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Comenzó la recepción virtual de documentos para Secretaría Distrital de Planeación e IDU. Para la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir del 4 de noviembre del presente año.

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La Comisión Nacional del Servicio Civil informa a los aspirantes inscritos en las Convocatorias números 323 de 2014 - Secretaría Distrital de Planeación, 327 de 2015 - Instituto de Desarrollo Urbano IDU y 328 de 2015 - Secretaría Distrital de Hacienda - SDH, que de conformidad con lo establecido en los Artículos 22 de los Acuerdos 528 de 2014, 541 y 542 de 2015 respectivamente, que el proceso de recepción virtual de la documentación para acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos y para la prueba de Valoración de Antecedentes, se llevará a cabo desde el 27 de octubre hasta el 20 de noviembre de 2015 para las Convocatorias de la Secretaría Distrital de Planeación y del Instituto de Desarrollo Urbano; y desde el día 4 de noviembre y hasta el 27 de noviembre de 2015 para la Secretaría Distrital de Hacienda, en jornada continua, incluyendo sábados, domingos y festivos, a través de la página web www.cnsc.gov.co, en el link "323, 327, 328 - Primer Grupo de Convocatorias en Bogotá 2015", en el botón "Verificación de Requisitos Mínimos".

Para realizar el proceso de recepción virtual o cargue de la documentación tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

1. Los aspirantes que realizaron el proceso de inscripción para participar en dos o en las tres convocatorias que hacen parte del "Primer Grupo de Convocatorias de Empleo Público en Bogotá 2015", deben realizar el cargue de la documentación para acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos, de manera independiente para cada convocatoria. Es decir, si realizó el proceso de inscripción para dos o las tres convocatorias, debe realizar el cargue de la documentación en el aplicativo de manera separada para cada convocatoria objeto de interés.

2. Los Acuerdos números 528 de 2014 - Secretaría Distrital de Planeación, 541 de 2015 - Instituto de Desarrollo Urbano y 542 de 2015 - Secretaría Distrital de Hacienda, establecen en el Capítulo IV "Condiciones para la solicitud y recepción virtual de la documentación para la verificación de requisitos mínimos y para la valoración de antecedentes", los conceptos de educación y experiencia, así como las reglas y condiciones que deben tener los certificados que el aspirante debe presentar para demostrar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el empleo al cual se inscribió.

3. La no presentación de los documentos que tratan los artículos 22 de los acuerdos 528 de 2014 - Secretaría Distrital de Planeación, 541 de 2015 - Instituto de Desarrollo Urbano y 542 de 2015 - Secretaría Distrital de Hacienda, dentro de las condiciones y plazos fijados, se entenderá como desistimiento, por lo que el aspirante quedará automáticamente excluido del proceso.

4. Revisar las Ofertas Públicas de Empleos - OPEC y asegurarse que cumple los requisitos mínimos de estudios, ya que para cada empleo se mencionan específicamente las disciplinas o profesiones requeridas, así como la experiencia mínima. El cumplimiento de estos requisitos son los que determinan ser admitido para continuar en el proceso de selección.

5. Leer primero y detalladamente la "Guía de recepción virtual de documentos para acreditar los requisitos mínimos del empleo y la prueba de análisis de antecedentes", con el fin de que el aspirante realice paso a paso el cargue de documentos y al teclear la opción "finalizar cargue" esté completamente seguro de los certificados y documentos aportados, ya que posteriormente el sistema se inhabilitará y no le permitirá registrar, modificar, actualizar o eliminar la documentación que incorporó al aplicativo. La Guía está publicada en la opción "Verificación de Requisitos Mínimos", link: " 323, 327, 328 - Primer Grupo de Convocatorias en Bogotá 2015".

6. Si el aspirante desea realizar una impresión del resumen de documentos adjuntos, utilice la opción reporte antes de presionar el botón finalizar cargue y dar por finalizado el proceso. Más información, ver Guía.

7. Si no imprimió el reporte de cargue o desea imprimirlo después de finalizar el cargue puede realizarlo a través del aplicativo denominado Constancia de Cargue de Documentos.

8. Tenga en cuenta que los documentos enviados o radicados en forma física o por medios distintos a los que disponga la CNSC o los que sean cargados extemporáneamente, no serán objeto de análisis.