 1.085.094.547, DAYANA KATHERIN TRIANA VILLAMIL C.C. NO. 1.056.031.142, ROBERTO MANUEL CAMARGO CABRERA C.C. NO. 12.401.719, YENNY CECILIA MENESES PEÑALOZA C.C. NO. 36.365.733, ALEXANDER RINCON PEDROZO C.C. NO. 1.085.037.168, BRICEYDA YULIETH HOYOS DORIA C.C. NO. 1.063.134.457, EUNICE ROBLES MARCHENA C.C. NO. 1.143.115.301, ALEXANDRA MARGARITA NOGUERA TERAN C.C. NO. 36.697.471, LUZ DARY FONTALVO NAVARRO C.C NO. 22.463.665, HANIA CAROLINA LENGUA AVENDAÑO C.C. NO. 39.023.222, KELLY JOHANA GOMEZ CALA C.C NO. 1.082.934.821, ANGELA PATRICIA RINALDY RIBÓN C.C NO. 1.098.713.346, ALJANDRA LEON RUIZ C.C NO. 39.015.468, CLAUDIA FERNANDA SANTANA MEJIA C.C NO. 39.015.401, ONALDYS ARROYO CERPA C.C. NO. 23.106.927, VERONICA LOPEZ TELLEZ C.C. NO. 1004.499.538, BLANCA NUBIA CALDERON BALLESTEROS C.C. NO. 38.878.288, LULI YISETH LOPEZ MARTINEZ C.C. NO. 1.065.827.326, NEVER DE JESUS GANDARA SINCELEJO C.C NO. 92.558.325, LUIS ARMANDO MARTINEZ CARDENAS C.C. NO. 1.085.038.392, MAXIMO PALOMINO GUILLEN C.C. NO. 85.441.555, GLORIA PARDO SIERRA C.C. NO. 39.011.824, CINDY YURLEY MOJICA SANDOVAL C.C. NO. 1.096.949.798, AIDA MILENA MENDEZ ARIAS C.C. NO. 1.049.324.153, CAROLINA ISABEL ORTIZ VERGARA C.C NO. 39.020.563 en su calidad de terceros con interés legítimo dentro del presente tramite, los cuales conforman la lista de elegibles de la ?Resolución No. 2586 del 25 de febrero de2022 (2022RES-203.300.24-002586)?puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el  JUZGADO TERCERO PENAL DE CIRCUITO ESPECIALIZADO DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ORLANDO JOSE HENRIQUEZ CELEDON, bajo el número de Radicación 2022-00037-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, ESPECIALMENTE todos los participantes de la convocatoria pública para proveer el cargo de Profesional Especializado Código 222, Grado 6, identificado con el Código OPEC 74667 puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE VALLEDUPAR - CESAR , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOHANNA PAOLA ACOSTA CASTRO, bajo el número de Radicación . 20001-31-21-003-2022-00062-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, lo anterior con el propósito de comunicar la existencia de la presente acción de tutela a todos aquellos participantes inscritos en las Convocatorias 1137 a 1298 y 1300 a 1304 Boyacá, Cesar y Magdalena para la provisión de cargos de PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 01, Código 219, número OPEC 74743, entidad: Gobernación del Cesar; de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, con el fin que los vinculados intervengan en el término de dos (2) días contados a partir de la publicación.
Se informa que el JUZGADO UNICO PROMISCUO DE FAMILIA PLATO MAGDALENA, en conocimiento de la ACCION de TUTELA instaurada por OLMEDO PELUFFO RAMIREZ y HAMER YESITH SUAREZ DIAZ, bajo el número de Radicación 47555-31-84001-2022-00057-00 Y 47555-31-84001-2022-00058-00, ordenó a la CNSC PUBLICAR la presente acción constitucional , lo anterior con el propósito de poner en conocimiento de los demás integrantes de la lista de elegibles que conforman los accionantes, el presente trámite tutela
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE TIBASOSA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BLANCA ENAIDA ROJAS PEREZ, bajo el número de Radicación 2022-00124-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, ESPECIALMENTE a todas las personas que participaron en el proceso de selección N° 1241-Territorial Boyacá-Cesar y Magdalena, para proveer el cargo de auxiliar administrativo, código 407, grado 09, identificado con el OPEC 67261 de la planta global de cargos del Municipio de Tibasosa, y, que hacen parte de la lista de elegibles conformada para dicho cargo- y todos los terceros interesados que pudieran resultar afectados puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALDO ALFREDO RODRIGUEZ ANIBAL, bajo el número de Radicación 2022-00104, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por ALDO ALFREDO RODRIGUEZ ANIBAL, contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL CESAR. ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL CESAR, notificar a todos los participantes de la Convocatoria 1279 de 2019 Territorial Boyacá, Magdalena y Cesar, adoptada mediante Acuerdo No. CNSC ? N° 20191000006006 del 14/05/2019, que corresponde al concurso de méritos, para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema de Carrera Administrativa de la Planta de personal de la GOBERNACION DEL CESAR.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO PLATO MAGDALENA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ORLANDO MANUEL LUNA MONTERROSA, bajo el número de Radicación 2022-00064-00, ordenó a la CNSC comunicar la presente acción constitucional para que las personas interesadas e inscritas en la Convocatoria No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Convocatoria Boyacá, Cesar y Magdalena, con el propósito de que los participantes al concurso de méritos en ESPECIAL a los señores LUZ MARINA CUISMAN AMOROCHO, DIANA MARIA LINDARTE CALIXTO, LUIS ALBERTO POSADA ASPRILLA, KARINA ISABEL SANCHEZ GUETHE, CYNDI PATRICIA ROJAS MENDOZA, YURANIS MARGARITA LUGO VERDEZA, LILIANA MARGARITA RODRÍGUEZ PÉREZ, YOVANY ARTURO VALENCIA BASTO, NEVER FARITH AYUS LOPEZ, PAOLA CAROLINA NEME DUEÑAS, JAIDTHER ANTONIO BLANCO BELTRÁN, MILENA SERNA ROSADO, CLAUDIA JANNETH SALAMANCA GUTIERREZ, ORLANDO IVAN ALFONSO GARZON, HENRY ANTONIO PEÑA MONTES, MARTHA INÉS OLMOS MORENO, HERNAN LUIS SAUMETH CARVAJAL, JUDITH MASIEL DEL PRADO CERCHIARO, JAIME ENRIQUE MONCADA DIAZ, JUAN MANUEL ZAMBRANO CORTES, DIDIER JAVIER FLOREZ MARTINEZ, NEILA MILENA PEÑA ALVARADO, ALDEMAR OSVALDO BARRIOS DE LA OSSA, CESAR ALBERTO JIMENEZ ROBAYO, SHIRLEY MILENA HERRERA LLANES, RAMIRO DAVID DORIA CARDOSO, YULIET PAOLA MEDRANO DIAZ, ALVARO ENRIQUE CACERES VILLAMIZAR, ROBERTO LUIS ANGULO CAMARGO, ALBA LUCIA ALVAREZ VERGARA, quienes integran la lista de elegibles para proveer dos (02) vacantes definitivas del empleo denominado profesional universitario código 219 grado 3, identificado con el código OPEC 5939 de la Gobernación del Magdalena del sistema general de carrera administrativa, de acuerdo a la resolución no. 2602 del 25 de febrero de 2022, 2022RES-203.300.24-002602 y los terceros interesados, si a bien lo tienen, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
 
 
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