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Acciones Constitucionales

En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE INIRIDA - GUAINIA el cual mediante auto admisorio del 10 de abril del 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2023-00024-00, promovida por el señor DIDIER ENRIQUE GUEVARA CARDENAS en contra del Ministerio de Transporte, en la cual se vincula a la CNSC, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial los elegibles que hacen parte de la Resolución No. 9909 del 26 de julio de 2022 conformada para la OPEC 144843.
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE INIRIDA - GUAINIA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DIDIER ENRIQUE GUEVARA CARDENAS, bajo el número de Radicación 2023-00024-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, y a las personas indeterminadas que participaron y conforman la lista de elegibles del proceso de selección en la Convocatoria No. 1419 a 1460 y 1496 de 2022, Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el termino de 2 dias.
Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LADY DIANA SOSA MESA bajo el número de Radicación 2023 - 00053, ordenó a la CNSC publicar el fallo que NIEGA la presente acción constitucional frente al proceso de Convocatoria No. 1419 A 1460 Y 1493 A 1496 DE 2020 - ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL Y CORPORACIONES-CAR, específicamente respecto de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE BOYACÁ. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA, en el numeral tercero de la sentencia proferida por este despacho el día 31 de marzo de 2023, se comunica la sentencia de la acción de tutela identificada con el radicado No. 2023-00053-00, en la cual la accionante era la señora LADY DIANA SOSA MESA en contra de la CNSC y CORPOBOYACÁ.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE POPAYAN CAUCA, mediante auto admisorio del 29 de marzo de 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2023-20025, promovida por la señora ALEXANDRA ENITH MANQUILLO LOPEZ contra CNSC y la Corporación Autónoma Regional del Cauca, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE POPAYAN CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALEXANDRA ENITH MANQUILLO LOPEZ, bajo el número de Radicación190013107-002-2023-20025-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de VINCULAR a las personas que hacen parte de la Lista de Elegibles para proveer la vacante definitiva del empleo denominado SECRETARIO EJECUTIVO, Código 4210, Grado 18, identificado con el Código OPEC No. 145099, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CAUCA, del Proceso de Selección Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales No.1444 de 2020.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA el cual mediante auto admisorio del 22 de marzo del 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2023-00053, promovida por la señora LADY DIANA SOSA MESA en contra de la CNSC y CORPOBOYACA, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por la señora LADY DIANA SOSA MESA, bajo el número de Radicación 2023 - 00053, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO CINCUENTA Y SEIS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., el cual, mediante auto admisorio del 7 de marzo de 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2023-00062-00, promovida por la señora DIANA FERNANDA ARIAS PLAZAS en contra de la CNSC y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. – SALA LABORAL mediante auto admisorio del 14 de febrero de 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2023-00087-01, promovida por la señora ELSA MARINA CASTRO PEÑA en contra CAR-CUNDINAMARCA en la cual fue vinculada la CNSC, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial
Se informa que el JUZGADO VEINTIUNO ADMINISTRATIVO CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por la señora DIANA MARCELA ZABALA GUISADO, bajo el número de Radicación 2023-00060-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
“En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ, mediante auto admisorio del 13 de febrero de 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2023-00036-00, promovida por el señor CESAR ANDRES GUARNIZO MAYOR contra la CNSC y la Agencias Nacional de Infraestructura, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.”
Se informa que el JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por WILBER ALFONSO TRIANA DIOSA, bajo el número de Radicación15001 33 33 012 2023 0003100 , ordenó a la CNSC, publicar la presente acción constitucional dentro del proceso de convocatoria entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas regionales No. 1431 de 2020, Comunicar la existencia de la presente acción de tutela a los demás integrantes del concurso de méritos para la vacante del empleo denominado Profesional especializado, Código 2028, Grado 20, identificado con el Código OPEC No. 144531 de la planta de personal de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios, con el fin de que los concursantes dentro del término de un (1) día, siguiente a su publicación puedan intervenir en el trámite de la misma
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA, mediante auto admisorio del 9 de febrero de 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2023-00040-00, promovida por el señor RENATO BALDOVINO GUEVERA contra CNSC y la UPRA, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por RENATO BALDOVINO GUEVARA, bajo el número de Radicación 6800131100022023004000, ordenó a la CNSC, para que por su intermedio notifique el presente auto a los participantes del concurso de méritos para el cargo denominado profesional especializado, código 2082, grado 22, identificado con el código OPEC No. 144527 de la planta de personal de la UNIDAD DE PLANIFICACION DE TIERRAS RURALES, ADECUACION DE TIERRAS Y USOS AGROPECUARIOS – UPRA, según proceso de selección de las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas regionales No. 1431 de 2020, para que el que considere pertinente ejerza su derecho defensa y contradicción.
Se informa que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CONFUNCIÓN DE CONOCIMIENTO FLORENCIA - CAQUETÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JUAN SEBASTIAN RUIZ CORTES, bajo el número de Radicación 202200250, ordenó a la CNSC publicar el desistimiento de la presente acción constitucional, dentro del PROCESO DE SELECCIÓN DE ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL Y CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES 2020 - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE - modalidad abierto, de la OPEC No. 144782. Lo anterior con el fin de poner en conocimiento a todos los terceros interesados de esta decisión.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA mediante auto del 23 de enero de 2023, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado con el No. 2023-00057-00, promovida por la señora ANGELICA MARICA ARRIETA SANCHEZ, en contra de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena - CORPAMAG para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial, las personas participantes en el Proceso de Selección del Acuerdo No. 0254 del 3 de septiembre de 2020 “Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena – Proceso de Selección Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales No. 1448 de 2020
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE SANTA MARTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANGELICA MARIA ARRIETA SANCHEZ, bajo el número de Radicación 2023-00057, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del proceso de la Convocatoria No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, ESPECIALMENTE os participantes la convocatoria al concurso de méritos 1448 de 2020, para proveer cargos vacantes en las diferentes Corporaciones Regionales - Corporación Autónoma del Magdalena, entre ellos el de Profesional Especializado código 2028 grado 13, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE PASTO mediante auto del 17 de enero de 2023, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2023-00019-00, promovida por el señor LUCIO JAVIER ROSALES ZAMBRANO contra la Corporación Autónoma Regional de Nariño - CORPONARIÑO para que de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial, las personas que hacen parte de la Lista Resolución No. 9356 del 26 de julio de 2022 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 9, identificado con el Código OPEC No. 144261, MODALIDAD ABIERTO del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE NARIÑO, Proceso de Selección Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales No.1439 de 2020
Se informa que el JUZGADO PRIMERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE PASTO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUCIO JAVIER ROSALES ZAMBRANO, bajo el número de Radicación 5200141050012023-00019-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de informar a los integrantes de las listas vigentes para los cargos de profesional universitario, identificado con el código de OPEC Nro.144261 denominado profesional universitario código 2044 grado 9 la existencia de la presenta acción constitucional para que si a bien lo tienen se hagan parte de la presente acción de tutela.
Se informa que el JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE SANTIAGO DE CALI, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELIANA DUQUE MONTOYA, bajo el número de Radicación 202200106, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales en la OPEC 144459. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados y los de la Convocatoria en mención, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO QUINTO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAD DE SEGURIDAD DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por LUIS FELIPE SILVA SANCHEZ, bajo el número de Radicación 202200091, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, en especial, para los inscritos en la OPEC: 144532, profesional especializado, código 2028, grado 20, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial, en el término de (48) horas.
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y SEIS LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HILARIO DE JESUS CARABALLO JARABA, bajo el número de Radicación 2022-00590-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO ORAL DE BOGOTÁ D.C. ? SECCIÓN SEGUNDA, mediante auto admisorio del 28 de noviembre de 2022, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2022-00472-00, promovida por el señor WILLIAM EDUARDO SALAZAR SANCHEZ contra CNSC y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para que, de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO, mediante auto admisorio del 24 de noviembre de 2022, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2022-00306-00, promovida por el señor MARCO CARLOS CÁLAO CADAVID contra CNSC y la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca - AUNAP, para que, de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO VEINTIOCHO ADMINISTRATIVO DE LA ORALIDAD DEL CIRCUITO, mediante auto del 24 de noviembre de 2022, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2022-00585-00, promovida por el señor DUGLAS ALVAREZ BUSTOS contra CNSC y la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, para que, de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TREINTA Y SEIS LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, mediante auto del 25 de noviembre de 2022, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2022-00667-00, promovida por el señor HILARIO DE JESÚS CARABALLO JARABA contra CNSC y el Ministerio de Transporte, para que, de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE LORICA - CORDOBA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARCO CARLOS CALAO CADAVID, bajo el número de Radicación 202200306, ordenó a la CNSC publicar el fallo de tutela de primera instancia, en la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los participantes inscritos al empleo denominado Profesional Especializado, Código 2028, Grado 13, OPEC 151028 y los terceros interesados, conozcan lo aquí resuelto, y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO CUARENTA Y OCHO (48) CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, mediante auto del 21 de noviembre de 2022, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2022-00149-00, promovida por el señor ALFREDO CAMACHO SALAS contra CNSC y la Agencia Nacional de Infraestructura-ANI, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO DE PASTO - NARIÑO, mediante auto del 17 de noviembre de 2022, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado con el No. 2022-00075, promovida por la señora DIANA CAROLINA LEGARDA LOPEZ contra CNSC, Corporación Autónoma Regional de Nariño y el Ministerio de Trabajo, para que, de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE ARMENIA ? QUINDÍO, mediante auto del 15 de noviembre de 2022, se comunica la acción de tutela identificada con el radicado el No. 2022-00068, promovida por la señora MARIA CRISTINA PEÑA VELASQUEZ contra CNSC y el MINISTERIO DE TRANSPORTE para que, de considerarlo, ejerza su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO CARTAGO ?VALLE, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por la señora JENNIFER GIL ARIAS, bajo el número de Radicación  2022-00078-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, ESPECIALMENTE a todos los PARTICIPANTES DEL CONCURSO ABIERTO DE MÉRITO DEL PROCESOS DE SELECCIÓN No. OPEC 144336, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO ORAL DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por el señor WILLIAM EDUARDO SALAZAR SANCHEZ, bajo el número de Radicación 11001333501420220047200, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales, OPEC 144830. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE LORICA - CORDOBA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por el señor MARCO CARLOS CALAO CADAVID, bajo el número de Radicación 2022-00306, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1424 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE IPIALES, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por PABLO EMILIO HERNANDEZ MORENO, bajo el número de Radicación 2022-00093-00, Resolvió: PRIMERO: CONCEDER el amparo deprecado por PABLO EMILIO HERNANDEZ MORENO de conformidad a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: ORDENAR a la Corporación Autónoma Regional de Nariño - Corponariño, a través de su director o quien haga sus veces, para que dentro del término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación que con esta providencia se haga, proceda a resolver de manera clara y de fondo, la petición presentada por el tutelante calendada a 27 de septiembre de 2022. TERCERO: ORDENAR a la Corporación Autónoma Regional de Nariño - Corponariño, a través de su director o quien haga sus veces, para que dentro del término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación que con esta providencia se haga, proceda a nombrar en periodo de prueba al señor PABLO EMILIO HERNANDEZ MORENO, en el cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO , CÓDIGO 2028, GRADO 13 identificado con OPEC No. 144276 para el cual encabeza la lista de elegibles, que se encuentra en firme desde el 4 de agosto de 2022.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE IPIALES - NARIÑO, mediante auto del 27 de octubre de 2022, se comunica la acción de tutela radicada con el No. 2022-00093-00, promovida por el señor PABLO EMILIO HERNADEZ MORENO contra la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE NARIÑO, en la cual fue vinculada la CNSC, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial.
Por medio del cual se da cumplimiento a la orden judicial proferida en segunda instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda – Subsección “F”, dentro de la Acción de Tutela promovida por el señor Libardo Silva Morales, contra la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Francisco de Paula Santander, en el marco del Proceso de Selección Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales No. 1420 de 2020
Por medio del cual se da cumplimiento a la orden judicial proferida en segunda instancia por el por el Tribunal Superior - Sala de Decisión de Cali, dentro de la Acción de Tutela promovida por el señor WILDER ORTIZ ZULUAGA, contra la Comisión Nacional del Servicio Civil y la Universidad Francisco de Paula Santander, en el marco del Proceso de Selección Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales No. 1420 de 2020
Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE IPIALES, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por el señor PABLO EMILIO HERNANDEZ MORENO, bajo el número de Radicación 2022-00093-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional dentro del Proceso de Selección No. 1419 a 1460 y 1493 a 1496 de 2020 - Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales, OPEC 144276. Lo anterior con el propósito de que los terceros interesados, si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial.
 
 
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