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2149 Bienestar Familiar 2021 - Acciones Constitucionales

Se informa que el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE MONTERÍA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LIBIA MERCEDES MERCADO GOMEZ, bajo el número de Radicación 2022-00210, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE quienes conforman las distintas listas de elegibles para el Cargo Profesional Universitario Código 2044 Grado 7-OPEC 166312, dentro de la convocatoria No. 2149 de 2021, adelantada por la CNSC, en acuerdos suscritos por el ICBF, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA PITALITO - HUILA, mediante auto del 27 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00195-00, promovida por la señora MARYITH LIZZETH RIVERA GAVIRIA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC y la Universidad de Pamplona, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MITÚ - VAUPÉS., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LILIANA RIVERA GARCIA, bajo el número de Radicación 2022-00052-00, ordenó a la CNSC publicar en fallo de tutela de primera instancia, en la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, y los terceros interesados, conozcan lo aquí resuelto, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ - TOLIMA, mediante auto del 26 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00094-00, promovida por el señor MAURICIO CALDERON OLAYA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC y la Universidad de Pamplona, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO TRECE PENAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por MARCELA SUSANA DIAZ OROZCO, bajo el número de Radicación a 08001310901320220007500, Resolvió: Requerir a la accionada COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC, que se sirva notificar por medio la página web de esa entidad, a todos los participantes de la CONVOCATORIA 2149 de 2021 ? ICBF, NIVEL PROFESIONAL No. 166326, EMPLEO PROFESIONAL UNIVERSITARIO CODIGO 2044 GRADO 77; por el término de Un (01) día, y luego remita a este despacho las respectivas notificaciones de los concursantes para que puedan ejercer el derecho de defensa y contradicción dentro de la acción de tutela.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOHACHA , en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por SANDRA LUCIA DIAZ OSORIO bajo el número de Radicación 2022-00103-00, SOL MARINA PEREZ MENDOZA- RAD- 2022-00043-00, ANTONIA LEONOR MOSCOTE MEJÍA, RAD- 2022-00042-00, MYRIAM DEL SOCORRO PIMIENTA CORREA. RAD- 2022-00236-00, BIANCIS DIALETH PERALTA MEDINA- RAD- 2022-00041-00, solicitó publicar el fallo de tutela de primera instancia, con el fin de que los accionantes, participantes en el concurso de méritos, en especial a los admitidos en la Convocatoria No. 2149 de 2021 ICBF, el Acuerdo No. 2081 de 2021 ?Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ? Proceso de Selección ICBF-2021, el Anexo Acuerdo No. CNSC-20212020020816 de 2021 por el cual se establecen las especificaciones técnicas de las diferentes etapas del ?proceso de selección ICBF 2021? y demás normas que reglamentan la Convocatoria No. 2149 de 2021 ICBF y terceros interesados, conozcan lo aquí resuelto, y si lo consideran, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BUCARAMANGA, mediante auto del 26 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00063-00, promovida por la señora SANDRA YANETH LEGUIZAMON RODRIGUEZ contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC y la Universidad de Pamplona, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO CUARTO LABORAL DEL CIRCUITO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OSCAR IVAN URUEÑA LEAL, bajo el número de Radicación 2022-00215, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE a los aspirantes inscritos al cargo Profesional Universitario, código 2044, Grado 7, OPEC 166312 en la modalidad de ascenso, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el término de dos (2) días.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO OCTAVO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA, mediante auto del 27 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00073-00, promovida por la señora LISETH MARIA GOMEZ FONSECA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC y la Universidad de Pamplona, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TRECE PENAL CON FUCIÓN DE CONOCIMIENTO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, mediante auto del 27 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00075-00, promovida por la señora MARCELA SUSANA DIAZ OROZCO contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC y la Universidad de Pamplona, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE PITALITO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARYITH LIZZETH RIVERA GAVIRIA, bajo el número de Radicación 2022-00195, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE a los aspirantes inscritos al cargo Profesional Universitario, código 2044, Grado 7, OPEC 166312 en la modalidad de ascenso, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el término de dos (2) días.
Se informa que el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD IBAGUÉ - TOLIMA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LINA CAROLINA GONZÁLEZ CHAUX y otros, bajo el número de Radicación ° 73001-31-87-006-2022-00069-00, N.I. 24467, ordenó a la CNSC publicar el fallo de primera instancia de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de poner en conocimiento de quienes conforman las distintas listas de elegibles de la Convocatoria N° 2149 de 2021, concretamente para el cargo de Profesional Universitario Código 2044 Grado 7, y de todos los terceros interesados.
Se informa que el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD IBAGUÉ - TOLIMA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MAURICIO CALDERON OLAYA, bajo el número de Radicación 73001-31-87-006-2022-00094-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar concretamente para el cargo de Profesional Universitario Código 2044 Grado 7 ? OPEC 166313 . Lo anterior con el propósito de poner en conocimiento de todos los terceros interesados, para que si así lo desean, en el término improrrogable de 48 HORAS, siguientes a la notificación de la presente decisión, se sirvan intervenir, salvaguardando su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el JUZGADO QUINTO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA PATRICIA ARDILA QUINTERO, bajo el número de Radicación 2022-00063, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE a las personas que actualmente hacen parte del proceso de selección modalidad abierta para la OPEC 166312 para el perfil profesional Universitario Grado 7, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE VALLEDUPAR, mediante auto del 20 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00092-00, promovida por la señora VICTOR MANUEL AMAYA DAZA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC y la Universidad de Pamplona, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE VALLEDUPAR ? CESAR, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por VÍCTOR DANIEL AMAYA DAZA, bajo el número de Radicación 2022-00092-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial a los integrantes de la Lista de Elegibles para la provisión de los cargos de AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 4044, Grado 11, identificado con el Código OPEC No. 166311 ofertado en la modalidad de concurso Abierto por el ICBF en el del Proceso de Selección No. 2149 de 2021 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 48 horas.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ - TOLIMA, mediante auto del 21 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00074-00, promovida por la señora GERALDINE JIMENEZ ORTIZ contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSC y la Universidad de Pamplona, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ, mediante autos del 19 de septiembre de 2022, se comunican las acciones de tutela radicadas con el No. 2022-00072-00 y 2022-00078-00, promovidas por las señoras MAYRA ALEJANDRA BRAND PERDOMO y EUGENIA CONSTANZA BONILLA ALTURO contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la CNSC, para que, de considerarlo ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ - TOLIMA mediante auto del 20 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00075-00, promovida por la señora CARLA FERNANDA BAHAMÓN TORRES contra el CNSC, UNIVERSIDAD DE PAMPLONA y el ICBF, por su inconformidad sobre el concurso Proceso de Selección No. 2149 de 2021-ICBF para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ - TOLIMA, mediante auto del 19 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00069-00, promovida por la señora LINA CAROLINA GONZÁLEZ CHAUX contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, CNSA y la Universidad de Pamplona, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por EUGENIA CONSTANZA BONILLA ALTURO, bajo el número de Radicación a 73001318700620220007800, Resolvió: Por medio del Centro de Servicios Administrativos, SOLICÍTESE a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que publique la admisión de esta acción constitucional en su portal web e informe al correo electrónico de quienes conforman las distintas listas de elegibles de la Convocatoria Número 2149 de 2021, concretamente para el cargo de Profesional Universitario Código 2044 Grado 7? OPEC 166313, con el fin de ponerla en conocimiento de todos los terceros interesados, para que si así lo desean, en el término improrrogable de 48 HORAS, siguientes a la notificación de la presente decisión, se sirvan intervenir, salvaguardando su derecho de defensa y contradicción.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO ONCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA mediante auto del 16 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00284-00, promovida por el señor CARLOS SEGUNDO LLANOS BARRIOS contra el CNSC y la UNIVERSIDAD DE PAMPLONA, por su inconformidad sobre el concurso Proceso de Selección No. 2149 de 2021-ICBF para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, mediante auto del 16 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00394-00, promovida por la señora ELENA RAQUEL TORRES ACOSTA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la CNSC, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD IBAGUÉ - TOLIMA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LINA CAROLINA GONZÁLEZ CHAUX, bajo el número de Radicación   73001-31-87-006-2022-00069-00 N.I. 24467, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de informar a quienes conforman las distintas listas de elegibles de la Convocatoria N° 2149 de 2021, concretamente para el cargo de Profesional Universitario Código 2044 Grado 7 ? OPEC 166313, con el fin de ponerla en conocimiento de todos los terceros interesados, para que si así lo desean, en el término improrrogable de 48 HORAS, siguientes a la notificación de la presente decisión, se sirvan intervenir, salvaguardando su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELENA RAQUEL TORRES ACOSTA, bajo el número de Radicación 2022-00394-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial a todos los aspirantes al cargo ofertado mediante el código OPEC No. 166326, denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 7 y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 48 horas.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MITÚ, mediante auto del 16 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00052-00, promovida por la señora LILIANA RIVERA GARCÍA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la CNSC, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE IBAGUÉ ? TOLIMA mediante auto del 16 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00242-00, promovida por el señor NUVIEL ANDRÉS CARDONA GIRALDO contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la CNSC, para que de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO DE NEIVA, mediante auto del 15 de septiembre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00081-00, promovida por la señora DARLY JOHANA ROJAS SAAVEDRA contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la CNSC, para que, de considerarlo ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por EMIRA ISABEL CHAMORRO VEGA, bajo el número de Radicación   50 001 31 05 003 2022 00359 00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito a TODOS LOS PARTICIPANTES DEL ?PROCESO DE SELECCIÓN ICBF 2021? EN LAS MODALIDADES DE ASCENSO Y ABIERTO, PARA PROVEER LOS EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA PERTENECIENTES AL SISTEMA GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE SU PLANTA DE PERSONAS, convocatoria n° 2149 de 2021, a efecto de que, si lo consideran pertinente, se pronuncien sobre los hechos materia de esta acción de tutela; así mismo, para que todo aquel que crea tener interés en el tema, se pronuncie al respecto, indicando en tal aviso la dirección de correo electrónico de este Despacho judicial barandalab03vcio@cendoj.ramajudicial.gov.co. Para el efecto se concede el término de un (1) día contado a partir de la respectiva notificación
Se informa que el JUZGADO TRECE (13) LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANA MARIA LONDOÑO POSADA, bajo el número de Radicación  2022-00396, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados ESPECIALMENTE a los aspirantes al cargo denominado código OPEC No. 166313, denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 7, ofertado en la modalidad de concurso Abierto por el ICBF en el Proceso de Selección No. 2149 de 2021, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el término de (2) días.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MITU, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por TANIA YESLEY LEON ZARATE, bajo el número de Radicación 2022-00055, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de un (1) día.
Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por YOMAHIRA ESTHER NARANJO GUAYARA, bajo el número de Radicación 202200464 , ordenó a la CNSC publicar el fallo de primera instancia de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de notificar el presente fallo a los demás participantes en el Proceso de Selección No. 2149 de 2021-ICBF y que fueron vinculados a la presente acción, a fin de que los vinculados, tengan conocimiento de la decisión aquí adoptada.
Se informa que el JUZGADO QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NORIS SANTOS CARPINTERO CASTRO, bajo el número de Radicación 2022-00294-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 2149 de 2021 - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Lo anterior con el propósito de que los participantes al concurso de méritos, en especial a todos los concursantes para optar al cargo Profesional Universitario, Grado 7° Código 2044, OPEC No 166313, modalidad Abierta, dentro del Proceso de Selección No. 2149 de 2021 ante el ICBF, y los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 días.
Se informa que el JUZGADO TRECE PENAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por ROCIO DEL ROSARIO OLMOS GOEZ, bajo el número de Radicación 08001310901320220006900, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la presente acción de tutela instaurada por la señora ROCIO DEL ROSARIO OLMOS GOEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. C.C. 32.669.673, contra la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC, INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, UNIVERSIDAD DE PAMPLONA Y EL DEPARTAMENTO ADMINISTARTIVO DE FUNCION PUBLICA, conforme a los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: DESVINCULAR de la presente acción al Departamento Administrativo de la Función Pública. TERCERO ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que publique de manera inmediata un aviso insertando la información necesaria del presente fallo de tutela en la página web de la entidad.
Se informa que el JUZGADO TRECE PENAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por ROCIO DEL ROSARIO OLMOS GOEZ, bajo el número de Radicación 08001310901320220006900, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la presente acción de tutela instaurada por la señora ROCIO DEL ROSARIO OLMOS GOEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. C.C. 32.669.673, contra la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC, INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, UNIVERSIDAD DE PAMPLONA Y EL DEPARTAMENTO ADMINISTARTIVO DE FUNCION PUBLICA, conforme a los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: DESVINCULAR de la presente acción al Departamento Administrativo de la Función Pública. TERCERO ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que publique de manera inmediata un aviso insertando la información necesaria del presente fallo de tutela en la página web de la entidad.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TREINTA Y CUATRO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, mediante auto del 5 de agosto de 2022, a los aspirantes admitidos para el empleo identificado con el código OPEC No. 166307, denominado Profesional Universitario, Código 2044, Grado 1, en el Proceso de Selección No. 2149 de 2021-ICBF, la acción de tutela radicada con el No. 2022-00253-00, promovida por el señor OMAR VALENCIA contra la U la CNSC, para que de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
 
 
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